Las demandas colectivas contra determinados productos bancarios han proliferado
en nuestro país. Colean varias que tienen como protagonistas los bonos
convertibles de entidades y algunas son tremendamente mediáticas, como la
demanda colectiva por la salida a Bolsa de Bankia que tiene vivas todavía 50.000
demandas. Algunos de estos procesos colectivos derivan en guerras jurídicas como
la que Bankia ha abierto denunciando ante la Comisión Nacional de Mercados y de
la Competencia (CNMC) un supuesto abuso en las costas de los procesos de esta
demanda en concreto. La CNMC lo ha admitido y ha abierto un expediente
sancionador contra nueve colegios de abogados. El supervisor tiene ahora 18
meses para dirimir quién tiene razón.
Este ejemplo, junto con otros, muestra la importancia que el Derecho Bancario
está tomando en los últimos años. Y eso que muchas empresas no se atreven a
iniciar una demanda, colectiva o no, por miedo a perder otras líneas de
financiación de su entidad o por creer que su demanda no será admitida a trámite
por el hecho de ser una empresa y no un particular.
“La ley protege tanto a personas físicas como jurídicas. La distinción que
realiza es entre profesionales y minoristas. Pero para ser considerado
‘profesional’ hay una serie de requisitos que son bastante exigentes, muchas
empresas no los cumplen”, explica Ignacio Ferrer-Bonsoms, socio del
bufete Ferrer-Bonsoms Abogados y especialista en Derecho Bancario. “Por
ejemplo, debe tener activos por valor de 20 millones de euros o una cifra de
negocio superior a los 40 millones. O recursos propios superiores a los 2
millones de euros. Es decir, no todas la empresas se consideran profesionales y,
por tanto, tendrían la misma protección que la señora jubilada que ha contratado
preferentes”.
Ferrer-Bonsoms asegura además que, al contrario de lo que piensan muchas de las
empresas que tienen productos como bonos convertibles, swaps o acciones de
distinto tipo, los juzgados suelen ser proclives a darles la razón a las
compañías frente a las entidades bancarias porque “hay una normativa que la
banca no ha cumplido y eso es objetivo, los datos están ahí”. Por ejemplo,
de las sentencias dictadas por el Tribunal Supremo en demandas sobre ‘swaps’, el
90% ha sido favorable al demandante, muchos de ellos, empresas.
“Es cierto que algunas empresas todavía se frenan porque dependen mucho de la
banca, necesitan crédito. Piensan que la demanda trastocaría su relación con esa
entidad”, explica Ferrer-Bonsoms. “Muchas prefieren dejarlo pasar o
asegurarse la financiación de otra entidad antes de iniciar una demanda”.