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05 de JULIO de 2016

DAC Beachcroft analiza las implicaciones del Brexit para el sector seguros

LAWYERPRESS

 

El despacho de abogados DAC Beachcroft, líder en el sector asegurador, ha llevado a cabo un análisis sobre las consecuencias del Brexit para el mismo.

“Lo más importante a tener en cuenta es que nada cambia de forma inmediata como consecuencia de los resultados del referéndum”, manifiesta José María Álvarez- Cienfuegos, socio de DAC Beachcroft en España. “El resultado no compromete al Reino Unido a un calendario específico, ni tan siquiera a dejar la Unión Europea”, continúa. En definitiva, en adelante el desarrollo de los acontecimientos dependerá más de la política que de la aplicación de la ley.

No obstante, el Reino Unido perderá dicha flexibilidad desde el momento en que comunique formalmente a la Unión Europea su intención de abandonarla, según lo previsto en el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea (TUE). Una vez notificada esta decisión, comenzará el proceso de salida de dos años que prevé el referido artículo 50 (el plazo es ampliable por acuerdo unánime de todos los Estados Miembros). “Las cuestiones más significativas en relación al acuerdo de salida giran en torno a las medidas de transición y el grado de conservación de los derechos que hayan sido adquiridos en el seno de la Unión Europea antes del Brexit”, continúa Álvarez- Cienfuegos.

Según el análisis de DAC Beachcroft, un acuerdo de salida negociado bajo el artículo 50 del TUE debería regular la cuestión de los derechos existentes de forma detallada, dado que en caso de falta de acuerdo expreso la incertidumbre sería mayúscula. Lo que no resulta claro es si el “derecho de pasaporte” y acceso del Reino Unido hacia la Unión Europea se considerará igualmente como un derecho existente adquirido. “En nuestra opinión, la hipótesis de trabajo actual debe ser que los derechos de pasaporte entre el Reino Unido y la Unión Europea y viceversa cesarán con el Brexit”, manifiesta Álvarez- Cienfuegos.

¿Cómo será la vida fuera de la Unión Europea? Opciones

El análisis de DAC Beachcroft considera que es incierto cómo será la vida para el Reino Unido fuera de la Unión Europea. La denominada opción Noruega (o mantenimiento de la relación con la Unión Europea a través de la adhesión al EEE), ha sido rechazada de antemano por la mayoría de los defensores de abandonar la Unión Europea en Reino Unido. Esta opción dejaría intacto todo lo relativo a los “derechos de pasaporte”, desde el punto de vista del sector financiero y, especialmente, de seguros.

Lo que es evidente es que cualquier acuerdo sobre el modelo de relación entre la Unión Europea y el Reino Unido necesitará de varios años de negociación, bien para establecer un modelo nuevo y específico, bien para seguir los modelos de relaciones que ya existen con otros países como Suiza, Turquía o Canadá.

¿Cómo será la “nueva” regulación en materia de servicios financieros en el Reino Unido?

La respuesta del análisis de DAC Beachcroft a esta pregunta es que será muy similar a la que existe en la actualidad, porque la Unión Europea ha desarrollado una serie de medias para implementar principios acordados a nivel internacional como, por ejemplo, Basilea III y el Marco Común de la AISS (es razonable pensar que el Reino Unido deseará seguir formando parte de los mismos). “Con carácter particular, creemos que el Reino Unido querrá mantener un estatus de equivalencia bajo Solvencia II”, continúa Álvarez-Cienfuegos.

En lo que respecta a la protección de datos de carácter personal, las empresas del Reino Unido seguirán preparándose para cumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento Europeo de Protección de Datos (REPD).

El REPD será de aplicación a partir del 25 de mayo de 2018, antes de que se cumplan los dos años que, como mínimo, previsiblemente durará el proceso de salida de Reino Unido de la Unión Europea. En caso de que la activación del artículo 50 del TUE no se produzca hasta octubre, el REPD será de aplicación directa en el Reino Unido durante al menos seis meses.

Cuando el Reino Unido salga de la Unión Europea, incluso si se deroga el REPD en Reino Unido, este seguirá siendo de aplicación a muchas empresas que tendrán que cumplir las obligaciones que el REPD impone. El REPD se aplicará a las empresas (situadas dentro o fuera de la Unión Europea) siempre que: ofrezca bienes o servicios en la Unión Europea; o controle el comportamiento de ciudadanos de la Unión Europea.

“Las empresas españolas que pretendan transferir datos de carácter personal al Reino Unido una vez salga de la Unión Europea, tendrán que valorar el momento en el que se realiza la transferencia y, principalmente, qué requisitos deben cumplir para realizarla”, comenta Álvarez-Cienfuegos.

Las empresas deben pensar en las oportunidades que puede generarles el Brexit

Según DAC Beachcroft, las empresas deben reflexionar sobre varias cuestiones:

  • Efectos económicos previos a corto plazo (tipos de cambio y rendimientos de inversión); y a medio y largo plazo (caída del PIB en el Reino Unido).

  • Efecto de la incertidumbre económica sobre la voluntad de realizar transacciones o entablar compromisos duraderos por parte de clientes y empresas homólogas.

  • Pérdida de las cuatro libertades para las empresas del Reino Unido (bienes, capitales, servicios y personas), incluyendo la pérdida de “derechos de pasaporte” y libre circulación de empleados dentro de la EEE.

  • Contratos de larga duración existentes.

  • Redacción de pólizas.

El análisis de DAC Beachcroft concluye que, quizá, alguna de las siguientes medidas sea conveniente:

Construir una sociedad en otro Estado Miembro del EEE para asegurar que pueden seguir ejerciéndose los “derechos de pasaporte” tras el Brexit.

Incluir cláusulas de cancelación en todos los futuros contratos de larga duración, o bien expresamente ligadas al Brexit o a posibles consecuencias del mismo (como la pérdida de “derechos de pasaporte”).

 Adaptar los programas y las pólizas de seguro con antelación.

 Trabajar mediante foros comerciales como ABI y BIBA para asegurar que todas las cuestiones sean transmitidas al gobierno, sobre todo las consecuencias para los asegurados y el mercado asegurador en general.

“Por último, sería conveniente pensar en cómo demostrar a los clientes, accionistas y empleados que se han identificado las cuestiones relevantes que surgen a partir del Brexit y que éstas están bajo control, sin ocultar el hecho de que, seguramente, toque enfrentar importantes desafíos y oportunidades en el futuro”, matiza Álvarez- Cienfuegos.

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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