El alquiler de las
denominadas ‘viviendas turísticas’ ha proliferado desde la aparición de
plataformas como Airbnb o Homeaway. Es un fenómeno que no deja de aumentar,
sobre todo en ciudades como Barcelona y Madrid o comunidades autónomas como
Baleares. Tiene una atractiva rentabilidad para los propietarios de las
viviendas, de entre un 5% y un 10%, y es una alternativa cómoda y en ocasiones
más barata para los turistas.
Pero tiene también
sus problemas. De entrada, legales. Hay quien dice que este tipo de alquiler
está en una especie de ‘limbo jurídico’. Y parte del sector hotelero está
radicalmente en contra. Aseguran que es competencia desleal al no tener que
asumir algunos de los impuestos que los establecimientos tradicionales sí pagan.
Pero lo cierto es
que, poco a poco, los tribunales van creando jurisprudencia con sus sentencias.
La última, la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que ha anulado la
prohibición de alquilar por menos de cinco días este tipo de apartamentos. Un
triunfo para las plataformas de alquileres turísticos.
¿Qué puede significar esta sentencia para las empresas y particulares que se
dedican al mercado de viviendas turísticas? “Sin duda creemos que es un
espaldarazo jurídico a este sector, porque en definitivo estamos hablando de los
servicios que la mayoría de usuarios llevan a caboMaría Ecomo,
directora del Área de Alquileres y Desahucios de Chávarri Abogados. “No
se entendía muy bien la sentencia dictada y luego recurrida”.
Esta sentencia también incide en una de las mayores quejas del sector: el hecho
de que no haya una regulación estatal. “No es que haya un limbo jurídico, si
no que se trata de una regulación que está descentralizada y, que por tanto, la
marca cada Comunidad Autónoma en el marco de sus competencias. Esto hace que nos
encontremos con regulaciones dispares”, explica Ecomo. “Si bien no
podemos hablar de una inseguridad jurídica total, sí que es cierto que verdad
que es una situación de desconcierto para el empresario y en todo caso para los
consumidores, efectivamentee”.
De todas las comunidades autónomas, una de las que está legislando a favor de
este tipo de actividad es la Comunidad de Madrid a través, por ejemplo, de la
agilización de los trámites para inscribirse en un registro de viviendas
turísticas. Otras comunidades tienen una legislación más restrictiva a pesar de
ser punteras en el sector turístico. Es el caso de Baleares.
Irene Perelló, Gerente de ApturBaleares, la Asociación de apartamentos y
viviendas de alquiler de temporada de Baleares,
lo tiene claro: “Nosotros
preferiríamos una base de la norma que fuera estatal porque esto permite la
competitividad y permite que las empresas puedan aumentar su tamaño y puedan
competir fuera del ámbito autonómico”. “Lo más grave
ya nos lo encontramos en Baleares donde pretendenque los últimos requisitos los
establezca el Consell Insular además de establecer una serie de transferencias a
los ayuntamientos. Eso significaría que el mismo particular debería cumplir
distintas normativas en función de donde tuviera el piso. Es insostenible”,
asegura Perelló.
Desde el sector rechazan las acusaciones de competencia desleal que lanzan
algunos grandes hoteleros, que ven como su negocio se ha visto en parte
perjudicado. Las plataformas de alquileres turísticos responden que justamente
piden una legislación estatal para que no haya ninguna duda de que todos
compiten bajo los mismos preceptos de competitividad.
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