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23 de JUNIO de 2016

Bankia acusa a nueve Colegios de Abogados de aplicar sobrecostes en los procedimientos contra la entidad

LAWYERPRESS

La CNMC incoa expediente sancionador a nueve Colegios de Abogados por los sobrecostes en el proceso de las demandas contra Bankia a causa de la Oferta Pública de Suscripción de acciones (OPS) de esta entidad de 2011.

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha incoado un expediente sancionador a nueve Colegios de Abogados: el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia; el Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona; el Ilustre Colegio de Abogados de Ávila; el Ilustre Colegio de Abogados de La Rioja; el Ilustre Colegio de Abogados del Señorío de Vizcaya; el Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife; el Ilustre Colegio de Abogados de Albacete; el Ilustre Colegio Provincial de Abogados de A Coruña; y el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, por una presunta infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC). El Consejo General de la Abogacía emitió un breve comunicado manifestando su indignación por la apertura de éste expediente sancionador. El ICAB también aseguró en un comunicado que “no recomienda honorarios a los abogados ni cobra dinero por los ‘procedimientos judiciales’”.

Estos Colegios habrían aplicado sobrecostes en el proceso de Bankia realizando recomendaciones de precios, mediante la elaboración y publicación de criterios orientativos a efectos de tasación de costas sin tener en cuenta, por ejemplo, la existencia de pleitos masivos idénticos o muy parecidos entre sí.

El expediente tiene su origen en la denuncia presentada por Bankia S.A. contra los Colegios de Abogados en relación con las demandas a las que está haciendo frente la entidad en todo el territorio nacional, por su Oferta Pública de Suscripción de acciones de 2011 (OPS 2011). Según la denuncia, los Colegios de Abogados habrían elaborado y difundido unos criterios de tasación de costas que no tienen en cuenta el carácter masivo de pleitos idénticos o muy similares entre sí, como sucede con los relativos a la OPS 2011. Como consecuencia de la aplicación de los citados criterios, Bankia S.A. afirma estar soportando un sobreprecio en la liquidación de costas procesales de más de 150 millones de euros.

Tras esta denuncia, la CNMC inició una investigación y, al observar indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por la LDC, se ha acordado la incoación del expediente sancionador por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la LDC.

La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.

El Consejo General de la Abogacía emitió un breve comunicado manifestando su indignación por la apertura de un expediente sancionador por parte la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a nueve Colegios de Abogados a los que acusa de haber “aplicado sobrecostes en el proceso de Bankia realizando recomendaciones de precios, mediante la elaboración y publicación de criterios orientativos a efectos de tasación de costas sin tener en cuenta, por ejemplo, la existencia de pleitos masivos e idénticos o muy parecidos entre sí”.

El ICAB  no recomienda honorarios a los abogados ni cobra dinero por los ‘procedimientos judiciales’

Ante el expediente sancionador de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) quiere aclarar que no recomienda honorarios a los profesionales de la abogacía ni tampoco cobra dinero en los procedimientos que éstos llevan a cabo.

Por este motivo desmiente de forma pública y rotunda las informaciones publicadas en algunos medios de comunicación en relación al hecho que el ICAB ha percibido dinero de los pleitos contra Bankia, y se reserva emprender acciones legales contra aquellos medios que públicamente le han imputado este falso cobro.

El ICAB también desmiente que se haya puesto de acuerdo con otros colegios de abogados para establecer las cuantías de las costas de los pleitos contra Bankia. Los Colegios de Abogados, tal como establece la legislación procesal vigente, emite informes no vinculantes sobre las costas a instancias de los órganos judiciales cuando éstos se lo piden, pero son los jueces los encargados de decidir si éstas se ajustan a derecho o no.

Hay que tener en cuenta además, que ante cada procedimiento judicial los profesionales de la abogacía son los que establecen sus propios honorarios.

En todo caso, Bankia sería el único responsable, en aquellos casos que lo hayan determinado los jueces, de las costas derivadas del gran número de demandas derivadas por la oferta pública de adquisición de sus acciones en bolsa, origen del expediente de la CNMC.

Parecería que Bankia quiere un tratamiento especial de la CNMC derivado del elevado número de pleitos que ha tenido en su contra, cuando es perfecto conocedor que cada caso ha sido analizado por los correspondientes órganos judiciales, que ya han valorado y decidido sobre cada uno de ellos.

Este tratamiento resultaría contrario a la ley procesal civil (Ley de Enjuiciamiento Civil), que determina un trámite específico en aquellos casos que cualquiera de las partes en litigio discrepen sobre los honorarios pedidos por la parte contraria.

El ICAB hará valer el ordenamiento jurídico en defensa de los derechos de los abogados/as a percibir sus honorarios conforme hayan resuelto los órganos judiciales y, a la vez, utilizará todos los medios a su alcance que son conformes a Derecho en la defensa de la sus funciones como Colegio de Abogados.

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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