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25 de MAYO de 2016

Herrero & Asociados consigue un fallo favorable a la empresa Unilever en un litigio sobre competencia desleal

LAWYERPRESS

La sentencia obliga a COSMETIC CARE 3000 y a QUIMI ROMAR a indemnizar a Unilever con el 1% de la cifra de negocio obtenida por la venta de estos productos, a retirar los productos del mercado y a destruir los moldes de fabricación

Herrero & Asociados consigue un fallo favorable a la empresa Unilever en un litigio sobre competencia desleal

La firma Herrero & Asociados, uno de los líderes del sector de la Propiedad Industrial en España, ha logrado el fallo favorable a su representado, la empresa Unilever, compañía de productos de gran consumo líder en el mundo, por parte de los tribunales al apreciar estos competencia desleal a favor de algunas de sus marcas de higiene personal, en concreto por imitar la forma, los envases y colores de varios de sus productos.

En el litigio del procedimiento, conducido por Andrés Gómez, Responsable del área litigiosa de Marca Comunitaria del Departamento de Asesoría Jurídica de Herrero & Asociados, La Audiencia Provincial de Valencia concluye que, efectivamente, existe confusión, imitación y explotación de la reputación de las marcas Moussel, Royal Ambree y Axe de Unilever con el fin de inducir a confusión para beneficiarse en forma de ventas.

Por este motivo, la sentencia condena a cesar la fabricación y comercialización de los productos de baño AGRADO MOUSSE (fabricado por COSMETIC CARE 3000 S.L.), el gel de baño SAIRO MOUSSE , el gel de baño AMALFI MOUSE, la colonia AMALFI ROYALE, el suavizante para ropa BIOTAN MOUSSE, el desodorante bodyspray AMALFI CHOCOLAT PASSION, el gel de baño CIEN y el detergente líquido SUPER MOUSE (todos ellos fabricados por QUIMI ROMAR S.L.), a indemnizar a Unilever pagando el 1% de la cifra de negocio obtenida por las demandadas y a retirar inmediatamente sus productos de los establecimientos en los que estaban siendo comercializados.

La sentencia del procedimiento ha especificado que la imitación de los colores, la forma del envase y la distribución de los elementos esenciales, constituyen actos de competencia desleal y pueden llevar a confundir al consumidor, por recordar y ser semejantes a productos existentes con gran implantación en el mercado.

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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