El magistrado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Teruel ha dictado esta
mañana un auto por el que suspende cautelarmente la aplicación de la cláusula
suelo del contrato de préstamo hipotecario que Azucena A. M. y D. Rubén H. A.
tienen suscrito desde 2007 con la entidad “Caja Rural de Teruel, Sociedad
Cooperativa de Crédito” y condena a la mencionada entidad al pago de las costas
procesales.
En sus razonamientos jurídicos el magistrado entiende que no se cumplieron los
controles de transparencia y que no se informó a Azucena y Rubén de las
incidencias que la cláusula suelo tendría durante la vida del préstamo.
En su auto el juez expresa que con la medida cautelar adoptada se pretende
evitar la sobrecarga económica que dicha cláusula abusiva genera en los
demandantes y el lastre que para ellos supone, en su modesta economía familiar,
dado que los solicitantes tienen sueldos humildes y dos hijos además de soportar
otras cargas familiares.