· El pasado jueves 21 de abril el despacho de abogados Rogers & Co. organizó en
colaboración con la Sección Española de la Asociación Internacional de Derecho
de los Seguros (SEAIDA) la Jornada de ‘Responsabilidades y Seguros del Turismo’
en la Escuela de Negocios CIFF, en Madrid, y a la que asistieron alrededor de 30
personas,
representantes en su mayoría del sector. El principal
objetivo de la misma fue analizar la gestión de las reclamaciones turísticas en
el Reino Unido, de lo que se encargaron David Díez Ramos, socio y abogado de
Rogers & Co., y Stephen Mason, socio del despacho inglés TRAVLAW, que fue el
invitado especial del evento.
Díez Ramos arrancó la charla de la mesa explicando cómo están aumentando
exponencialmente desde el Reino Unido las reclamaciones turísticas de escasa
gravedad. El problema radica en que estos procesos que en España se solucionan
con extrema rapidez, con el sistema legal británico supone que “reclamaciones
sencillas y baratas acaben siendo tediosas y generando indemnizaciones muy
importantes”. Esta es la primera diferencia cultural que distancia en este
aspecto a los dos países, pero no la única, pues además según señaló David Díez
“los ingleses presentan las reclamaciones meses más tarde del accidente, con
escasa información para los hoteles sobre los hechos y el objeto de la
reclamación y en este país. Además, -el demandante pueda cambiar su petición
según avanza el proceso y si pierde el caso, normalmente no asume las costas de
la otra parte”.
Stephen Mason, en sus propias palabras, no trató de “defender lo indefendible”
del sector jurídico-legal inglés, que se rige en este caso por el
Condicional FEE Agreement
por el cual el reclamado asume las costas del reclamante, y explicó
la difícil situación en que se encuentran los tour operadores ingleses cuando
reciben la demanda, y a la postre los hoteles españoles. Y es que hay dos
maneras de solucionar el conflicto: amistosa (no es la habitual) o dejarse
demandar por el perjudicado en el Reino Unido para posteriormente, llamar al
hotel español a dicho procedimiento. Las diferencias culturales entre los dos
sistemas ya se encargarán de demorar el proceso y generar el auténtico problema:
las del perjudicado. Pagar a los abogados ingleses puede suponer convertirse en
una auténtica fortuna, ya que “el reloj de las costas no para”.
En el
cierre, David Díez Ramos cerró la mesa y la jornada concluyendo que “no hay que
tacañear con la documentación, sino facilitarla” a los tour operadores
británicos y colaborar con ellos. Hay que tener en cuenta que el sistema inglés
castiga a los que no colaboran en el juicio, lo que “en los últimos años ha
llevado a ejecutar sentencias inglesas dictadas contra hoteles en modo de
rebeldía”.
En las horas previas de la mañana, se sucedieron otras mesas en las que se
trataron temas como: ‘Nuevas perspectivas en la regulación de viajes
combinados’, impartida por María José Morillas Jarillo (catedrática de Derecho
Mercantil en la UC3M); ‘Responsabilidad civil de las hoteleras y sus
aseguradoras por los daños sufridos por turistas extranjeros’, impartida por
Víctor Fuentes Camacho (Titular de Derecho Internacional Privado de la UCM);
‘Cruceros: responsabilidad y seguros’, por Fernando Saez Soler (Transporte y
Riesgos Especiales – Willis Tower Watson); ‘Seguros de Agencia de Viaje’,
impartida por Javier Casells Galindo (Suscriptor RC de Allianz).