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31 de MARZO de 2016

El Supremo archiva la querella contra el magistrado que decretó prisión para los dos titiriteros durante las fiestas de Carnaval de Madrid

LAWYERPRESS

La Sala indica que se pusieron a disposición del juez en plazo legal unos detenidos a los que se les atribuía varios delitos graves, cuyos indicios de existencia estimó concurrente el auto de prisión

El Supremo archiva la querella contra el magistrado que decretó prisión para los dos titiriteros durante las fiestas de Carnaval de Madrid

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha archivado la querella presentada por el partido político Contrapoder contra el magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, por un presunto delito de prevaricación que habría cometido al decretar la prisión provisional y sin fianza de los dos titiriteros, de la Compañía Títeres desde Abajo, que representaban la obra "La Bruja y Don Cristóbal" durante las fiestas de Carnaval en la plaza Canal Isabel II de Madrid. La citada querella también iba dirigida contra el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, y la fiscal Carmen Monfort March.

El auto, del que ha sido ponente el magistrado Francisco Monterde, concluye que no existe atisbo de delito en la comparecencia prevista en el artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, ni en el auto acordando la prisión de los dos detenidos. Del mismo modo, afirma que en este caso es evidente que el auto se ha dictado por quien era competente y tenía facultades legalmente establecidas para ello.

La Sala indica que se pusieron a disposición del juez en plazo legal unos detenidos a los que se les atribuía varios delitos graves, cuyos indicios de existencia estimó concurrente el auto de prisión. Asimismo, señala que no hay motivos para pensar que la resolución dictada se apartara de los métodos usuales de interpretación jurídica ni para apreciar dolo o culpa grave en el juez o los fiscales. Añade que en todo caso las medidas cautelares, por ser provisionales, pueden finalizar, como en el supuesto analizado, si cambian los presupuestos y circunstancias en que se adoptaron. En este sentido, recuerda que en este caso se produjo la puesta en libertad de los dos actores en días posteriores.

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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