Despachos

Operaciones

in-house

Colegios

Justicia

Entrevistas

Comunidad Legal

Reportajes

Colaboraciones

Internacional

LP emprende

Abogados Jóvenes

Compliance

Mediación

Arbitraje

TIC

BLOGS

Agenda

DIRECTORIO


 
 
 
11 de MARZO de 2016

Real Federación Española de Fútbol tendrá el mismo régimen electoral que el resto de los deportes federados

LAWYERPRESS

 

Real Federación Española de Fútbol tendrá el mismo régimen electoral que el resto de los deportes federados

La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional rechaza la petición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) para suspender de forma cautelar la Orden del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de 18 de diciembre de 2015, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas.

La Federación solicitaba la medida cautelar por vulneración de derechos fundamentales por cuanto la Orden Ministerial pretende que se aprueben por la Administración los Reglamentos electorales de dichas asociaciones privadas imponiendo criterios, requisitos y formalidades para llevar a cabo los procesos electorales lo que, a su juicio, supone un "atentado directo a la potestad de autoorganización de entidades privadas" como es la RFEF. Alegaba, además, que la ejecución de la norma causaría daños de "imposible o difícil reparación" y provocaría eventuales perjuicios como el riesgo de que los clubes de fútbol españoles no puedan participar en competiciones ni actividades deportivas internacionales por vulneración de la normativa FIFA.

En un auto, los magistrados rechazan la medida cautelar, sin entrar a valorar el fondo del asunto, por cuanto la Federación se limita a "aducir unos daños meramente hipotéticos y eventuales" de expulsión de los clubes de las competiciones internacionales y, por tanto,  "la generalidad e imprecisión" del planteamiento obliga a rechazar su petición, pues "los daños cuya irreparabilidad puede justificar la puesta en marcha de las previsiones cautelares han de ser reales y efectivos (...) no sustentados en meras suposiciones o contingencias futuras.

La Sala considera, además, que el interés público demanda que se mantenga la vigencia de una disposición de carácter general que desarrolla normas que tienen por objetivo reforzar la transparencia de los procesos electorales sin alterar la estructura de la orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre, declarada conforma a derecho por el TS, mejorando la gobernanza de las Federaciones y ofreciendo al deporte de élite y a los deportistas de alto nivel una representatividad adecuada a las estructuras federativas así como adaptar y actualizar la regulación de los procesos electorales a las reformas legislativas operadas en el ámbito del deporte.

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
Nosotros  /  Nuestro Equipo  / Contacto 

copyright, 2016 - Strong Element, S.L.  -  Peña Sacra 18  -  E-28260 Galapagar - Madrid  -  Spain - 
Tel.: + 34 91 858 75 55
info@lawyerpress.com  -  www.lawyerpress.com - Aviso legal