El incremento de las relaciones administrativas entre los diferentes Estados y
la proliferación de organismos internacionales de todo tipo, han generado unas
necesidades de regulación y control en el área del Derecho Administrativo Global
que deben ponerse en marcha a medio y largo plazo. Esa es la principal
conclusión del Foro de la Regulación Administrativa, reunido este viernes en la
sede del despacho Garrigues en Madrid, en donde se han dado cita los expertos en
Derecho Administrativo de las principales firmas legales de España.
La reunión anual de este Foro ha contado con la intervención especial de
Jean-Bernard Auby, profesor del Instituto de Estudios Políticos de París Science,
quien ha advertido que “hay numerosas entidades internacionales, compuestas por
expertos más que por diplomáticos o políticos, que tienen todas las
características propias de las entidades administrativas (relativas a la pesca,
los medicamentos, cuestiones medioambientales, etc.) y que no están lo
suficientemente obligados a rendir cuentas de sus actividades”.
De ahí surge la necesidad de crear un Derecho Administrativo Global a nivel
internacional, como una manera de hacer frente a nuevas situaciones: el
desarrollo de los organismos internacionales de carácter administrativo, la
multiplicación de las situaciones transnacionales y la extraterritorialidad
administrativa. Se desarrolla una especie de patrimonio común internacional de
Derecho administrativo, un cierto número de principios y de modelos que tienden
a convertirse en el zócalo común de los derechos administrativos de los Estados
de Derecho: democracia administrativa, buena administración, confianza legítima,
etc…
Desde el punto de vista más práctico y en entorno de la Unión Europea, se
trataría de atajar las preocupaciones que para esta área del Derecho surgen con
cuestiones como la aplicación de la Directiva de servicios, el desarrollo de
entidades administrativas transfronterizas o el creciente movimiento de
circulación internacional de datos públicos. En definitiva, la necesidad de
despejar una concepción del "espacio administrativo Europeo" y de construir una
teoría para manejar situaciones administrativas transnacionales: el equivalente
a la teoría del Derecho internacional privado, pero aplicable a los casos de
Derecho público.