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16 de NOVIEMBRE de 2015

APM reclama en su XII Congreso Nacional que se elimine las cuotas y que los jueces elijan a los miembros del CGPJ

LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez

Se piden también medidas de choque muy concretas  para luchar contra la corrupción y fortalecer independencia de los jueces.

La lucha contra la corrupción, con medidas contundentes tanto a nivel preventivo como sancionador; la reforma de los estatutos que quedó al final aparcada; el papel del juez dentro de su carrera con sus derechos y deberes y el futuro de los JAT, jueces jóvenes que salen cargados de ilusiones de la Escuela Judicial, fueron los cuatro grandes temas de este XXII Congreso de la APM, Asociación Profesional de la Magistratura, que ha marcado un antes y un después en su devenir como entidad, al producirse el cambio de presidente ejecutivo en la persona de Manuel Almenar, como ya comentamos. Este joven jurista tendrá que cerrar las heridas abiertas desde hace dos años en el Congreso de Jerez y luchar porque la asociación, la de mayor número de asociados, recupere el prestigio perdido al estar muy vinculada al CGPJ y al Ministerio de Justicia.

Sobre la mesa de Corrupción y Poder Judicial desde la APM se señala que para abordar la lucha contra la corrupción es importante la reprensión de las conductas antijurídicas, pero también lo es, ante todo, la prevención. Y esa prevención pasa por dotar al ordenamiento jurídico de unas normas y unos recursos que faciliten la transparencia y un fortalecimiento del poder judicial como elemento disuasorio de la ejecución de estas conductas.

Se insiste en que sólo con un poder judicial fuerte e independiente se puede cambiar la percepción social de impunidad o de complacencia a la hora de resolver los casos de corrupción en orden a prevenir la comisión de delitos relacionados con la misma.

Se insiste en que sólo con un poder judicial fuerte e independiente se puede cambiar la percepción social de impunidad o de complacencia a la hora de resolver los casos de corrupción en orden a prevenir la comisión de delitos relacionados con la misma.

Como medidas posibles, incluyendo algunas de las expuestas  se propone -reforzar los mecanismos de control de los contratos públicos, Mejorar y ampliar las medidas legales para garantizar la protección del ciudadano o funcionario que revele casos de corrupción. Incrementar la efectividad de la Ley de Transparencia, fortaleciendo sus mecanismos de control. .- formar a los jueces para este tipo de asuntos, no crear juzgados especializados.

También se pide desde la propia APM la dotación  adecuada y cualificada de peritos a disposición de los procedimientos por corrupción. Mejorar la colaboración institucional fluida y directa por medios telemáticos. Regulación detallada y restrictiva de los aforamientos. Reforzar la figura de Secretarios de Ayuntamientos e interventores con el fin de que puedan ser verdaderamente independientes en el ejercicio de su función. Potenciar los sistemas de control previo de adjudicaciones de todo tipo de contratos de las administraciones públicas. Y limitar las facultades de indulto del Gobierno en delitos de corrupción y en todo caso con informe favorable del órgano sentenciador.

Otra de las preocupaciones, que se convirtió en Mesa Redonda, tuvo que ver con los JAT o jóvenes jueces. Desde la asociación mayoritaria de jueces se es consciente que es fundamental mejorar  la formación de los Jueces en plazas de Magistrado. La formación de los jueces en la Escuela Judicial debería incluir a los órdenes jurisdiccionales, contencioso administrativo, social y mercantil, así como órganos de enjuiciamiento, incluyendo Tribunales, pues ninguno de ellos queda excluido de la posibilidad de poder acceder en el primer destino, o incluso durante la fase de refuerzo o sustitución.

A juicio de esta asociación, el  acceso a plazas en jurisdicciones especializadas debería acompañarse de una formación específica, así como la asignación de algún magistrado de más antigüedad que pudiera actuar como tutor, o al menos que pudiera acompañar al juez durante las primeras semanas resolviendo las dudas o inquietudes que pudieran tener en los nuevos destinos.

Otro de los temas que tiene que ver con estos jóvenes juristas es la supresión  de limitaciones para promocionar a magistrado o participar en pruebas de especialización. Suprimir la necesidad de permanecer un periodo de 3 años de servicio efectivo como Juez para promocionar a Magistrado por antigüedad en nada afectaría al ritmo ordinario de promociones, que seguiría contingente, atendidas las circunstancias que cada momento, y permitiría ajustar la legalidad a una realidad patente; hay jueces que actúan como magistrados pese a no serlo.

 Por otra parte, si desde la APM se insiste en que si se sumase la supresión del límite de 2 años de servicio efectivo para acceder a las pruebas de especialización para aquellos jueces que ya trabajan en una jurisdicción especializada, se podría permitir  que los jueces tuvieran acceso a su promoción personal desde el mismo momento en que ocupan una plaza de magistrado, incentivando y estimulando su trabajo para acompasar su categoría personal a la del puesto que ocupan.

Independencia judicial

Otra de las ponencias abordó la cuestión de la independencia del poder judicial. Desde APM se indica que es  el propio Juez quien debe ser independiente, en caso de que tuviese algún intento de perturbación en la misma, se debe de dar cobijo por el Consejo General del Poder Judicial. Al mismo tiempo este colectivo es partidario de  que desaparezca el sistema de “cuotas”. Debiendo ser los propios Jueces y Magistrados quienes elijan a los miembros judiciales del Consejo General del Poder Judicial.

Respecto a la organización judicial se insiste en la necesidad de transformar la actual organización territorial de la administración de Justicia que supere el estrecho marco de los partidos judiciales y se adapte a las necesidades económicas, sociales y jurídicas de nuestro país. Para este cometido se señala que es mejor emplear la Ley que el Real Decreto.

 No obstante, es la Ley el instrumento normativo idóneo para garantizar el cumplimiento de esta tarea rechazándose la utilización del Real decreto.  Respecto a  la sobrecarga de los juzgados, se indica que hay que poner en marcha medidas de refuerzo e incremento del número de Juzgados o unidades judiciales podrá llegarse a equilibrar las cargas en un indicador razonable.

Para la APM  la  especialización estructural de órganos judiciales sólo ha de establecerse cuando resulte necesario por la complejidad o especificidad de los hechos y del derecho aplicable. De hecho, la  especialización meramente coyuntural a través de normas de reparto requiere una regulación precisa y predeterminada de dicho reparto que garantice el respeto al juez natural.

Mejores retribuciones y recuperación poder adquisitivo

Sobre la provisión de plazas en órganos judiciales se indica que debe combinar  los criterios de especialización y antigüedad en el orden jurisdiccional a que se refiere la especialidad. También se reclama una regulación más ajustada a los términos contenidos en la Carta Europea sobre el Estatuto del Juez.

Para esta asociación mayoritaria de jueces es el momento de dignificar  las retribuciones de la Carrera Judicial, recuperando el poder adquisitivo perdido e incrementar el número de Jueces, aproximándolo a la media europea. La pensión de jubilación debe ser igual a la última retribución del Magistrado, en activo, al igual que sucede con los Magistrados del Tribunal Constitucional. En todo caso, la pensión máxima de los Jueces, Magistrados y Magistrados del Tribunal Supremo debe ser igual a la base máxima de cotización a la Seguridad Social.

En esta ponencia también se reconoce como una conquista en estos últimos meses que se ha logrado el  primer Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Carrera Judicial y los procedimientos que lo acompañan. Este plan considera las características singulares de la actividad judicial, y estima la carga de trabajo como factor de riesgo para la salud. Desarrolla protocolos específicos de actuación, a destacar el protocolo en caso de situaciones de especial sensibilidad y el de protección a la maternidad.

A juicio de estos magistrados hay que  reconocer medidas específicas y formativas para proteger y prevenir riesgos en la salud visual de Jueces y Magistrados, ante la inminente implantación del expediente digital, con dotación de todos los medios necesarios para el desempeño de la función jurisdiccional exigidos por la digitalización. Además hay que exigir la necesidad de información, formación y desarrollo del Plan de prevención de riesgos.  Para estos profesionales debe abordarse con prontitud las cargas de trabajo a efectos de salud laboral. Es necesario un sistema de garantías que permita conciliar la salud del Juez y las necesidades del servicio.

De esta Mesa de trabajo sobre Estatutos de la Asociación  pocos cambios ha habido.  La idea del nuevo presidente Almenar es que los propios asociados a la APM elijan al presidente y no sean los compromisarios. Cuestión que aún no se ha aprobado. Hay una modificación en el Articulo 2-j sobre la elección de los compromisarios. Ahora cada diez asociados podrán elegir su propio compromisario

 

 

 
 
 

 

 

 
 
 
 
 
 
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