La
lucha contra la corrupción, con medidas contundentes tanto a nivel preventivo
como sancionador; la reforma de los estatutos que quedó al final aparcada; el
papel del juez dentro de su carrera con sus derechos y deberes y el futuro de
los JAT, jueces jóvenes que salen cargados de ilusiones de la Escuela Judicial,
fueron los cuatro grandes temas de este XXII Congreso de la APM, Asociación
Profesional de la Magistratura, que ha marcado un antes y un después en su
devenir como entidad, al producirse el cambio de presidente ejecutivo en la
persona de Manuel Almenar, como ya comentamos. Este joven jurista tendrá que
cerrar las heridas abiertas desde hace dos años en el Congreso de Jerez y luchar
porque la asociación, la de mayor número de asociados, recupere el prestigio
perdido al estar muy vinculada al CGPJ y al Ministerio de Justicia.
Sobre la mesa de Corrupción y Poder Judicial desde la APM se señala que para
abordar la lucha contra la corrupción es importante la reprensión de las
conductas antijurídicas, pero también lo es, ante todo, la prevención. Y esa
prevención pasa por dotar al ordenamiento jurídico de unas normas y unos
recursos que faciliten la transparencia y un fortalecimiento del poder judicial
como elemento disuasorio de la ejecución de estas conductas.
Se insiste en que sólo con un poder judicial fuerte e independiente se puede
cambiar la percepción social de impunidad o de complacencia a la hora de
resolver los casos de corrupción en orden a prevenir la comisión de delitos
relacionados con la misma.
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Se insiste en que sólo con un poder judicial fuerte e independiente se puede cambiar la percepción social de impunidad o de complacencia a la hora de resolver los casos de corrupción en orden a prevenir la comisión de delitos relacionados con la misma. |
Como medidas posibles, incluyendo algunas de las expuestas se propone
-reforzar los mecanismos de control de los contratos públicos, Mejorar y ampliar
las medidas legales para garantizar la protección del ciudadano o funcionario
que revele casos de corrupción. Incrementar la efectividad de la Ley de
Transparencia, fortaleciendo sus mecanismos de control. .- formar a los jueces
para este tipo de asuntos, no crear juzgados especializados.
También se pide desde la propia APM la dotación adecuada y cualificada de
peritos a disposición de los procedimientos por corrupción. Mejorar la
colaboración institucional fluida y directa por medios telemáticos. Regulación
detallada y restrictiva de los aforamientos. Reforzar la figura de Secretarios
de Ayuntamientos e interventores con el fin de que puedan ser verdaderamente
independientes en el ejercicio de su función. Potenciar los sistemas de control
previo de adjudicaciones de todo tipo de contratos de las administraciones
públicas. Y limitar las facultades de indulto del Gobierno en delitos de
corrupción y en todo caso con informe favorable del órgano sentenciador.
Otra de las preocupaciones, que se convirtió en Mesa Redonda, tuvo que ver con
los JAT o jóvenes jueces. Desde la asociación mayoritaria de jueces se es
consciente que es fundamental mejorar la formación de los Jueces en plazas de
Magistrado. La formación de los jueces en la Escuela Judicial debería incluir a
los órdenes jurisdiccionales, contencioso administrativo, social y mercantil,
así como órganos de enjuiciamiento, incluyendo Tribunales, pues ninguno de ellos
queda excluido de la posibilidad de poder acceder en el primer destino, o
incluso durante la fase de refuerzo o sustitución.
A juicio de esta asociación, el acceso a plazas en jurisdicciones
especializadas debería acompañarse de una formación específica, así como la
asignación de algún magistrado de más antigüedad que pudiera actuar como tutor,
o al menos que pudiera acompañar al juez durante las primeras semanas
resolviendo las dudas o inquietudes que pudieran tener en los nuevos destinos.
Otro de los temas que tiene que ver con estos jóvenes juristas es la supresión
de limitaciones para promocionar a magistrado o participar en pruebas de
especialización. Suprimir la necesidad de permanecer un periodo de 3 años de
servicio efectivo como Juez para promocionar a Magistrado por antigüedad en nada
afectaría al ritmo ordinario de promociones, que seguiría contingente, atendidas
las circunstancias que cada momento, y permitiría ajustar la legalidad a una
realidad patente; hay jueces que actúan como magistrados pese a no serlo.
Por otra parte, si desde la APM se insiste en que si se sumase la supresión del
límite de 2 años de servicio efectivo para acceder a las pruebas de
especialización para aquellos jueces que ya trabajan en una jurisdicción
especializada, se podría permitir que los jueces tuvieran acceso a su promoción
personal desde el mismo momento en que ocupan una plaza de magistrado,
incentivando y estimulando su trabajo para acompasar su categoría personal a la
del puesto que ocupan.
Independencia judicial
Otra de las ponencias abordó la cuestión de la independencia del poder judicial.
Desde APM se indica que es el propio Juez quien debe ser independiente, en caso
de que tuviese algún intento de perturbación en la misma, se debe de dar cobijo
por el Consejo General del Poder Judicial. Al mismo tiempo este colectivo es
partidario de que desaparezca el sistema de “cuotas”. Debiendo ser los propios
Jueces y Magistrados quienes elijan a los miembros judiciales del Consejo
General del Poder Judicial.
Respecto a la organización judicial se insiste en la necesidad de transformar la
actual organización territorial de la administración de Justicia que supere el
estrecho marco de los partidos judiciales y se adapte a las necesidades
económicas, sociales y jurídicas de nuestro país. Para este cometido se señala
que es mejor emplear la Ley que el Real Decreto.
No obstante, es la Ley el instrumento normativo idóneo para garantizar el
cumplimiento de esta tarea rechazándose la utilización del Real decreto.
Respecto a la sobrecarga de los juzgados, se indica que hay que poner en marcha
medidas de refuerzo e incremento del número de Juzgados o unidades judiciales
podrá llegarse a equilibrar las cargas en un indicador razonable.
Para la APM la especialización estructural de órganos judiciales sólo ha de
establecerse cuando resulte necesario por la complejidad o especificidad de los
hechos y del derecho aplicable. De hecho, la especialización meramente
coyuntural a través de normas de reparto requiere una regulación precisa y
predeterminada de dicho reparto que garantice el respeto al juez natural.
Mejores retribuciones y recuperación poder adquisitivo
Sobre la provisión de plazas en órganos judiciales se indica que debe combinar
los criterios de especialización y antigüedad en el orden jurisdiccional a que
se refiere la especialidad. También se reclama una regulación más ajustada a los
términos contenidos en la Carta Europea sobre el Estatuto del Juez.
Para esta asociación mayoritaria de jueces es el momento de dignificar las
retribuciones de la Carrera Judicial, recuperando el poder adquisitivo perdido e
incrementar el número de Jueces, aproximándolo a la media europea. La pensión de
jubilación debe ser igual a la última retribución del Magistrado, en activo, al
igual que sucede con los Magistrados del Tribunal Constitucional. En todo caso,
la pensión máxima de los Jueces, Magistrados y Magistrados del Tribunal Supremo
debe ser igual a la base máxima de cotización a la Seguridad Social.
En esta ponencia también se reconoce como una conquista en estos últimos meses
que se ha logrado el primer Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la
Carrera Judicial y los procedimientos que lo acompañan. Este plan considera las
características singulares de la actividad judicial, y estima la carga de
trabajo como factor de riesgo para la salud. Desarrolla protocolos específicos
de actuación, a destacar el protocolo en caso de situaciones de especial
sensibilidad y el de protección a la maternidad.
A juicio de estos magistrados hay que reconocer medidas específicas y
formativas para proteger y prevenir riesgos en la salud visual de Jueces y
Magistrados, ante la inminente implantación del expediente digital, con dotación
de todos los medios necesarios para el desempeño de la función jurisdiccional
exigidos por la digitalización. Además hay que exigir la necesidad de
información, formación y desarrollo del Plan de prevención de riesgos. Para
estos profesionales debe abordarse con prontitud las cargas de trabajo a efectos
de salud laboral. Es necesario un sistema de garantías que permita conciliar la
salud del Juez y las necesidades del servicio.
De esta Mesa de trabajo sobre Estatutos de la Asociación pocos cambios ha
habido. La idea del nuevo presidente Almenar es que los propios asociados a la
APM elijan al presidente y no sean los compromisarios. Cuestión que aún no se ha
aprobado. Hay una modificación en el Articulo 2-j sobre la elección de los
compromisarios. Ahora cada diez asociados podrán elegir su propio compromisario