MARKETING
COMUNICACIÓN
INTERNET
FORMACIÓN
RRHH
PUBLISHING & EVENTS
DIRECTORIO
Noticias de Despachos
Operaciones
LP emprende
Por Gonzalo Merino, Abogado, abogado del Despacho José Manuel Serrano Alberca & Conde, @abogadosSAC
Desde que el pasado año, allá por el mes de julio, el Gobierno designara una Comisión de Expertos, para realizar una propuesta de reforma del sistema tributario español, han pasado varios meses a la espera de tan ansiada propuesta. El 14 de marzo de 2014, ha sido la fecha en la cual dicha Comisión de Expertos ha presentado ante el Congreso de los Diputados un Informe en el que plasman, ni más ni menos, que 125 propuestas y 270 modificaciones impositivas. Puesto que existe un gran número de propuestas, que afectan tanto a los impuestos directos como indirectos, nos centraremos en las que pueden incidir, en mayor medida, a los contribuyentes de a pie, es decir, a los ciudadanos, y más concretamente a su vivienda. A este respecto, hay que destacar que, según los datos del Banco Central Europeo, el 83% de las familias españolas -alrededor de 13 millones- tiene vivienda propia, y un 36% de los hogares tiene una segunda residencia, por lo que cualquier medida que afecte directamente a la vivienda o a la adquisición de la misma, afectará a un gran número de ciudadanos. En lo que se refiere al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el informe de los expertos plantea diversas propuestas que afectan directamente a la vivienda, y las de mayor calado son las siguientes: 1. Eliminar progresivamente, en un plazo de entre 5 a 10 años, la deducción por adquisición de vivienda habitual para quienes compraron casa antes del 2013. 2. Imputación de renta en la base imponible del IRPF, tanto por la vivienda habitual como por las segundas residencias y sucesivas, algo que hasta ahora sucede únicamente con las últimas. Esta medida propuesta será temporal, hasta la entrada en vigor de la nueva reforma del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, que implicará el establecimiento de un nuevo procedimiento de valoración de inmuebles, elaborado por la Dirección General del Catastro, por el que se sustituirá el valor catastral por un valor de referencia público que se irá actualizando anualmente, y no cada diez años como viene sucediendo a través de ponencias de valores, de tal manera que, a cierre de cada ejercicio, este valor de referencia estará más próximo al de mercado. 3. Modificación del gravamen de los rendimientos de capital inmobiliario por el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda, que pasan de tributar al tipo marginal en el régimen general del IRPF al tipo impositivo del ahorro, eliminando las reducciones sobre estos rendimientos existentes en la actualidad, que van desde el 60% hasta incluso el 100%. Con estas propuestas, se perjudica claramente la propiedad de una vivienda e incrementará considerablemente la factura fiscal del ciudadano, al mismo tiempo que se desincentiva el alquiler de inmuebles. En lo que respecta al Impuesto sobre el Patrimonio, los expertos abogan por la eliminación total del mismo, por lo que se evitará la doble tributación de la propiedad de un inmueble, que hasta la fecha tributaba por el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y por este Impuesto, según la Comunidad Autónoma en la que cada individuo tuviera la residencia fiscal. En lo que se refiere a la imposición indirecta, hay que destacar que en el Impuesto sobre el Valor Añadido, la propuesta de los expertos ha sido la reclasificación de los bienes y servicios del tipo reducido de 10 % al tipo general del 21%. Esta reclasificación, aunque afectaría especialmente a los alimentos que habitualmente forman parte de la cesta de la compra de cualquier ciudadano (pan tostado, galletas, pasta, yogures, zumos, carne, pescado y agua, entre otros), afecta a otros bienes o servicios, entre los cuales se encuentran algunos ligados a la construcción. Como excepción a la reclasificación anteriormente mencionada, los expertos estiman conveniente no incrementar el IVA en las compraventas de viviendas nuevas, por lo que se mantiene en el tipo reducido del 10%. Aunque en un primer momento se pudiera pensar que con esta medida se va a incentivar la salida al mercado inmobiliario español del enorme stock de viviendas nuevas que existe en la actualidad, la realidad es otra ya que indirectamente se está perjudicando la salida de las mismas, por cuanto existen actividades ligadas a la construcción que sí que subirían al 21%, destacando fundamentalmente: • Las ejecuciones de obras, con o sin aportación de materiales, consecuencia de contratos directamente formalizados entre el promotor y el contratista que tengan por objeto la construcción o rehabilitación de edificaciones o partes de las mismas destinadas principalmente a viviendas, incluidos los locales, anejos, garajes, instalaciones y servicios complementarios en ellos situados. • Las ventas con instalación de armarios de cocina y de baño y de armarios empotrados, para las edificaciones a que se refiere las ejecuciones de obra anteriores, que sean realizadas como consecuencia de contratos directamente formalizados con el promotor de la construcción o rehabilitación de dichas edificaciones. Con estas medidas propuestas, los promotores de viviendas aunque vendan las viviendas nuevas al tipo del 10% de IVA, como hasta ahora, verán incrementada su factura final en un 11%, puesto que el IVA de las ejecuciones pasará del 10% al 21%, y como lo más probable es que no sean ellos los que asuman dicho incremento, lo acabarán repercutiendo de una u otra forma al consumidor final, es decir, al comprador de la vivienda. En lo que se refiere al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, los expertos recomiendan al Gobierno suprimir el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales que grava la compraventa de viviendas de segunda mano, argumentando que este tipo de viviendas ya están gravadas por el IVA. La eliminación de este impuesto ahorraría a los compradores de una vivienda usada de entre un 6% en la Comunidad de Madrid hasta un 10% en otras Comunidades Autónomas. Los promotores inmobiliarios, si no tenían suficiente con la posibilidad de ver incrementadas las ejecuciones de obra con un 21% de IVA, con esta medida verían como las viviendas de segunda mano podrían tomar preferencia sobre las nuevas, lo que como se ha dicho anteriormente dificultaría la salida al stock de viviendas sin vender. A este respecto, la vicepresidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Saénz de Santamaría, ha advertido que el Gobierno no se plantea cambiar nada relacionado con la vivienda. Veremos si luego, cumple su palabra o por el contrario, hace oídos sordos. Asimismo, los expertos también recomiendan eliminar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en determinadas operaciones como la firma de un crédito hipotecario. Finalmente, dentro del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se propone eliminar las deducciones y bonificaciones existentes sobre la vivienda, que en algunas Comunidades Autónomas como Madrid llegan hasta el 99% de la cuota, de tal forma que, tanto en las adquisiciones mortis-causa como inter-vivos, podrían llegar a tributar desde un tipo del 4% hasta el 11%. En definitiva, son numerosas las propuestas que afectan a la vivienda y la última palabra la tiene el Gobierno cuando apruebe la futura reforma del sistema tributario español, lo que determinará si al final los ciudadanos tendrán que rascarse más los bolsillos, o si por el contrario, verán como su factura fiscal se ve reducida.
Buscar en lawyerpress.com
comparte ésta información
Tweet
copyright, 2014 - Strong Element, S.L. - Peña Sacra 18 - E-28260 Galapagar - Madrid - Spain - Tel.: + 34 91 858 75 55 - Fax: + 34 91 858 56 97 - info@lawyerpress.com - www.lawyerpress.com - Aviso legal