El despacho
de abogados DAC Beachcroft, líder en el sector asegurador, ha llevado a cabo un
análisis sobre las consecuencias del Brexit para el mismo.
“Lo más
importante a tener en cuenta es que nada cambia de forma inmediata como
consecuencia de los resultados del referéndum”,
manifiesta José María Álvarez- Cienfuegos, socio de DAC Beachcroft en España.
“El resultado no compromete al Reino Unido a un calendario específico, ni tan
siquiera a dejar la Unión Europea”, continúa. En definitiva, en adelante el
desarrollo de los acontecimientos dependerá más de la política que de la
aplicación de la ley.
No obstante, el
Reino Unido perderá dicha flexibilidad desde el momento en que comunique
formalmente a la Unión Europea su intención de abandonarla, según lo previsto en
el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea (TUE). Una vez notificada esta
decisión, comenzará el proceso de salida de dos años que prevé el referido
artículo 50 (el plazo es ampliable por acuerdo unánime de todos los Estados
Miembros). “Las cuestiones más significativas en relación al acuerdo de
salida giran en torno a las medidas de transición y el grado de conservación de
los derechos que hayan sido adquiridos en el seno de la Unión Europea antes del
Brexit”, continúa Álvarez- Cienfuegos.
Según el
análisis de DAC Beachcroft, un acuerdo de salida negociado bajo el artículo 50
del TUE debería regular la cuestión de los derechos existentes de forma
detallada, dado que en caso de falta de acuerdo expreso la incertidumbre sería
mayúscula. Lo que no resulta claro es si el “derecho de pasaporte” y acceso del
Reino Unido hacia la Unión Europea se considerará igualmente como un derecho
existente adquirido. “En nuestra opinión, la hipótesis de trabajo actual debe
ser que los derechos de pasaporte entre el Reino Unido y la Unión Europea y
viceversa cesarán con el Brexit”, manifiesta Álvarez- Cienfuegos.
¿Cómo será
la vida fuera de la Unión Europea? Opciones
El análisis de
DAC Beachcroft considera que es incierto cómo será la vida para el Reino Unido
fuera de la Unión Europea. La denominada opción Noruega (o mantenimiento de la
relación con la Unión Europea a través de la adhesión al EEE), ha sido rechazada
de antemano por la mayoría de los defensores de abandonar la Unión Europea en
Reino Unido. Esta opción dejaría intacto todo lo relativo a los “derechos de
pasaporte”, desde el punto de vista del sector financiero y, especialmente, de
seguros.
Lo que es
evidente es que cualquier acuerdo sobre el modelo de relación entre la Unión
Europea y el Reino Unido necesitará de varios años de negociación, bien para
establecer un modelo nuevo y específico, bien para seguir los modelos de
relaciones que ya existen con otros países como Suiza, Turquía o Canadá.
¿Cómo será
la “nueva” regulación en materia de servicios financieros en el Reino Unido?
La respuesta
del análisis de DAC Beachcroft a esta pregunta es que será muy similar a la que
existe en la actualidad, porque la Unión Europea ha desarrollado una serie de
medias para implementar principios acordados a nivel internacional como, por
ejemplo, Basilea III y el Marco Común de la AISS (es razonable pensar que el
Reino Unido deseará seguir formando parte de los mismos). “Con carácter
particular, creemos que el Reino Unido querrá mantener un estatus de
equivalencia bajo Solvencia II”, continúa Álvarez-Cienfuegos.
En lo que
respecta a la protección de datos de carácter personal, las empresas del Reino
Unido seguirán preparándose para cumplir con las obligaciones establecidas en el
Reglamento Europeo de Protección de Datos (REPD).
El REPD será de
aplicación a partir del 25 de mayo de 2018, antes de que se cumplan los dos años
que, como mínimo, previsiblemente durará el proceso de salida de Reino Unido de
la Unión Europea. En caso de que la activación del artículo 50 del TUE no se
produzca hasta octubre, el REPD será de aplicación directa en el Reino Unido
durante al menos seis meses.
Cuando el Reino
Unido salga de la Unión Europea, incluso si se deroga el REPD en Reino Unido,
este seguirá siendo de aplicación a muchas empresas que tendrán que cumplir las
obligaciones que el REPD impone. El REPD se aplicará a las empresas (situadas
dentro o fuera de la Unión Europea) siempre que: ofrezca bienes o servicios en
la Unión Europea; o controle el comportamiento de ciudadanos de la Unión
Europea.
“Las empresas
españolas que pretendan transferir datos de carácter personal al Reino Unido una
vez salga de la Unión Europea, tendrán que valorar el momento en el que se
realiza la transferencia y, principalmente, qué requisitos deben cumplir para
realizarla”,
comenta
Álvarez-Cienfuegos.
Las empresas
deben pensar en las oportunidades que puede generarles el Brexit
Según DAC
Beachcroft, las empresas deben reflexionar sobre varias cuestiones:
-
Efectos
económicos previos a corto plazo (tipos de cambio y rendimientos de
inversión); y a medio y largo plazo (caída del PIB en el Reino Unido).
-
Efecto de
la incertidumbre económica sobre la voluntad de realizar transacciones o
entablar compromisos duraderos por parte de clientes y empresas homólogas.
-
Pérdida de
las cuatro libertades para las empresas del Reino Unido (bienes, capitales,
servicios y personas), incluyendo la pérdida de “derechos de pasaporte” y
libre circulación de empleados dentro de la EEE.
-
Contratos
de larga duración existentes.
-
Redacción
de pólizas.
El análisis de
DAC Beachcroft concluye que, quizá, alguna de las siguientes medidas sea
conveniente:
Construir una
sociedad en otro Estado Miembro del EEE para asegurar que pueden seguir
ejerciéndose los “derechos de pasaporte” tras el Brexit.
Incluir
cláusulas de cancelación en todos los futuros contratos de larga duración, o
bien expresamente ligadas al Brexit o a posibles consecuencias del mismo (como
la pérdida de “derechos de pasaporte”).
Adaptar los
programas y las pólizas de seguro con antelación.
Trabajar
mediante foros comerciales como ABI y BIBA para asegurar que todas las
cuestiones sean transmitidas al gobierno, sobre todo las consecuencias para los
asegurados y el mercado asegurador en general.
“Por último,
sería conveniente pensar en cómo demostrar a los clientes, accionistas y
empleados que se han identificado las cuestiones relevantes que surgen a partir
del Brexit y que éstas están bajo control, sin ocultar el hecho de que,
seguramente, toque enfrentar importantes desafíos y oportunidades en el futuro”,
matiza Álvarez- Cienfuegos.