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01 de MARZO de 2016

Max Schrems: “El escudo de privacidad UE-EEUU volverá directamente a la corte de Luxemburgo”

LAWYERPRESS / Hans A. Böck

 

El activista pro privacidad, el austriaco Max Schrems, quien denuncio el acuerdo de Safe Harbor ante la Corte de Justicia Europea en Luxemburgo, ha sido rotundo en su crítica al acuerdo de escudo de protección de privacidad entre la Unión Europea y EEUU. Según el joven Schrems “habrá muchas empresas y seguramente yo también quienes denunciemos éste acuerdo.”

Max Schrems, quien denuncio el acuerdo de Safe Harbor ante la Corte de Justicia EuropeaSchrems destaca que el nuevo sistema sigue permitiendo el acceso masivo a los datos, justo lo que la corte en su sentencia C‑362/14 declaró inadmisible al violar los derechos fundamentales de los usuarios. Según Schrems: “De hecho los EEUU han confirmado que violan los derechos fundamentales europeos en seis conceptos. Mientras la Comisión afirma que ya no hay una supervisión masiva, los documentos presentados ayer dicen justo lo contrario. Me parece una clara violación de las leyes y de la sentencia de la Corte Europea que me pregunto que lo que hace la Comisión entre bambalinas. Para mi esta forma de actuar no es una implementación de racional de la sentencia.”

Comisaria Europea Vera JourovaMientras tanto la Comisaria Europea Vera Jourova defiende el acuerdo explicando: “El Escudo de la privacidad UE-EE UU es un marco nuevo y sólido, basado en un cumplimiento y control rigurosos, vías de recurso más sencillas para los particulares y, por primera vez, garantías por escrito de nuestros socios estadounidenses en materia de limitaciones y salvaguardias en relación con el acceso a los datos por parte de las autoridades públicas por motivos de seguridad nacional.”

Miguel Recio, Abogado especialista en Privacidad y reciente Premio Cátedra Google-CEUEfren Diaz, abogado de Bufete MasyCalvet, el joven abogado español que participó en el proceso de ganar a Google la sentencia sobre el derecho al olvido, detalla que para “comprender mejor el alcance de las nuevas medidas, baste recordar que el punto débil de la Decisión de Safe Harbor fue su falta de efectiva aplicación, de modo que no quedó garantizado que las empresas adheridas a los Principios de Puerto Seguro cumplieran realmente con las normas de protección de datos de la UE. En particular, la UE pretende establecer ahora limitaciones y garantías relativas al acceso a datos por las autoridades públicas norteamericanas por razones de seguridad nacional.”

Diaz opina que “aunque no es seguro que el Grupo de trabajo «artículo 29» y el resto de reguladores apruebe la propuesta de Decisión sobre el Escudo de Privacidad, sí parece claro tras la Sentencia Schrems (STJUE 6/10/2015) que se mantendrá la salvaguarda de la independencia y del poder de las autoridades nacionales de protección de datos, de modo que podrán investigar y, en su caso, bloquear las transferencias internacionales que consideren ilegales al margen de la Decisión que adopte de la Comisión sobre el carácter adecuado de protección de datos entre la UE y EE UU.”

Miguel Recio, Abogado especialista en Privacidad y reciente Premio Cátedra Google-CEUMiguel Recio, Abogado especialista en Privacidad y reciente Premio Cátedra Google-CEU subraya que “Es importante tener siempre presente que hablamos tanto de derechos fundamentales, en particular el relativo a la protección de datos personales, como de economía digital, ya que como ha señalado la Secretaria de Comercio de los EE.UU., este acuerdo es la base para un comercio de servicios digitales por 260 billones de dólares americanos, además de que podría ser también un referente a seguir en otros países y regiones alrededor del mundo. Por tanto, proporcionar seguridad jurídica a través de instrumento robusto, como debe ser el Escudo de Privacidad, facilitará también una protección efectiva del derecho fundamental a la protección de datos de los ciudadanos europeos.”

Maria Bardaji, abogada de Rödl & PartnerMientras Maria Bardaji, abogada de Rödl & Partner, destaca que “el compromiso por parte de EEUU en cuanto al acceso restringido por parte de la Agencia estadounidense de Seguridad a datos de ciudadanos europeos, las nuevas herramientas de protección, como el defensor del usuario y los mecanismos de control que se crean por parte de la UE y de Estados Unidos con ocasión de las negociaciones para la aprobación del Privacy Shield, pueden ser la base de una nueva norma más robusta y eficaz que la anterior, sin embargo está por ver que los cambios sean algo más que un somero lavado de cara del antiguo Safe Harbour y que, sin que Estados Unidos lleve a cabo cambios sustanciales en su legislación de protección de datos, se cumplan las exigencias del Tribunal de Justicia de la UE.”

Maria Álvarez Caro, Manager Asuntos Públicos y Relaciones Institucionales de Adigital Maria Álvarez Caro, Manager Asuntos Públicos y Relaciones Institucionales de Adigital (Asociación Española de la Economía Digital), afirma que “por primera vez, EE.UU se compromete a que todo acceso a datos personales por parte de las autoridades nacionales por razones de seguridad nacional esté sujeto a limitaciones y garantías, lo cual refuerza la protección del derecho fundamental a la protección de datos personales. Asimismo, la mayor cooperación con las autoridades de protección de datos, la revisión conjunta con carácter anual o que se contemple la inclusión de un sistema extrajudicial de resolución de conflictos con carácter gratuito, son novedades relevantes. Creo que el plazo de respuesta de 45 días para la resolución de quejas es un paso importante en aras de la eficacia. No obstante, debemos de estar pendientes de los próximos pasos. En este sentido, y sin perjuicio de los pasos pendientes por parte de EE.UU en lo referente a mecanismos de control y la figura del Ombudsman (mediador), un Comité integrado por representantes de los Estados Miembros de la UE así como el Grupo de Trabajo del Artículo 29 deben emitir un dictamen".”

Jaime Garrido, Managing Partner de Visualiza LegalJaime Garrido, Managing Partner de Visualiza Legal, también destaca “como novedad, si un ciudadano considera que sus datos no han sido tratados de forma adecuada, tendrá la posibilidad de presentar una demanda a través de un mecanismo contencioso. Estas demandas serán gratuitas para el usuario y las empresas denunciadas tendrán la obligación de contestar dentro de unos plazos límites. Con este nuevo acuerdo de privacidad, las personas dispondrán de una mayor seguridad jurídica sobre cómo se tratan sus datos personales en EEUU y aliviará  a muchas empresas y negocios que dependen de la transferencia internacional de datos entre EEUU y UE.

Paz Martín, Directora Derecho Digital de HERRERO & ASOCIADOSPaz Martín, Directora Derecho Digital de HERRERO & ASOCIADOS detalla las garantías que ofrece el nuevo acuerdo entre EEUU y la Unión europea que se concretan en

·      “Fuertes obligaciones para las empresas: para ello se dotará al sistema de transparencia y de mecanismos efectivos de supervisión para asegurarse que las compañías incluyendo sanciones y exclusiones para los casos de incumplimiento.”

·      Salvaguardas claras y obligación de transparencia en los accesos por parte del Gobierno de Estados Unidos. Por primera vez, el gobierno de Estados Unidos ha reflejado por escrito que todo acceso de las autoridades públicas para fines de seguridad nacional estarán claramente limitadas con mecanismos de salvaguarda y supervisión evitando accesos masivos a datos. La creación de un “defensor de la privacidad” o un sistema de “Ombusperson” en el Departamento de Estado será una medida de protección y vigilancia al asumir las demandas y reclamaciones de los individuos informando del cumplimiento de las leyes.

·      Protección eficaz de los derechos de los ciudadanos a través de diferentes procedimientos de compensación. Las denuncias deberán resolverse en 45 días. Un sistema alternativo de resolución de conflictos sin coste estará disponible a estos efectos. Los ciudadanos también podrán acudir a sus autoridades de control locales que en coordinación con la Comisión federal de comercio se asegurarán de investigar y resolver todas las quejas.

·      Mecanismo conjunto de revisión anual: todo mecanismo de salvaguarda requiere revisión y por ello se prevé un sistema específico de supervisión de periodicidad anual.”

Ahora se consultará a un Comité compuesto de representantes de los Estados miembros, y las autoridades de protección de datos de la UE (Grupo de trabajo «artículo 29») emitirán su dictamen, antes de que la Comisión europea tome una decisión definitiva. Mientras tanto, EEUU  hará los preparativos necesarios para establecer el nuevo marco, los mecanismos de control y el nuevo mecanismo del Mediador, reza el comunicado de la Comisión.

Tras la adopción por el Congreso de los Estados Unidos de la Ley de recurso judicial, promulgada por el presidente Obama el 24 de febrero, la Comisión propondrá en breve la firma del acuerdo marco. El Consejo adoptará la decisión por la que se celebra el acuerdo, previa aprobación por el Parlamento Europeo.

Más información

Comunicación

Preguntas más frecuentes

Ficha informativa

Proyecto de Decisión sobre el carácter adecuado de la protección

Anexo 1

Anexo 2

Anexo 3

Anexo 4

Anexo 5

Anexo 6

Anexo 7 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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