El Supremo avala la expulsión de España de un marroquí denunciado por el
director del CNI como colaborador muy relevante de un servicio de inteligencia
extranjero e impulsor de la construcción en Cataluña de un centro de referencia
salafista a nivel europeo, que contaba con una red de colaboradores y
confidentes en las cuatro provincias catalanas. El TS ratifica la sentencia de
la Audiencia Nacional, de 11 de marzo de 2015, que desestimó el recurso de
Noureddine Ziani contra la resolución del secretario de Estado de Seguridad, de
16 de mayo de 2013, que acordó la expulsión del territorio nacional con
prohibición de entrada en España por un periodo de diez años. Ziani tenía
permiso de residencia permanente en España desde el 11 de abril de 2002.
La decisión de Interior de expulsarle se basó en que había cometido una
infracción muy grave a la Ley de Derechos y Libertades de los Extranjeros en
España y su Integración Social, consistente en participar en actividades
contrarias a la seguridad nacional o que puedan perjudicar las relaciones de
España con otros países. El Supremo, en sentencia de la que ha sido ponente el
magistrado José María del Riego, rechaza el recurso de Ziani al considerar que
el acto administrativo de expulsión estuvo motivado, “pues da cuenta de forma
suficiente de los hechos de cuya consideración parte, y de las reglas jurídicas
que autorizan la decisión”, y comparte con la Audiencia que la denuncia del CNI
recogió datos suficientes de las actividades del recurrente, y además fue
corroborada por el informe de la Policía.
En esos documentos, de 2013, se señalaba que Ziani ponía en riesgo la seguridad
del Estado y era una amenaza a la estabilidad de las instituciones, elaboraba
informes periódicos para un servicio extranjero en Barcelona, favorecía la
difusión de ideologías extremistas religiosas, y manipulaba las voluntades de
los representantes musulmanes en Cataluña, “presentándose como mediador de las
comunidades musulmanas en caso de conflicto, transmitiendo a los representantes
municipales, a modo de presión, su alta capacidad de movilización de las
comunidades musulmanas residentes”. “Con estas acciones pone en riesgo el
bienestar de las poblaciones afectadas, en las que para satisfacer sus propios
intereses y los del Estado al que sirve, no duda en utilizar sus contactos y
capacidad de movilización para generar, en su caso, conflictos sociales
vinculando inmigración y religión.