El salón de actos del Colegio de Abogados de Málaga acogió el viernes la
presentación de la segunda edición del Manual de Juicios Justos de Amnistía
Internacional, un acto que contó con la presencia del vicedecano, Francisco
Damián Vázquez, y de Charo Alises, presidenta de la Comisión de Derechos
Humanos. Esta actividad fue organizada por la Fundación del Consejo General de
la Abogacía Española en colaboración con el Ilustre Colegio de Abogados de
Málaga y Amnistía Internacional. El derecho a un juicio justo es un derecho
humano fundamental. Cuando se viola este derecho, personas inocentes pueden ser
declaradas culpables de haber cometido un crimen, encarceladas e incluso
ejecutadas por ello.
La ponencia corrió a cargo de Daniel Canales, miembro del Área de Investigación
y Políticas de Amnistía Internacional, quien explicó que el manual pretende
"servir de guía práctica de las normas pertinentes de derechos humanos" para
todas las personas que se ocupan de analizar en qué medida un proceso penal o
sistema de justicia cumple con las normas internacionales de justicia procesal.
El sistema de justicia en sí pierde su credibilidad.En este Manual de Juicios
Justos encontrarán una guía a las normas internacionales y regionales sobre
justicia procesal que protegen el derecho a un juicio justo. El propósito de la
obra es que sea utilizada por quienes asisten a juicios en calidad de
observadores y por quienes se ocupan de evaluar las garantías presentes en una
causa concreta, así como por aquellos que deseen comprobar si el sistema de
justicia penal de un país particular garantiza el respeto de las normas
internacionales para la celebración de juicios justo
Vázquez, por su parte, incidió en que la función del abogado es fundamental para
salvaguardar los derechos de los justiciables, para lo que es necesaria una
actualización permanente con el fin de "saber actuar ante cualquier tipo de
injusticia".
El documento de Amnistía Internacional evalúa si un proceso es justo en función
a tres premisas: comprobando si el modo en que se lleva a cabo el procedimiento
cumple la legislación nacional, si esas leyes nacionales están en consonancia
con las garantías internacionales de justicia procesal y si la aplicación de
dichas leyes está de igual modo conforme a las normas internacionales.