En
realidad,
el
llamado
fraude
de
Ley
se
encuentra
residenciado
en
el
rechazo
e
inadmisión
por
el
propio
juez
o
magistrado
recusados
de
su
recusación
con
la
presunta
cobertura
que
le
proporciona
el
artículo
11
de
la
vigente
Ley
Orgánica.
Nunca
una
parte
debe
ser
juez
de
su
propio
asunto,
de
si
mismo,
pues
eso
no
es
más
que
la
total
negación
de
la
imparcialidad
e
independencia
del
juez
o
magistrado,
y no
tiene,
ni
debiera
tener,
la
menor
cabida
esa
actitud,
ni
en
la
Constitución
de
1978,
como
tampoco
la
tiene
en
el
más
elemental
sentido
común
incluso
históricamente.
Como
ya
señaló
en
su
día,
con
toda
valentía
y
dignidad,
el
profesor
Gómez
Orbaneja,
en
plena
dictadura
franquista
(1974),
Iudex
suspectus
iudicare
non
debet,
o
más
simplemente
iudex
suspectus
non
iudicat.
Ante
ese
peligro
la
<<sospecha>>,
razonada
y
razonable,
cualquier
posición
contraria,
a mi
juicio,
debiera
indudablemente
ceder.
A mi
entender,
la
sombra
de
la
prevaricación
se
proyectaría,
decididamente,
sobre
esa
lamentable
situación,
pues
en
caso
contrario
flaco
servicio,
cuando
no
muy
grave
daño,
se
le
produce
a la
justicia.
El
corporativismo
no
debe
ser
un
manto
para
cubrir
la
indecencia,
ni
menos,
la
no
persecución
de
un
delincuente.
Quienes
pudieran
“justificar”
(sic),
serian
tan
prevaricadores
o
más
que
el
suspectus,
y
dañan
grave
e
irreversiblemente
a la
justicia,
digan
lo
que
quieran.
El
corporativismo
no
debe
ser
causa
de
justificación
de
ninguna
clase,
sino
un
movimiento
para
solicitar
la
mejora
de
los
sueldos
y
trienios
o
jubilaciones,
de
nuestra
magistratura.
Nunca
para
convertirse
en
cómplices
o
encubridores
de
un
delito
perseguible
de
oficio.
Porque
entonces
se
convertirían
también,
como
digo,
en
prevaricadores,
y de
ahí
a la
negación
de
la
justicia,
no
hay
más
que
un
paso.
El
poder
legislativo
debiera
tener
alguna
idea
clara
al
respeto,
que
parece
no
querer
tenerla.
Todo
el
ordenamiento
jurídico
del
Estado
se
viene
abajo
con
auténtico
escarnio
y se
convierte
en
algo
irracional,
como
expusiera
Luis
Recaséns
tan
ninguneado
y
ocultado
por
unos
filósofos,
que
no
lo
son,
del
Derecho,
que
no
le
llegaban
ni
le
llegan
a la
altura
de
sus
zapatillas.
La
ciudadanía
española
sabe
poco
de
esto
y se
le
pondrían
“los
pelos
de
punta”
si
tomara
plenamente
conciencia,
como
debiera
ser,
de
todo
ello.
Solamente
conocen
la
injusticia
irracional
y
sectaria
y
hasta
inhumana
del
asunto
que,
personalmente,
ha
sufrido
porque
es
el
ejemplo
más
escandaloso
de
la
supuesta
prevaricación
judicial
y
mientras
tanto
Rajoy
diciendo
que
la
economía
va
mejor
a
duo
con
la
horonda
señora
Merkel.
Y
será
verdad.
Pero,
rozando
la
mayor
hecatombe
política
española,
superior
a la
de
1898
con
la
siempre
dolorosa
pérdida
de
una
tierra
tan
fascinante
y
adorable
como
era
Cuba.
Por
fortuna,
el
movimiento
independentista
en
Cataluña
ha
tenido
menos
votos
populares
y no
puede
seriamente
sostenerse
su
triunfo.
En
la
política
actual
un
error
de
tal
magnitud
debiera
conducir
a
los
equivocados
al
ostracismo
más
patente.
De
lo
contrario,
el
ridículo
más
grave
los
debe
llevar
al
banquillo
de
los
acusados,
como
espero
que
así
ocurra.
No
otra
cosa
se
merece
las
burlas
y
befas
a la
Ley
española,
incluida
la
Constitución
como
fue
destrozada
materialmente
por
un
osado
Diputado
que
me
da
la
impresión
no
sabía
lo
que
estaba
haciendo.
Mal,
muy
mal.
Eso
no
se
hace.
Por
cierto,
que
no
hay
que
endosar
a
las
instituciones
el
galimatías
que
personalmente
tenga
el
analfabeto
de
turno
en
su
dislocada
cabeza,
ni
menos
marginal
el
Derecho
penal
en
su
denodada
lucha
contra
la
corrupción
en
España
¡faltaría
más!
DEDICATORIA:
A
mis
padres
que
me
dieron
la
vida.
A
mis
hijas
Alejandra
y
Luisana
que
me
están
ayudando
en
mis
últimos
años
de
vida y
a mi
tía
María
Josefa
Blasco
López-Rubio
por
el
incondicional
apoyo
que
encontré
en ella
y me
hizo
un
hombre.
Manuel
Cobo
del
Rosal
Abogado
y
Catedrático
de
Derecho
Penal.
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