Más empresas y
particulares podrán utilizar el mecanismo europeo para la recuperación de deudas
de escasa cuantía en otro Estado miembro gracias a los cambios adoptados por el
Parlamento el miércoles. Las modificaciones, que todavía deben ser aprobadas
formalmente por los ministros de la UE, elevan el importe máximo de las deudas
que pueden acogerse a este procedimiento de 2.000 a 5.000 euros. El texto del
acuerdo se puede encontrar
en este enlace.
A nadie se le puede ocultar que las deudas o la morosidad son causas de
mortalidad en muchas de las pymes europeas. Por este motivo es fundamental que
desde Bruselas se busquen soluciones prácticas que los estados miembros de la UE
se comprometan a corto y medio plazo a ponerlas en marcha.
“Simplificar los procesos judiciales y reducir los costes de las reclamaciones
transfronterizas de pequeñas deudas es especialmente importante para los
consumidores y las pequeñas empresas. El procedimiento de demanda de deudas de
escasa cuantía ha rebajado las costas judiciales de estos procesos hasta un 40%
y la duración de los litigios de más de dos años a una media de cinco meses.
Estoy satisfecha de que en el futuro más casos vayan a poder beneficiarse de
este sistema, señaló la ponente del texto, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg
(S&D, Polonia).
El procedimiento europeo de reclamación de pequeñas deudas, en vigor desde 2009,
es un mecanismo simplificado opcionado basado en formularios estandarizados para
la demanda de deudas de escasa cuantía cuando el deudor y el acreedor están en
diferentes países de la UE. Los cambios legales para modernizar este
procedimiento y extender su uso salieron adelante con 650 votos a favor, 26 en
contra y 28 abstenciones.
Los cambios fundamentales pretenden:
• permitir su uso en más casos: el umbral de deuda que se podrá
reclamar sube de los actuales 2.000 euros a 5.000 euros,
• tasas judiciales proporcionales: las tasas por el uso del
procedimiento deberán adecuarse al importe de deuda reclamado y no podrán
rebasar las tasas aplicadas en procedimientos simplificados a escala nacional.
Los Estados miembros también tendrán que garantizar que se pueden utilizar
métodos de pago a distancia para liquidar las tasas.
• incentivar el uso de los medios de comunicación telemáticos durante
los procesos: se animará a las partes en litigio a utilizar herramientas de
comunicación como videoconferencias para las vistas orales siempre que sea
posible, y
• ofrecer asistencia práctica: las autoridades nacionales deberán
asegurar que las partes reciben asistencia gratuita para rellenar los
formularios e información sobre el procedimiento y el tribunal competente.
Revisión tras
cinco años
La posibilidad de elevar aún más el límite de deuda se estudiará cinco años
después de la aplicación de las nuevas reglas.
También se evaluarán en los primeros años las implicaciones de permitir el uso
de este mecanismo para reclamaciones transfronterizas de trabajadores contra las
empresas, por ejemplo para exigir el pago de salarios adeudados en otro Estado
miembro.