"En estas elecciones del 27 de septiembre, no todos los catalanes
podrán
votar.
Las
personas
con
discapacidad
intelectual
privadas
del
derecho
de
sufragio
por
una
sentencia
judicial
de
incapacitación
siguen
sin
poder
ejercer
su
derecho
como
ciudadanas," denuncia
Rosa
Cadenas,
presidenta
de Dincat.
Dincat
(Federación
Catalana
de
la
Discapacidad
Intelectual)
y el
Colegio
de
la
Abogacía
de
Barcelona
han
organizado
la
mesa
redonda
"La
ciudadanía
en
cuestión.
El
ejercicio
de
la
capacidad
jurídica
y
los
derechos
políticos
de
las
personas
con
discapacidad
intelectual",
que
ha
tenido
lugar
en
la
sede
del
ICAB.
Por
primera
vez,
Dincat
ha
reunido
a
los
principales
operadores
jurídicos
(abogados,
jueces
y
fiscales)
implicados
en
estos
procesos
que
modifican
la
capacidad
de
obrar
(incapacitación)
y
que
están
limitando
este
derecho.
El
objetivo
de
la
mesa
redonda
ha
sido
aportar
elementos
de
reflexión
para
transformar
las
prácticas
jurídicas
de
estos
operadores
y
adaptarlas
a
los
principios
de
la
Convención
de
la
ONU
sobre
los
Derechos
de
las
Personas
con
Discapacidad.
El derecho de sufragio es un derecho fundamental de todas las personas,
tengan
o no
una
discapacidad,
y
está
recogido
en
la
normativa
catalana,
estatal,
europea
e
internacional.
"La
Convención
de
la
ONU
sobre
los
Derechos
de
las
Personas
con
Discapacidad
marca
que
los
Estados
Parte
deben
garantizar
los
derechos
políticos
y,
por
tanto,
asegurar
que
las
personas
con
discapacidad
pueden
participar
plenamente
y
efectivamente
en
la
vida
política
y
pública
en
igualdad
de
condiciones
que
los
demás
ciudadanos"
asegura
Rafael
Ribó,
Síndic
de
Greuges.
España
ratificó
la
Convención
de
las
Naciones
Unidas
en
2007
y,
por
tanto,
es
de
obligado
cumplimiento
por
parte
de
los
Estados
firmantes.
El Síndic de Greuges ha dictado una resolución que asegura que 4.000 catalanes
no
pueden
ejercer
el
derecho
de
sufragio
por
una
sentencia
de
incapacitación
que
limita
este
derecho,
entre
los
que
se
incluye
a
personas
con
discapacidad
intelectual.
"La incapacitación sirve para proteger mi economía, pero una cosa es
eso
y
otra
es
privarme
del
derecho
de
sufragio.
Esto
quiere
decir
que
no
me
permite
dar
mi
opinión,
utilizar
mi
criterio
o
manifestar
mi
pensamiento.
Las
personas
con
discapacidad
tenemos
el
derecho
a
participar
en
la
vida
política
porque
somos
parte
de
la
ciudadanía"
defiende
Dolors
Torrents,
portavoz
de
las
personas
con
discapacidad
intelectual
y
miembro
del
Observatorio
de
Derechos
de
Dincat.
"Es importante que se estudie caso por caso, que se pondere la situación
particular
de
cada
persona.
En
los
procesos
que
modifican
la
capacidad
de
obrar
no
valen
las
generalidades"
afirma
Oriol
Rusca,
decano
del
Colegio
de
la
Abogacía
de
Barcelona.
En
la
misma
línea
también
se
expresan
los
representantes
de
los
jueces
y
los
fiscales.
"Todos
tenemos
derecho
a
votar,
sin
necesidad
de
tener
que
demostrar
especiales
conocimientos
políticos.
La
pérdida
del
derecho
de
voto
debe
ser
una
medida
excepcional
y
especialmente
motivada
en
la
sentencia
de
incapacitación
para
la
protección
de
la
persona"
según
Luis
Rodríguez,
representante
del
Tribunal
Superior
de
Justicia
de
Cataluña
y
magistrado
de
la
Audiencia
Provincial
de
Barcelona
. "El
derecho
de
sufragio
es
uno
de
los
derechos
políticos
esenciales
que
establece
la
Constitución
Española.
La
privación
sólo
puede
darse
en
casos
excepcionales"
también
ratifica
Neus
Pujal,
fiscal
del
Tribunal
Superior
de
Justicia
de
Cataluña
y
fiscal
jefe
en
Sabadell.
La mesa redonda forma parte de la campaña de Dincat "Tienes derecho a votar.
¿Lo
sabes?
"Que
defiende
el
derecho
de
voto
y de
participación
en
la
vida
política
y
pública
de
las
personas
con
discapacidad
intelectual
y
que
reclama
la
restitución
de
este
derecho
en
el
caso
de
privación
por
una
sentencia
de
incapacitación
judicial.
Dentro
de
la
campaña,
la
federación
catalana
de
discapacidad
intelectual
también
está
trabajando
para
conseguir
una
reforma
de
las
leyes
que
permita
armonizarlas
con
la
Convención
de
la
ONU. |