Reconoce
que
estos
catorce
meses
al
frente
de
este
órgano
jurisdiccional
ha
sido
un
cambio
muy
importante
“nunca
hasta
la
fecha
había
realizado
labores
de
gestión;
la
actividad
que
hago
es
muy
diferente
a la
jurisdiccional.
Al
mismo
tiempo
hemos
vivido
una
situación
peculiar
con
la
incorporación
de
15
nuevos
magistrados
y la
adscripción
de
otros
siete
a
distintas
secciones
y
eso
ha
obligado
a
ciertas
gestiones
complejas”,
comenta
Eduardo
de
Porres,
presidente
de
la
Audiencia
Provincial
de
Madrid.
En
este
tiempo
nuestro
interlocutor
ha
resuelto
con
acierto
las
gestiones
relacionadas
con
el
personal,
sobre
todo
en
materia
de
vacantes
en
esta
plantilla,
“no
podemos
olvidar
que
es
el
Tribunal
más
grande
de
España
con
ciento
cincuenta
magistrados
y
las
incidencias
propias
de
la
actividad
diaria
de
la
Audiencia
son
importantes.
Es
posible
que
si
contásemos
con
la
Ciudad
de
la
Justicia
la
gestión
fuera
más
sencilla
al
contar
la
Ciudad
con
una
gerencia
propia
pero,
hoy
por
hoy,
la
situación
es
la
que
es”,
apunta.
Con
él
hemos
pasado
revista
a
las
últimas
reformas
legislativas,
a la
situación
de
la
justicia
sin
papeles
que
busca
el
Ministro
Catalá
y al
estado
actual
de
las
Audiencias
Provinciales
que
hace
unos
días
tuvieron
su
jornada
anual.
“Creo
que
su
desaparición
plantearían
problemas
parecidos
a
los
cambios
en
los
partidos
judiciales”,
explica.
Para
este
jurista
ha
llegado
el
momento
de
buscar
una
solución
real
a la
litigiosidad
de
nuestro
país.
“Hacen
falta
reformas
procesales
y
mentalizar
al
ciudadano
que
no
debe
ir
al
juzgado
por
cualquier
cosa”,
aludiendo
al
desarrollo
del
arbitraje
o la
mediación
como
métodos
alternativos.
Sr.
de
Porres,
¿qué
impresión
le
merece
esta
reforma
penal
que
acaba
de
entrar
en
vigor?
Hablamos
de
una
reforma
muy
importante.
Afecta
a
una
tercera
parte
del
Código
Penal
y
no
sólo
a
preceptos
de
la
parte
especial,
con
la
supresión
o
creación
de
nuevos
tipos
penales,
como
ha
sido
la
desaparición
de
las
faltas,
sino
también
a la
parte
general,
donde
están
figuras
como
la
prisión
permanente
revisable,
la
responsabilidad
penal
de
las
personas
jurídicas
o
algo
tan
decisivo
como
la
modificación
de
la
suspensión
de
las
penas
privativas
de
libertad.
Es
una
reforma
de
gran
calado
y
eso
es
lo
que
ha
hecho
que
se
vea
con
preocupación
y
con
la
necesidad
de
estudiarla
muy
a
fondo.
“La existencia de las Audiencias depende del diseño final de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Creo que las Audiencias funcionan bien y su supresión sería conflictiva especialmente en CCAA con diferentes provincias.” |
¿Entiende
la
polémica
existente
que
ha
generado?
Es
lógico
que
se
haya
generado
polémica.
Como
le
decía,
es
una
reforma
enorme.
Decir
que
no
era
necesaria
es
excesivo,
es
una
forma
de
simplificar
las
cosas.
Hay
avances
significativos.
En
materia
de
terrorismo
se
ha
avanzado
bastante
y
quedan
mejor
dibujados
los
tipos
para
afrontar
la
amenaza
yihadista.
La
suspensión
o
modificación
de
las
penas
privativas
de
libertad
es
otro
avance
serio
que
va a
afectar
a
decenas
o
miles
de
condenados
y
que
ayuda
a la
individualización
de
la
respuesta
judicial.
En
el
caso
de
la
responsabilidad
penal
de
las
personas
jurídicas
hay
un
cambio
de
gran
significación
respecto
de
la
regulación
introducida
en
el
año
2.010
y
que
planteaba
muchos
problemas
dogmáticos.
Ahora
se
da a
las
empresas
la
posibilidad
de
contar
con
un
sistema
de
prevención
de
riesgos
que
les
exima
de
responsabilidad
penal
cuando
hayan
actuado
diligentemente.
La
reforma
penal
contiene
muchas
innovaciones
y
modificaciones
y
durante
los
próximos
meses
habrá
que
analizar
precepto
por
precepto
y
ver
cuál
es
la
valoración
final
de
las
muchas
modificaciones
que
se
introducen
en
el
Código
Penal.
¿Tenemos
los
medios
suficientes
para
ponerla
en
marcha?
En
principio
sí.
La
reforma
no
supone
una
modificación
sustancial
de
la
actividad
de
los
juzgados
y
tribunales.
Habrá
que
ver
hasta
qué
punto
incide
en
el
trabajo
diario
de
los
juzgados
pero
ya
se
atisban
algunos
cambios.
La
reforma
modifica
la
competencia
de
los
juzgados
de
instrucción
y de
las
Audiencias
Provinciales.
Ahora,
por
ejemplo,
a
las
Audiencias
se
les
da
las
competencias
para
los
robos
agravados
y
otras
infracciones
lo
que
va a
generar
un
aumento
de
trabajo.
En
los
juzgados
de
instrucción
también
habrá
más
trabajo
ya
que
el
enjuiciamiento
de
los
delitos
leves
se
ha
ampliado
respecto
a
las
faltas.
Incluso
se
habla
de
organizar
un
sistema
de
guardias
para
gestionar
mejor
el
enjuiciamiento
de
los
delitos
leves.
Hay
cambios
en
algunas
competencias
de
las
Audiencias
Provinciales
y de
los
Juzgados
y
habrá
que
ver
hasta
qué
punto
la
reforma
plantea
problemas
operativos.
Sobre
el
problema
de
las
faltas,
¿realmente
va
haber
menos
trabajo
en
los
juzgados?
Es
una
cuestión
muy
delicada.
Algunas
faltas
se
despenalizan
y se
llevan
al
ámbito
civil
o al
administrativo.
Otras,
se
mantienen
como
delitos
leves
e
incluso
el
propio
delito
leve
se
amplía
respecto
de
las
antiguas
faltas
porque
se
consideran
delitos
leves
no
sólo
los
castigados
con
pena
leve
sino
algunos
delitos
castigados
con
pena
menos
grave.
En
definitiva,
por
un
lado
se
despenalizan
algunas
faltas
pero,
por
otro,
muchas
se
convierten
en
delitos
leves
y se
amplía
el
número
de
estos
últimos
respecto
de
las
antiguas
faltas.
Uno
de
los
problemas
que
vamos
a
tener,
que
es
un
tema
complicado
y
habrá
que
ver
cómo
se
resuelve,
es
el
de
los
accidentes
de
tráfico.
Al
desaparecer
la
falta
de
imprudencia
leve,
que
era
el
procedimiento
habitual
para
enjuiciar
los
accidentes,
va
a
ver
una
cierta
tensión
para
que
los
accidentes
se
sigan
enjuiciando
en
la
jurisdicción
penal
y no
en
la
civil,
porque
la
desaparición
de
la
falta
ha
ido
acompañada
de
la
introducción
de
una
nueva
figura,
el
delito
de
imprudencia
menos
grave.
A
este
cambio
hay
que
añadir
el
de
la
reforma
del
baremo,
que
va a
dar
lugar
durante
cierto
tiempo
a
problemas
interpretativos
sobre
su
aplicación.
Sin
duda
el
baremo,
frente
al
criterio
de
libre
arbitrio
judicial,
ha
dado
más
seguridad
jurídica
e
igualdad
de
trato,
pero
nos
enfrentamos
a
una
modificación
importante
de
esta
norma
y no
sabemos
si
el
resultado
final
de
todo
será
el
que
los
afectados
acudan
a la
vía
civil
o
si,
por
el
contrario,
se
incrementarán
los
procedimientos
penales.
Otra
reforma
reciente
es
la
Ley
de
Jurisdicción
Voluntaria,
necesaria
para
que
el
juez
se
centre
en
su
trabajo
y
así
desjudicializar
muchos
asuntos.
Con
la
reforma
se
pretende
delimitar
muy
bien
lo
que
es
la
función
judicial
y
tratar
que
los
jueces
vean
los
asuntos
contenciosos.
Al
mismo
tiempo
se
establecen
mecanismos
extrajudiciales
para
resolver
las
cuestiones
donde
no
exista
una
controversia.
Cada
vez
más
hay
proyectos
relacionados
con
el
desarrollo
de
los
métodos
extrajudiciales.
En
esta
Audiencia
Provincial
también
hay
uno
sobre
mediación
penal.
Es
cierto,
llevamos
trabajando
ya
algunas
semanas
en
el
proyecto.
Creemos
que
la
mediación
es
un
mecanismo
interesante
de
resolución
de
conflictos
al
que
se
le
debe
dar
una
oportunidad.
En
esta
Audiencia
Provincial
se
ha
puesto
en
marcha
una
experiencia
piloto
para
ver
cómo
funciona
y si
realmente
es
útil.
Es
posible
que
los
asuntos
penales
que
se
enjuician
en
la
Audiencia
Provincial
no
sean
los
más
adecuados
para
la
mediación,
por
la
gravedad
de
los
delitos,
pero
aún
así
se
está
haciendo
la
experiencia.
Haremos
un
estudio
de
los
casos
derivados
a
mediación
para
saber
cómo
responden
los
abogados
y el
resto
de
operadores
jurídicos
y en
breve
publicaremos
las
conclusiones.
“El problema principal al que nos enfrentamos ahora es saber si va a continuar o no el proyecto de Ciudad de la Justicia. Y en el caso que se ponga en marcha, cómo se hace y en dónde.” |
Hay
también
un
nuevo
Gobierno
en
Madrid.
¿Ha
podido
hablar
ya
con
la
presidenta
Cifuentes
y el
consejero
de
Presidencia
y
Justicia
Ángel
Garrido?
He
contactado
ya
con
el
consejero
de
Justicia,
Ángel
Garrido,
que
es
una
persona
muy
agradable.
Nos
ha
ofrecido
todo
el
diálogo
y
colaboración
posible,
ofrecimiento
mutuo
que
también
hemos
trasladado
las
diferentes
autoridades
judiciales
madrileñas.
Estamos
expectantes
por
saber
qué
hoja
de
ruta
tienen
para
colaborar
con
ellos
en
todo
lo
que
sea
posible.
¿Qué
es
lo
más
urgente
para
la
Justicia
en
Madrid
en
estos
momentos?
El
problema
principal
al
que
nos
enfrentamos
ahora
es
saber
si
va a
continuar
o no
el
proyecto
de
Ciudad
de
la
Justicia.
Y en
el
caso
que
se
ponga
en
marcha,
cómo
se
hace
y en
dónde.
Un
proyecto
de
este
tipo
es
necesario
para
una
gran
ciudad
como
Madrid
donde
la
dispersión
de
sedes
es
alarmante.
Tarde
o
temprano
tendrá
que
abordarse.
Es
un
proyecto
que
hay
que
hacer
muy
bien
porque
se
trata
de
las
instalaciones
para
la
justicia
del
siglo
XXI
que
debe
responder
a
las
necesidades
actuales
y de
futuro.
Esta
es
otra
dificultad:
no
sólo
se
debe
dar
respuesta
a lo
que
se
necesita
ahora
sino
lo
que
hará
falta
a
medio
y
largo
plazo.
Otra
cuestión
relacionada
con
la
mejora
de
la
Justicia
es
la
digitalización
de
la
misma
y el
acceso
telemático
que
anuncia
el
ministro
Catalá
para
el 1
de
enero
del
2016.
Será
complicado
llegar
a
esa
fecha
con
los
deberes
hechos.
En
la
Comunidad
de
Madrid
se
está
haciendo
un
gran
esfuerzo
en
esta
materia
a
través
de
ICM
y se
ha
mejorado
mucho
en
este
sentido.
Hará
falta
mucho
trabajo
para
lograr
la
comunicación
digital
y el
acceso
digital
a
cualquier
expediente.
Ese
es
el
camino
que
hay
que
seguir
y
seguro
que
al
final
se
logrará
el
objetivo
aunque
no
sea
en
la
fecha
citada.
En
el
caso
de
esta
Audiencia
Provincial
los
medios
telemáticos
se
van
integrando
de
forma
progresiva,
con
normalidad.
Desde
el
CGPJ
y
desde
el
propio
ciudadano
se
observa
también
que
otro
de
los
caballos
de
batalla
es
la
ejecución
de
sentencias.
Es
un
problema
más
acuciante
en
la
jurisdicción
civil
que
en
la
penal.
En
la
jurisdicción
civil
se
ha
de
conseguir
la
dotación
de
medios
suficientes
para
que
la
ejecución
se
haga
en
unos
tiempos
razonables.
En
este
campo
hay
mucho
por
hacer
y
está
por
ver
si
se
potencia
la
intervención
de
los
procuradores.
En
la
jurisdicción
penal,
que
es
la
que
mejor
conozco,
se
puede
simplificar
el
modelo
actual
para
agilizar
la
ejecución.
En
este
modelo
de
Justicia
del
que
estamos
hablando
¿va
a
cambiar
mucho
el
papel
de
las
Audiencias
Provinciales
tal
y
como
las
conocemos
ahora?
Como
bien
sabe,
hubo
un
intento
de
suprimir
las
Audiencias
Provinciales
de
forma
que
las
secciones
civiles
se
habrían
de
integrar
en
una
nueva
sala
Civil
del
TSJ
y
las
penales,
una
parte
irían
a la
sala
penal
del
propio
TSJ
y
otras
se
integrarían
en
el
nuevo
Tribunal
de
Instancia
como
órgano
de
enjuiciamiento.
El
proyecto
fue
muy
discutido
porque
la
Audiencia
Provincial
es
un
tipo
de
tribunal
que
funciona
muy
bien
a
nivel
general
y
muchos
no
entienden
la
necesidad
de
su
desaparición.
Es
una
clase
de
tribunal
que
se
adapta
a en
su
estructura
a la
propia
de
los
Tribunales
de
Instancia,
por
su
despliegue
provincial,
y es
un
órgano
que
combina
muy
bien
con
el
diseño
de
la
nueva
oficina
judicial
al
utilizar
una
tramitación
procesal
sencilla
y al
ser
posible
su
funcionamiento
mediante
servicios
comunes.
La
existencia
de
las
Audiencias
depende
del
diseño
final
de
la
Ley
Orgánica
del
Poder
Judicial.
Creo
que
las
Audiencias
funcionan
bien
y su
supresión
sería
conflictiva
especialmente
en
CCAA
con
diferentes
provincias.
Su
desaparición
plantea
problemas
similares
a la
de
los
partidos
judiciales.
En
cualquier
caso
es
imprescindible
también
modernizar
la
planta
judicial.
En
las
últimas
jornadas
de
presidentes
de
las
Audiencias
Provinciales,
que
se
celebraron
en
Badajoz,
hemos
buscado
mejorar
el
funcionamiento
de
estos
tribunales
con
distintas
propuestas
y
nos
hemos
pronunciado
decididamente
por
la
mediación
como
un
instrumento
útil
en
el
futuro
de
la
Justicia.
¿Han
notado
en
las
Audiencias
Provinciales
menos
apelaciones
por
la
implantación
de
las
tasas
judiciales
en
estos
últimos
años?
Si
hablamos
de
la
jurisdicción
civil
habría
que
decir
que
en
los
dos
últimos
años
hubo
un
descenso
relevante
de
asuntos.
El
porcentaje
debe
estar
cercano
al
20
por
ciento.
Es
muy
probable
que
tanto
las
tasas
implantadas
como
la
propia
situación
económica
del
país
hayan
generado
esa
reducción
de
apelaciones.
¿Cómo
se
ve
desde
la
Audiencia
Provincial
el
problema
de
los
abogados
del
Turno
de
Oficio
en
Madrid?
La
justicia
gratuita
es
imprescindible
para
los
ciudadanos
que
carecen
de
recursos
y es
el
Estado
quien
debe
darle
esos
recursos
para
litigar.
En
España
no
hay
un
cuerpo
de
abogados
de
oficio
como
existen
en
otros
países.
Se
entiende
que
los
abogados,
profesionales
libres,
pueden
organizar
ese
sistema
desde
sus
Colegios
profesionales,
instituciones
que
gestionan
y
controlan
de
forma
eficaz
la
forma
en
que
se
presta
ese
servicio.
El
gran
problema
es
su
financiación
y en
ese
sentido
quiero
enviar
mi
apoyo
y
reconocimiento
a
los
abogados
del
Turno
de
Oficio
que
hacen
su
trabajo
y no
siempre
cobran
de
forma
puntual.
Nueve
millones
de
asuntos
que
ingresan
en
nuestros
juzgados
para
cinco
mil
jueces.
Una
ecuación
complicada
de
resolver.
Es
cierto,
el
problema
está
ahí
y
pese
al
gran
trabajo
de
todos
los
magistrados
españoles
la
sobrecarga
de
trabajo
es
una
realidad.
La
clave
está,
sin
lugar
a
dudas,
en
ir
reduciendo
la
entrada
de
asuntos
mediante
la
utilización
de
métodos
alternativos
al
proceso
y
simplificar
las
normas
procesales.
En
la
Audiencia
Provincial
de
Madrid
la
situación
es
algo
mejor
que
la
media.
En
las
secciones
penales
hay
un
tiempo
medio
de
pendencia
de
2,5
meses
y en
las
secciones
civiles
la
pendencia
media
se
sitúa
en
5,5
meses.
Sí
le
digo
que
el
nivel
de
trabajo
de
todos
los
magistrados
es
extraordinario.
|