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02 de JULIO de 2015

Reforma penal, apresurada, innecesaria y poco clara

LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez

Diferentes operadores jurídicos consultados por Lawyerpress opinan sobre el nuevo Código Penal en vigor desde este 1 de julio que modifica cerca de 300 artículos

Veinticuatro horas después de su entrada en vigor, se ha convertido en uno de los temas de debate en todos los foros jurídicos del país. El Código Penal  del Partido Popular, impulsado al principio de esta legislatura por Alberto Ruiz-Gallardón vio la luz este mes de marzo de la mano de Rafael Catalá, sucesor en Justicia de su antecesor. Tras una escasa vacatio legis de tres meses su entrada en vigor está generando mucho desconcierto en todos los operadores jurídicos. Algunos magistrados con los que hablamos nos indican que no tienen claro qué harán en determinados supuestos, sobre todo en los relacionados con las faltas y la conversión de algunas de ellas en delitos leves. Gracias a Marcelino Sexmero y Joaquin Bosch, magistrados en activo, Oriol Rusca y Victor Moreno, abogados penalistas de experiencia y a Alvaro Garcia Ortiz, fiscal en Santiago, hemos intentado aportar algo de luz a una reforma que llega a cuatro meses de finalizar la legislatura. Nuestros expertos consideran esta modificación tan amplia del Código Penal innecesaria, apresurada y poco clara. Y justifican que la oposición parlamentaria haya interpuesto un recurso de inconstitucionalidad sobre la prisión permanente revisable, una cadena perpetua encubierta. En fin, más conflictos a la vista.

Marcelino Sexmero, portavoz nacional de la Asociación de Jueces Francisco de VitoriaMarcelino Sexmero es el portavoz nacional de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria y magistrado en activo que no entiende como al final de una legislatura se ha aprobado una reforma penal del calado de ésta: “Hablamos de una mala reforma, salvo en figuras como los delitos de odio o la financiación del  os partidos políticos que eran necesaria su presencia en este Código Penal. Es una reforma innecesaria como la propia figura de la prisión permanente revisable, objeto de recurso ante el Tribunal Constitucional por la oposición”, aclara. Otra muestra de improvisación tiene que ver con los juicios de falta y los delitos leves, ahora los menos graves por un defecto técnico tengan que ser enjuiciados ahora  por los jueces de instrucción. “Una valoración muy negativa de esta reforma”, subraya. Desde su punto de vista ese recurso interpuesto por la oposición sobre la citada prisión permanente revisable es porque hay dudas de la inconstitucionalidad de esa figura “recordemos que la Constitución habla del papel de reinserción social de la pena, que ahora queda marginado con esa revisabilidad”, indica.

Para este magistrado, no parece lógico que el Ministro Catalá anuncie a los cuatro vientos que está dispuesto a revisar el Código Penal cuando haga falta. “Código Penal y Constitución son dos de las leyes más importantes y hay que buscar con ellas seguridad jurídica.  No es lógico que se reforme este Código con el apoyo único de un partido político y sin consenso parlamentario ni de los operadores jurídicos”, subraya. Sobre la necesidad de una vacatio legis para que los operadores jurídicos entiendan este cambio normativo, Sexmero cree que pudiera haber sido necesario más tiempo  de los tres meses que se establecieron tras su aprobación en el Parlamento “En esta reforma se mejora y aclara los artículos relacionados con el terrorismo por la amenaza yihadista que conocemos. La precisión técnica que se ha hecho ahora era necesaria”, reitera. Sobre la reforma de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, nuestro interlocutor indica que  ha sido una figura muy criticada cuando en su momento en el 2010 se introdujo el artículo 31 bis: “Es evidente que esta reforma no ha funcionado y con la eximente se pretende que la mayor parte de las empresas puedan ser eximidas del comportamiento delictivo”, subraya.

Reforma injustificada

Joaquin Bosch, portavoz nacional de Jueces para la Democracia,Conversamos con Joaquin Bosch, portavoz nacional de Jueces para la Democracia, quien nos confirma con sus palabras el comunicado emitido por su asociación judicial esta mañana: “Se trata de una modificación legislativa que no está justificada por razones de necesidad social y que se impulsa desde el Gobierno por criterios de oportunidad vinculados al populismo punitivo, con la finalidad de actuar sobre los mecanismos emocionales de la población. En este sentido, la reforma incorpora castigos más severos, a pesar de que nos encontramos en los niveles más bajos de delincuencia en el ámbito europeo y de que ya estamos en los porcentajes más elevados de población reclusa por habitante.” Para este magistrado no se puede cambiar el Código Penal por intereses políticos puntuales.  Sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado por la oposición parlamentaria señala que “es oportuno ese recurso al establecer nuestra Constitución que las penas privativas de libertad están orientadas a la reinserción social y que estas penas no pueden ser inhumanas y degradantes.  Que una persona esté en prisión toda su vida es incompatible con su rehabilitación”, añade.

A juicio de este magistrado es necesario un debate racional sobre el Código Penal para evitar que esta normativa se utilice desde fines políticos y electorales que confunden a la población “ Nadie oculta que la imagen de mano dura del Gobierno puede reportar beneficios electorales en amplios estadios de la población. En países como EEUU la presencia de estas medidas o la propia pena de muerte no han disminuido los índices de criminalidad. En el caso de España somos uno de los países del mundo con menos muertes violentas”. Sobre esta reforma que no se comparte desde Jueces para la Democracia se reclama “un tiempo mayor de vacatio legis para estudiarla con calma y asimilar los cambios de conceptos más importantes”. Y nos confiesa que en el dia de ayer que está de guardia, ni funcionarios ni otros profesionales  como fuerzas de seguridad conocen realmente la reforma a fondo

Abogados, preocupados por cambio Código Penal

Oriol Rusca, decano del ICAB y vicepresidente del CGAEOriol Rusca, decano del ICAB y vicepresidente del CGAE, aprovechaba una reunión en Madrid para reunirse con los medios informativos y dar su valoración sobre este nuevo Código Penal. “Se ha cambiado más el Código de la democracia de 1995 con las sucesivas modificaciones parciales que el franquista de 1959. En esta oportunidad, la modificación de estos casi trescientos artículos no era necesaria.  Tenemos menos delincuencia que en otros países aunque eso sí nuestro reclusos pasan más tiempo en prisión que en países vecinos”, aclaró. A su juicio es un error introducir la prisión permanente revisable cuando hay penas en nuestro país que se cumplen a los cuarenta años. “Es lógico que la oposición plantee ese recurso de inconstitucionalidad, recurso que de momento el CGAE no va a presentar por cuenta”, aclaró.

Con el nuevo Código algunas faltas pasan a ser delitos leves, y varias pasan a ser infracciones administrativas de la Ley Orgánica. Estos delitos se enjuiciaran en un procedimiento que es el mismo que antes era el de faltas, pero con menos garantías procesales que si fueran un delito de otras características (limitaciones del derecho de defensa y de la prueba) Además, el decano del Colegio de la Abogacía, Oriol Rusca, alerta de que "la despenalización de algunas faltas beneficia abiertamente a determinados sectores, especialmente en el caso de los accidentes de tráfico. El ciudadano deberá asumir el pago de peritajes y posibles condenas en costas, lo que conllevará que en algunas ocasiones se renuncie a reclamar para mayor beneficio de las compañías de seguros". Para Rusca hubiera sido lógico aplicar una vacatio legis más amplia que los tres meses que se establecieron desde su aprobación en las Cortes el pasado mes de marzo. “Hay que estudiar bien los tipos, algunos son muy ambiguos y no dan seguridad jurídica”.

Victor Moreno, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Carlos III de Madrid y presidente de la Unión Española de Abogados Penalistas En opinión de Victor Moreno, Catedrático de Derecho Penal de la Universidad Carlos III de Madrid y presidente de la Unión Española de Abogados Penalistas esta reforma de un tercio del Código Penal no está justificada: “Hay que dejarse de eufemismos y hablemos de cadena perpetua en lugar de prisión permanente revisable”, aclara nuestro interlocutor. Para este jurista hay que hablar de una reforma oportunista “absolutamente innecesaria y en lo referido a la citada cadena perpetua es una aberración jurídica. Creo que es inconstitucional, claramente “, resalta.  Desde su punto de vista no es de recibo plantear una revisión a los veinticinco años de condena en un país con las tasas tan bajas de criminalidad y sin embargo, tras Reino Unido con tanta gente en prisión: “No tiene sentido esta nueva figura. Hay que recordar que la reforma del 2003 ya fue muy dura con el cumplimiento de las penas, por ello dar otra vuelta de tuerca no tiene ningún sentido”. Para nuestro interlocutor hay que darse cuenta que otros países del entorno que tienen esa prisión permanente revisable tienen otro modelo de investigación penal diferente, con el fiscal a la cabeza de las investigaciones. “Esta es una reforma populista dirigida a un público determinado. Es inconcebible que el Código Penal sufra tantos cambios continuados”, resalta.

Búsqueda estabilidad en Código Penal

A Moreno le preocupa el comentario de Catalá que ha mencionado en varias ocasiones la necesidad de reformar el Código Penal cuando haga falta: “El Código Penal lo mínimo que puede tener es estabilidad para dar seguridad jurídica a todos los agentes sociales. No se puede legislar a golpe de telediario. Creo que se está legislando contra el sentido común y contra el propio sentido jurídico”, indica. Para este experto es fundamental dar estabilidad a nuestro sistema penal y no hacer tantos cambios innecesarios. “La opinión pública no puede ser que haga ella misma el Código Penal que es cambiante, como todos sabemos.” Uno de los elementos más graves de esta reforma es la falta de consenso político de la que carece. “Es posible que hubiera sido más prudente no acometer estos importantes cambios legislativos ahora, sin ningún apoyo, y esperar a la próxima legislatura para encontrar ese consenso”, indica. “Es una temeridad aprobarla a cuatro meses vistas de unas elecciones generales” subraya nuestro interlocutor.

Alvaro García Ortiz, presidente de la Unión Progresista de FiscalesEn Santiago de Compostela localizamos a Alvaro García Ortiz, presidente de la Unión Progresista de Fiscales, otra de las voces críticas a la política legislativa del Gobierno de Mariano Rajoy especialmente al Código Penal y a la Ley de Seguridad Ciudadana que entraron en vigor este 1 de julio: “El recurso de inconstitucionalidad que ha interpuesto la oposición en el Parlamento sobre la prisión permanente revisable se veía venir. También los informes del CGPJ y del Consejo Fiscal fueron muy críticos sobre estos temas. Será bueno saber qué opina el Tribunal Constitucional sobre este tema  tan polémico”, aclara. Desde su punto de vista llama mucho la atención las prisas para su entrada en vigor “la vacatio legis de tres meses que lleva inherente es insuficiente para conocer a fondo todos los cambios que vienen. Así se podrían haber evitado los errores técnicos que se han visto al final”, resalta. Figuras como la prisión permanente revisable no se justifican “al ser España uno de los países más seguros de Europa y con menor índice de criminalidad”, destaca.

De las reformas, García menciona las personas jurídicas, ya en vigor desde la reforma del 2010 y que ahora en modo de eximente ofrece a las empresas la posibilidad de disponer de unos sistemas de cumplimiento normativo que pudieran ayudarlas a eludir la pena en caso de que hubiera un delito cometido. “En esta nueva redacción se abre la puerta a que determinados lobbies puedan escabullir su responsabilidad cuando cometan un delito. Se trata de privatizar el derecho penal, cuestión que nos preocupa mucho.”, aclara. Sobre el tema de las faltas y su despenalización da la sensación en la práctica que aunque muchas salgan del Código Penal ahora se convertirán en sanciones administrativas y muchas se convertirán en delitos. “Al final al juzgado de instrucción van a llegar muchos más delitos de los que había previsto el legislador. Este es un error clave del legislador”. Desde su punto de vista reformas como ésta solo se entienden desde el populismo legislativo. “La política criminal de un Estado debe ser pensada y sensata y con cierta estabilidad en el tiempo”, concluye. Y es que no es una buena idea convertir cualquier  categoría administrativa en delito. El Derecho penal hay que contemplarlo de otra forma, sin tantas prisas y con más reflexión.

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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