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El
Colegio
de
la
Abogacía
de
Barcelona
(ICAB)
y el
‘Consell
de
l’Advocacia
Catalana’
han
defendido
ante
el
Parlament
la
necesidad
de
disponer
de
medidas
urgentes
para
facilitar
el
acceso
a la
vivienda.
El
diputado
de
la
Junta
de
Gobierno
responsable
de
la
Comisión
de
Normativa,
Jesús
Sánchez,
se
ha
mostrado
favorable
al
Proyecto
de
ley
de
incorporación
de
la
propiedad
temporal
y de
la
propiedad
compartida
en
el
libro
V
del
Código
civil
de
Cataluña.
Sánchez
ha
explicado
que
la
vivienda
constituye
una
necesidad
básica
de
la
persona
y
que
las
administraciones
públicas
deben
crear
las
condiciones
oportunas
y
establecer
las
normas
adecuadas
para
garantizar
que
las
personas
puedan
acceder
a
ellas.
En
nuestro
contexto
social,
Sánchez
ha
afirmado
que
“el
sistema
actual
de
acceso
a la
vivienda
es
muy
rígido,
ya
que
incluye
preferentemente
la
‘compra
y
alquiler’
como
únicas
vías
para
que
las
personas
tengan
acceso
a
una
vivienda”.
Esta
situación
ha
motivado
que
a
raíz
de
la
crisis
económica
y
como
consecuencia
de
la
pérdida
de
tantos
puestos
de
trabajo
muchas
personas
han
sido
desahuciadas;
situaciones
dramáticas
que
se
deben
evitar
en
el
futuro
“flexibilizando
el
sistema”.
Por
este
motivo,
Sánchez
ha
considerado
necesario
que
el
Parlament
y la
Administración
estatal
apuesten
claramente
por
medidas
que
favorezcan
el
acceso
a
una
vivienda
sin
necesidad
de
endeudarse
“para
toda
la
vida”.
Entre
estas
medidas,
Sánchez,
ha
destacado
los
beneficios
de
“la
propiedad
temporal
y la
propiedad
compartida”
como
fórmulas
que
puedan
contribuir
a
flexibilizar
el
mercado
y
facilitar
que
más
personas
tengan
acceso
a
una
vivienda.
En
la
“propiedad
temporal”
se
otorga
a su
titular
el
dominio
de
un
bien
durante
un
plazo
establecido,
pasado
el
cual
el
dominio
pasa
a
ser
del
titular
sucesivo.
Mientras
que
en
la
“propiedad
compartida”
se
confiere
a
uno
de
los
dos
titulares,
que
recibe
el
nombre
de
propietario
material,
una
cuota
inicial
del
dominio
o
“propiedad”
y la
posesión,
el
uso
y el
disfrute
exclusivo
del
bien
y el
derecho
a
adquirir,
de
manera
gradual,
la
cuota
restante
del
segundo
titular,
que
recibe
el
nombre
de
propietario
formal.
Sánchez
también
ha
explicado
que
estas
medidas
por
si
solas
no
funcionarán
si
no
van
acompañadas
de
un
trato
fiscal
que
resulte
atractivo
para
que
las
personas
apuesten
por
estas
nuevas
vías,
así
como
el
estableciendo
de
un
sistema
ágil
y
fácil
de
resolución
de
conflictos
en
caso
que
haya
controversia.
En
la
misma
línea
favorable
a
facilitar
el
acceso
a la
vivienda
se
ha
mostrado
Simeó
Miquel,
ex
decano
del
Colegio
de
Abogados
de
Lérida,
que
ha
hablado
en
representación
de
la
Advocacia
Catalana
ante
la
Comisión
Parlamentaria
que
ha
tratado
sobre
la
Proposición
de
ley
de
medidas
urgentes
para
la
vivienda.
La
Comisión
de
Normativa
del
ICAB
tiene
como
a
objeto
principal
trabajar
para
el
seguimiento
de
la
producción
normativa
de
los
diferentes
órganos
legislativos,
que
afecten
de
manera
esencial
la
profesión
o a
los
colegiados,
por
la
cual
cosa
estudia
los
diferentes
proyectos
normativos
y
prepara
las
enmiendas
que
considere
oportuno
introducir.
Así
mismo,
coordina
la
participación
de
los
colegiados/as
en
estos
procesos. |