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Durante los días 13 y 14 de marzo, como cada año desde hace 22, se ha
celebrado
en
Madrid,
el XXII
Encuentro
de
la
Asociación
Española
de
Abogados
de
Familia,
a la
que
tengo
el
honor
de
pertenecer.
En
esta
ocasión
se
han
denominado
las
Jornadas
“
Nuevos
Impulsos
para
el
Derecho
de
Familia”.
La
finalidad
de
estas
Jornadas
es
siempre
compartir
los
conocimientos
con
los
más
expertos
profesionales
en
Derecho
de
Familia,
poniendo
esos
conocimientos
al
día,
con
las
novedades
Jurisprudenciales
en
la
materia.
La
apertura
de
las
Jornadas
se
realizó
por
el
Presidente
del
Consejo
General
de
la
Abogacía
Española,
Carlos
Carnicer,
quién
hablo
sobre
la
situación
de
la
Abogacía
en
Espana;
de
su
intervención,
quiero
destacar
la
frase
siguiente,
que
resume
muy
bien
el
sentido
de
la
Justicia,
y
del
Derecho
de
Defensa,
contenido
en
le
artículo
24
de
nuestra
Constitución:
“
Sin
defensa,
no
hay
Justicia”,
y,
tras
ofrecer
el
Consejo
que
preside,
para
lo
que
se
necesite,
cedió
la
palabra
a
Áurea
Roldán
Martín,
Subsecretaria
de
Justicia,
quién
habló
en
nombre
del
Ministro
Catalá,
que
no
compareció
en
ese
momento,
si
bien
lo
hizo
posteriormente,
sobre
las
14,
45
horas.
Los
abogados
de
familia
reclamaron
a
Catalá,
luego
asistente,
la
creación
de
una
Jurisdicción
Especial
de
Familia,
con
profesionales
especializados
en
la
materia.
La primera ponencia, “Cuestiones actuales sobre filiación. Problemas prácticos
derivados
de
las
técnicas
de
reproducción
asistida
“,
corrió
a
cargo
de
la
Magistrada
de
la
Sección
3ª,
de
Familia,
de
la
Audiencia
Provincial
de
las
Palmas,
Rosalía
Fernández
Alaya.
Comenzó
la
ponencia
hablando
de
los
nuevos
modelos
familiares,
y de
la
importancia
de
la
determinación
de
la
filiación
para
el
individuo,
afectando
a su
identidad
y
creando
vínculos
jurídicos
concretos,
para
las
partes
identificadas.
Habló,
entre
otras
muchas
cuestiones,
de
la
fecundación
post-mortem,
haciendo
referencia
al
caso
reciente
conocido
a
través
de
los
medios
de
comunicación.
Señaló que el marco jurídico en España es insuficiente y, en ocasiones,
contradictoria,
y
que
se
impone
la
necesidad
de
reordenar
el
sistema
de
filiación
que
regula
el
Código
Civil..
La
propia
LTRHA
14/2006,
de
26
de
mayo,
precisa
ser
adaptada.,
urgen
soluciones
normativas
coherentes
con
el
resto
del
ordenamiento
jurídico
y
ajustadas
al
contexto
socio-cultural
actual
español.
Señaló
que
resulta
preocupante
que
haya
que
invocarse
continua
y
generalizadamente,
el
interés
superior
de
menor,
para
salvar
cualquier
tipo
de
situaciones,
realizando
a
los
tribunales,
verdaderas
acrobacias
jurídicas
para
sortear
obstáculos
legales.
Después de una pausa-café, continuaron las intervenciones, con la segunda
ponencia,
“
Medidas
de
gestión
y
administración
de
la
sociedad
de
gananciales.
La
comunidad
postganancial.
“.
En
esta
ocasión,
el
ponente
fue
Juan
Miguel
Carreras
Marañas,
Presidente
de
la
Audiencia
Provincial
de
Burgos.
Comenzó
mencionando
los
distintos
tipos
de
bienes
existentes,-
gananciales,
privativos,
mixtos
( de
carácter
ganancial
y
privativo).
Resaltó
la
importancia
del
tiempo,
en
la
determinación
de
los
distintos
regímenes.
Habló
de
los
“
momentos
sospechoso”,
en
cuanto
a la
determinación
del
carácter
de
los
bienes,
en
determinadas
situaciones
de
crisis,
y de
la
disposición
indebida
de
bienes
por
uno
de
los
cónyuges,
que
puede
suponer
un
acto
de
administración
desleal,
al
anteponer
el
interés
personal,
al
interés
familiar,
La tercera ponencia, “ La obligación de pago de la pensión compensatoria
por
los
herederos.
Posible
modificación
de
medidas.”
La
ponente
fue
Pilar
Gonzálvez
Vicente,
Magistrada
de
la
Sección
22ª
de
la
Audiencia
Provincial
de
Madrid,
anteriormente
y
durante
muchos
años,
titular
de
Juzgado
de
Primera
Instancia
nº
29
de
Madrid.
Trató
un
tema
muy
novedoso,
de
gran
interés,
por
ello,
Tras
resaltar
que
prevalece
la
protección
a
los
herederos,
hizo
referencia
a la
escasa
jurisprudencia
existente
respecto
a
este
tema,
mencionando
las
escasas
que
había
encontrado,
voy
a
mencionar
algunas
por
el
interés
que
pueda
suscitar,
precisamente
por
su
escasez:
Sentencia
de
la
A.P.
de
Cádiz,
Sección
5ª,
de
15-3-2011;
Sentencia
de
la
A.P.
Barcelona,
Sección
12ª,
de
17-10-2001;
Sentencia
de
la
A.P.
de
Barcelona
,
Sección
12ª
de
8-4-1999;
Sentencia
de
la
A.P.
de
Sevilla,
Sección
2ª,
de
29-5-2013;
Sentencia
de
la
A.P.
de
Baleares
Sección
4ª,
de
25-3-2011,
Sentencia
de
la
A.P.
de
navarra,
Sección
2ª,
de
20-7-2012,
Y
por
último,
la
Sentencia
de
la
Sala
de
lo
Civil
y
Penal
del
TSJ
de
Cataluña,
de
26-7-1999,
que
establece
la
transmisión
de
la
obligación
de
pagar
la
pensión
compensatoria,
si
el
caudal
hereditario
puede
soportar
el
pago..
Análisis jurisprudencia del Supremo
Durante la tarde, se celebró una mesa redonda sobre Jurisprudencia del
Tribunal
Supremo,
moderada
por
Rosa
de
Castro
Martín,
Magistrada
del
Tribunal
Supremo,
amiga
y
compañera
de
facultad
en
Granada,
con
los
ponentes
y
Magistrados
del
Tribunal
Supremo,
Eduardo
Baena
Ruiz,
José
Antonio
Seijas
Quintana,
con
la
ausencia
de
Francisco
Javier
Arroyo
Fiestas,
Magistrado
del
Tribunal
Supremo,
y
con
el
Presidente
de
la
AEAFA,
Gonzalo
Pueyo
Puente.
Se
comentó
la
Jurisprudencia
más
reciente,
y
los
criterios
de
la
Sala
de
lo
Civil
del
Tribunal
Supremo,
sobre
las
materias
que
se
habían
tratado.
Comenzando
por
los
menores
en
desamparo,
señalando
que,
si
bien
el
interés
superor
del
menor
es
el
criterio
determinante,
dicho
interés
superior
del
menor,
se
ha
de
concretar.
Y
finalizando
con
la
Sociedad
de
Gananciales
y
las
deudas
tributarias
de
uno
de
los
cónyuges
(Sentencia
de
19
de
febrero
de
2014).
En la mañana del sábado 14 de marzo, tras la intervención de Isabel Bonilla
Moreno,
abogada
de
AEAFA,
se
realizó
la
presentación
de
la
“Guía
de
evaluación
psicológica
forense
de
la
guarda
y
custodia,
por
Ramón
Arce
Fernández,
Catedrático
y
Presidente
de
la
Sociedad
Española
de
Psicología
Jurídica
y
Forense.
A
continuación
tomo
l
apalabra
Margarita
Pérez
Salazar,
magistrada
del
Juzgado
de
1ª
instancia
nº 3
(
Familia)
de
Pamplona.
Se
resaltó
la
importancia
de
que
los
Informes
Psico-sociales,
se
realicen
por
profesionales
debidamente
cualificados,
ya
que
son
determinantes
del
contenido
de
la
mayoría
de
las
Sentencias.
Distinguir, en cada caso si es necesario o no el Informe Psico-social,
una
vez
se
ha
realizado
el
interrogatorio
de
las
partes
y la
exploración
del
menor,
y la
necesidad
de
que
se
elaboren
con
todas
las
garantías.
Aquí,
después
de
comentar
algo
al
respecto
una
compañera,
hice
mención
de
una
reciente
Sentencia
del
Juzgado
de
1ª
Instancia
de
Madrid,
la
cual
recoge
un
Informe
Psico-social,
elaborado
únicamente
por
una
Asistente
Social,
y
que
ha
servido
para
que
el
Juzgador
fije
el
tipo
de
custodia
de
un
menor
y la
pensión
de
alimentos.
Personalmente,
considero
insuficiente
la
realización
de
los
Informes
Psico-sociales
por
Asistentes
Sociales
en
exclusividad,
en
casos
de
determinar
el
tipo
de
guarda
y
custodia.
.
La cuarta ponencia, última de las jornadas, se dedicó al Derecho Internacional
Práctico
de
Familia:
“Complicaciones
que
simplifican”,
por
el
ponente,
Joaquín
Bayo
Delgado,
Magistrado
de
la
Sección
12ª
de
la
Audiencia
Provincial
de
Barcelona
(jubilado
recientemente).-
En
primer
lugar,
el
ponente
se
refirió
a
los
diferentes
Reglamentos
y
Convenios
Internacionales
de
Aplicación,
en
casos
de
separación,
divorcio
y
nulidad,
y en
casos
de
medidas
relacionadas
con
los
menores
de
edad.
Convenio
de
la
Haya
de
19
de
octubre
de
1996,
relativo
a la
competencia,
la
ley
aplicable,
el
reconocimiento,
la
ejecución
y la
cooperación
en
materia
de
responsabilidad
parental
y
medidas
de
protección
de
niños,
etc...
Hizo mención de conceptos básicos como el desplazamiento del derecho internacional
interno,
el
efecto
de
las
normas
internacionales
“erga
omnes”;
la
residencia
habitual,
como
criterio
principal;
el
momento
de
la
demanda...
Señaló que el en 90% de los casos, ambos progenitores tiene la misma residencia,
e
incluso,
en
muchos
casos,
la
misma
nacionalidad,
son
los
casos
más
frecuentes;
el
problema
se
plantea
con
el
10 %
restante.
Se
hizo
mención
del
caso
de
la
sustracción
de
menores
y de
la
normativa
aplicable,
señalando
que
en
estos
asuntos
de
sustracción
de
menores,
quien
tiene
la
última
palabra
es
el
Estado
donde
residía
el
menor,
antes
de
la
sustracción.
Finalmente, señalar que la clausura de las Jornadas, corrió a cargo de la
Decana
del
Ilustre
Colegio
de
Abogados
de
Madrid,
Sonia
Gumpert,
quien,
después
de
elogiar
la
labor
de
la
AEAFA,
resaltó
la
necesidad
de
la
existencia
de
Juzgados
especializados
de
Familia
en
todas
las
localidades,
en
aras
del
Derecho
a la
Igualdad.
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