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Lo
anticipábamos
el
pasado
mes
de
septiembre
cuando
nos
informábamos
de
esta
iniciativa
que
ya
es
una
realidad.
La
Comisión
Permanente
del
Consejo
General
del
Poder
Judicial
aprobó
en
la
tarde
de
ayer
el
“Protocolo
de
actuación
frente
al
acoso
sexual,
al
acoso
por
razón
de
sexo,
al
acoso
discriminatorio
y al
acoso
y la
violencia
en
la
Carrera
Judicial”.
El
texto
prevé
concursos
públicos
para
designar
a
los/las
asesores/as
confidenciales,
que
se
encargarán
de
tramitar
las
quejas
y
orientar
a
las
víctimas.
El
Protocolo
regula
el
“procedimiento
informal
de
solución”
para
resolver
las
quejas
de
manera
rápida
y
confidencial
a
través
de
mediación
dejando
el
resto
de
asuntos
de
índole
más
grave
a la
sanción
penal
correspondiente.
El
documento
ha
sido
elaborado
conjuntamente
por
la
Comisión
de
Igualdad
y la
Comisión
Nacional
de
Seguridad
y
Salud
de
la
Carrera
Judicial
-que
presiden
los
vocales
del
CGPJ
Clara
Martínez
de
Careaga
y
Juan
Martínez
Moya,
respectivamente-,
después
de
haber
oído
a
los
representantes
de
todas
las
asociaciones
judiciales:
Asociación
Profesional
de
la
Magistratura,
Asociación
Judicial
Francisco
de
Vitoria,
Jueces
para
la
Democracia
y
Foro
Judicial
Independiente.
Con
la
aprobación
del
Protocolo,
que
desarrolla
las
previsiones
contenidas
en
el
Plan
de
Igualdad
de
la
Carrera
Judicial,
el
CGPJ
manifiesta
formalmente
su
compromiso
de
adoptar
una
política
de
“tolerancia
cero”
con
respecto
a
las
manifestaciones
de
acoso
y
violencia,
sin
atender
a
quien
sea
la
víctima
o la
persona
acosadora
ni
cual
sea
su
situación
dentro
de
la
organización
judicial.
Gloria
Poyatos,
juez
decana
de
Lanzarote,
adscrita
Jueces
para
la
Democracia
y
experta
en
acoso
laboral
es
miembro
de
la
Comisión
Nacional
de
Seguridad
y
Salud
de
la
Carrera
judicial:
“El
Consejo
promoverá
una
cultura
corporativa
de
prevención
y
erradicación
del
acoso
a
través
de
acciones
formativas
e
informativas
de
sensibilización
en
la
carrera
judicial.
Al
mismo
tiempo
mediará
e
investigará
en
relación
con
cualquier
queja
o
denuncia
y
sancionará
a
quien
resulte
responsable
de
acoso
o
violencia
en
el
trabajo.”
En
su
opinión
este
Protocolo
es
muy
completo
y se
espera
que
tras
la
puesta
en
marcha
de
una
Comisión
de
Seguimiento
se
impulse
de
manera
inmediata.
Este
tipo
de
Protocolos
ya
existen
en
diferentes
entidades,
como
Universidades
o
incluso
en
la
administración
pública.
En
esta
ocasión
se
aplicará
en
su
integridad
cuando
la
presunta
víctima
y el
presunto
agresor
sean
jueces
o
juezas,
mientras
que
cuando
uno
de
ellos
no
sea
miembro
de
la
Carrera
Judicial
se
hará
en
conjunción
con
las
medidas
establecidas
en
el
protocolo
aplicable
en
el
ámbito
de
la
Administración
Pública
a la
que
pertenezca
esa
persona.
Acoso
laboral
existe
en
la
carrera
judicial
Para
nuestra
interlocutora
parece
evidente
que
en
un
colectivo
como
es
el
judicial
el
acoso
laboral
existe
pero
se
puede
ahora
perseguir
con
medios
apropiados.
“Donde
existe
seres
humanos
puede
existir
acoso
de
cualquier
tipo.
La
carrera
judicial
es
un
lugar
adecuado
para
que
prolifere
este
tipo
de
prácticas
que
pueden
destruir
al
ser
humano
pese
a su
fortaleza
física,”
indica.
Para
Poyatos
el
Protocolo
puede
ser
una
buena
herramienta
la
que
necesita
la
carrera
judicial
para
frenar
ciertos
comportamientos.
“El
documento
crea
la
figura
del
“asesor/a
confidencial”,
que
será
el
encargado
de
tramitar
las
quejas
y
orientar
a
las
víctimas
y
tendrá
escrupuloso
deber
de
secreto,
no
pudiendo
ser
llamado
a
declarar
en
el
supuesto
de
que,
en
relación
con
los
hechos
objeto
de
queja,
se
siga
con
posterioridad
expediente
disciplinario”,
comenta.
La
iniciativa
se
extiende
a
toda
la
carrera
judicial
como
nos
subraya.
“Puede
haber
acoso
de
los
funcionarios
y
secretarios
judiciales
al
propio
juez”,
indica.
La
Sala
de
Gobierno
de
cada
uno
de
los
Tribunales
Superiores
de
Justicia
designará
a
un/a
asesor/a
confidencial
y a
un
suplente
previo
concurso
público
al
que
podrán
optar
todos
los
jueces
y
juezas
titulares
en
activo
dentro
de
su
ámbito
y
después
de
oír
a
las
asociaciones
judiciales.
También
se
designará
un/a
asesor/a
confidencial
cuyo
ámbito
de
actuación
se
circunscribirá
a
los
miembros
de
la
Carrera
Judicial
que
presten
sus
servicios
en
el
CGPJ.
Si
la
solicitud
de
un
juez
o
jueza
viniese
avalada
por
varios/as
compañeros/as,
se
tomará
en
cuenta
el
número
de
avales
como
un
criterio
para
la
designación.
Se
valorarán
asimismo
los
conocimientos
en
la
materia
y en
el
principio
de
igualdad
de
trato
y
oportunidades
y de
no
discriminación.
Los/las
asesores/as
confidenciales
designados
figurarán
en
un
registro
único
común
que
será
publicado
en
un
lugar
visible
y de
fácil
acceso
en
la
página
web
www.poderjudicial.es
Mediación
para
los
casos
más
leves
El
Protocolo
regula
el
llamado
“procedimiento
informal
de
solución”,
un
instrumento
dirigido
a
resolver
las
quejas
de
manera
rápida
y
confidencial
y
sin
necesidad
de
acudir
a la
vía
disciplinaria.
Este
procedimiento
no
se
aplicará
cuando
los
hechos
revistan
caracteres
de
delito,
consistan
en
violencia
o,
por
su
gravedad
o
trascendencia,
comprometan
el
buen
funcionamiento
o la
imagen
pública
de
la
Administración
de
Justicia.
“Para
este
tipo
de
procesos
habrá
que
contar
con
un
equipo
de
mediadores
seleccionado
de
forma
rigurosa
por
las
Salas
de
Gobierno
“,
apunta.
Así,
quien
entienda
que
es
víctima
de
acoso
o
que
puede
llegar
a
serlo
podrá
presentar
una
queja
ante
el
asesor
o la
asesora
confidencial,
que
la
pondrá
en
conocimiento
de
la
persona
contra
la
que
se
dirige
la
misma
e
informará
a
ésta
de
que
puede
guardar
silencio,
dar
la
explicación
que
estime
oportuna
u
oponerse
a la
misma,
sin
que
lo
que
diga
pueda
ser
utilizado
nunca
en
su
contra.
Realizada
la
gestión,
el
asesor
o la
asesora
confidencial
dará
cuenta
de
su
resultado
a la
persona
que
hubiera
presentado
la
queja,
de
cuya
tramitación
no
quedará
constancia
en
ningún
archivo
administrativo.
Cuando
los
hechos
no
sean
canalizables
a
través
del
procedimiento
informal
de
solución,
la
presunta
víctima
podrá
dirigirse
al
órgano
competente
para
iniciar
el
procedimiento
disciplinario
formal
y
exigir,
conforme
a lo
dispuesto
en
los
artículos
414
a
427
de
la
Ley
Orgánica
del
Poder
Judicial,
la
responsabilidad
disciplinaria
en
que
haya
podido
incurrir
el
presunto
agresor.
Por
último,
el
Consejo
promoverá
la
aprobación
de
Protocolos
de
actuación
frente
al
acoso
y la
violencia
en
el
entorno
profesional
por
parte
de
los
distintos
cuerpos
de
funcionarios
y
colegios
profesionales
implicados
en
el
funcionamiento
de
la
Administración
de
Justicia. |