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12 de FEBRERO de 2015
Preocupación en los jueces sustitutos ante las primeras decisiones provisionales de la UE que impulsan el llamado Contrato Cero Horas, Cero Derechos

LAWYERPRESS

En estos días conoceremos también el fallo de la Sala Tercera del Tribunal Supremo sobre determinadas reclamaciones de este colectivo

El colectivo de jueces sustitutos español sigue con su mirada puesta en Bruselas. Hace más de un año y medio que estos profesionales interpusieron diferentes denuncias-quejas sobre la situación que viven, situación que les convierte ahora en profesionales en lista de espera, sin ningún salario,  ni protección social, con incompatibilidad absoluta para cualquier trabajo y a plena disponibilidad de sus respectivos TSJ y al borde de la quiebra económica. En estos días se han conocido las primeras decisiones de la UE sobre este asunto. Una decisión que archiva esta reclamación de estos profesionales aunque se espera una resolución definitiva. En ese pronunciamiento la Comisión señala que es posible que ya se hayan vulnerado los derechos de los jueces sustitutos pero “ realmente lo que valoran es la situación actual, desde la ley 8/12 de 28 de diciembre de 2012, entienden que el Estado Español está cumpliendo con la Directiva.” Desde AJUDICAT, asociación profesional de jueces sustitutos de Cataluña se señala que este dictamen reconoce el llamado Contrato Cero Horas, Cero Derechos para cualquier trabajador europeo, un fallo que puede perjudicar a cualquier trabajador europeo.  En los próximos días conoceremos el pronunciamiento de la Sala Tercera del Tribunal Supremo sobre este mismo asunto.

Malestar notable en los jueces sustitutos al saber qué piensa Bruselas de sus reivindicaciones planteadas hará hace más de un año y medio ante las condiciones laborales que sufren en nuestro entorno. Fuentes de AJUDICAT señalan que  “el archivo de la Denuncia-queja por parte de la Comisión, no puede servir de ninguna forma como fundamento desestimatorio de las demandas por aplicación de la directiva 1999/70 y su no transposición a los Jueces sustitutos y magistrados suplentes, y esta categórica afirmación se basa en que no niega la Comisión que no se hayan ya vulnerado los Derechos laborales de los Jueces Sustitutos antes de la publicación de la LO 8/12, ni que se sigan vulnerando.”

En otro orden de cosas, es evidente que la Comisión y en clara contradicción (eran otros tiempos) con sus propias actuaciones, como en el caso Kücük, en que demandó al Estado Alemán ( ya decíamos que eran otros tiempos), ha cambiado radicalmente su visión de lo que es la protección social y los abusos a los derechos de los trabajadores, afirman desde esta asociación  de una forma muy y muy preocupante, tanto que el propio contenido de la resolución es la expresión más firme de lo que  son las políticas actuales o también llamadas neoliberales que se imponen en este continente de norte a sur y de este a oeste.

Sin puntuaciones, ni sistematizada, la resolución de la Comisión, instaura, a juicio de AJUDICAT  por primera vez en Europa, que existe la figura del Contrato Cero Horas Cero Derechos, a los trabajadores públicos o privados que se encuentren en una bolsa de trabajadores a quienes el empresario público o privado no les permita trabajar en ninguna otra actividad y que además tengan que estar a plena disponibilidad bajo pena de despido sin indemnización por sanción grave y además que si no los llama en ninguna ocasión para trabajar se puedan dar de baja voluntaria sin derecho a ninguna indemnización y evidentemente sin alta en seguridad social.

Dicho esto, que ya es mucho y muy grave, y, que, evidentemente, será objeto de aclaración sino de  denuncia al TEDDHH, el gobierno de Europa también reconoce, y esto es bueno, que a los Jueces Sustitutos se los despidió de forma colectiva al publicarse la Ley Orgánica 8/2012, que modificaba la prelación en las sustituciones en la Judicatura, todo por una supuesta medida tendente al cumplimiento de aquello establecido en la Cláusula 5ª de la Directiva 1999/70 CE, pues bien por fin un reconocimiento explícito y documental de lo que realmente hizo el ejecutivo y el legislativo en España,. DESPEDIR A 1500 JUECES.

No dice pero la Comisión que la Directiva 1999/70 CE, tenía que estar transpuesta en el Estado y para todos los trabajadores en  2001, y que en estos más de once años se han vulnerado repetida y sistemáticamente los derechos que emanan de esta misma directiva respecto al abuso de contratación temporal, tema sobre el que guarda un extraordinario y culpable silencio la Comisión Europea con la excusa que el análisis es sólo de la regulación legal  actual sobre la situación de los jueces sustitutos.

Desde este colectivo profesional se indica que la Comisión en esta resolución instaura formalmente la discriminación entre los derechos laborales de los trabajadores indefinidos y eventuales, a pesar de la denuncia también del incumplimiento de la cláusula 4ª de la Directiva 1999/70, respecto entre muchos otros:

Al pago de los salarios con dos meses de atraso, limitación presupuestaria de la partida para pagos a Jueces sustitutos, carencia absoluta de formación del Consejo General del Poder Judicial a los jueces sustitutos, carencia de reconocimientos médicos, carencia de pago de los objetivos, y un largo etcétera.

Pero además obvia la decisión de la CE de forma absolutamente maliciosa, lo que acredita que no han hallado una forma de resolver la discriminación, que en el régimen retributivo y de seguridad social sufren los jueces sustitutos, respecto a la figura del llamado, trabajador indefinido comparable, que todas las denuncias-quejas dirigían a los Jueces de Adscripción Territorial y los Jueces en Expectativa de Destino, la laguna sobre este tema en la resolución de la Comisión, que  no han podido resolver siquiera las visitas de los lobbys que han actuado desde grandes despachos en Bruselas, y ello por cuanto no la hay ni existe y ante la obviedad es preferible callar, irresoluble cuestión que nos anima a que es de difícil para no decir imposible su desestimación en cualquier Tribunal libre e independiente

Ahora que la Comisión se va pronunciando,  desde este colectivo profesional se reclama que se escuche directamente su voz y desde aquí:  “ pedimos que el gobierno de Europa, y por lo tanto también el nuestro, nos atienda debidamente y no dé más excusas de que no es posible dado que el tema está pendiente de resolución,  o no, pues ya se sabe que nosotros no hemos acudido a ningún despacho de lobby”; indican desde este colectivo.

Desde AJUDICAT se pide tranquilidad al resto de compañeros y compañeras dejando claro que la  resolución de la Comisión “además de tener serias y dolosas lagunas, no puede servir de razonamiento a ningún tipo de sentencia, pues no es sólo el presente lo qué hemos expresamente accionado, y demandando sino el pasado y respecto a la discriminación que hemos sufrido y sufrimos, y en esto ni siquiera se  ha pronunciado,” advierten. En este contexto señalan que la decisión de la Comisión la sitúa en un pronunciamiento político y no jurisdiccional.

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 

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