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En
poco
más
de
dos
años
INBLAC
se
ha
convertido
en
una
de
las
asociaciones
de
más
prestigio
en
el
complejo
mundo
de
la
prevención
del
blanqueo
de
capitales.
Una
muestra
más
de
esa
hegemonía
la
tuvimos
en
la
celebración
este
pasado
jueves
de
una
jornada
en
la
capital
de
España
donde
se
analizó
en
profundidad
este
nuevo
Reglamento
del
sector,
aprobado
en
mayo
del
pasado
año.
Cuestiones
como
Hermenéutica
de
los
Sujetos
Obligados
“pequeños”,
cómo
ayudarles
a
afrontar
sus
obligaciones,
exposición
impartida
por
Joaquín
Mena
o
aquella
otra
sobre
los
“Problemas
derivados
de
la
conciliación
de
Compliance
Penal
y
Reglamento
de
PBC,”
comentada
por
Francisco
Bonatti,
generaron
bastante
expectación.
Por
su
parte
Juan
Miguel
Cid,
presidente
de
INBLAC
describió
con
brillantez
la
financiación
del
terrorismo
y la
relación
con
los
sujetos
obligados
mientras
que
Carlos
Fiñana,
jefe
de
la
UIF
de
Andorra,
resaltó
la
actividad
de
su
país
para
romper
la
imagen
de
ser
un
paraíso
fiscal,
cuestión
que
negó
en
rotundidad.
La
jornada
concluyó
con
un
debate
al
que
se
unieron
además
de
Bonatti
y
Mena,
Pedro
Morón
Profesor
de
los
cursos
de
Prevención
del
Blanqueo
de
la
Universidad
Autónoma
y
Fabián
Zambrano,
Profesor
de
la
Universidad
Autónoma
de
Madrid
Por
lo
visto
en
esta
interesante
jornada,
INBLAC
está
aglutinando
en
su
seno
a
profesionales,
docentes
e
investigadores
de
la
prevención
del
blanqueo
de
capitales
y la
financiación
del
terrorismo
con
el
objetivo
de
actuar
como
su
interlocutor
frente
a
las
Autoridades
competentes,
especialmente
el
SEPBLAC.
El
proceso
de
aprobación
del
Reglamento
de
la
Ley
10/2010,
ha
hecho
imprescindible
la
existencia
de
una
asociación
profesional
que
pueda
recoger
las
opiniones
del
sector
y
formular
las
correspondientes
alegaciones
al
proyecto.
Fue
precisamente
este
tema
el
que
congregó
a
expertos
en
prevención
del
blanqueo,
compliance
officer,
abogados
y
fuerzas
de
seguridad
en
este
evento
celebrado
en
la
capital
de
España.
Francisco
Bonatti,
secretario
general
de
INBLAC,
comentó
a
los
asistentes
el
conflicto
que
va a
surgir
entre
la
normativa
actual,
el
Reglamento
de
Prevención
de
Blanqueo
de
Capitales
de
mayo
del
2014
y la
nueva
reforma
penal
donde
el
artículo
31
bis
establece
un
marco
de
obligaciones
mayores
para
cualquier
empresa,
al
hilo
del
nuevo
tipo
delictivo
de
la
responsabilidad
penal
de
las
personas
jurídicas.
Recordó
que
el
nuevo
Código
Penal
en
su
artículo
301.3
recoge
el
llamado
delito
imprudente
de
blanqueo
de
capitales:
“Es
fundamental
estar
preparado
siempre
y
contar
con
la
documentación
adecuada
de
todas
las
medidas
que
pongan
en
marcha
las
empresas
para
poder
contestar
con
criterio
a
las
inspecciones
del
SEPBLAC
o la
administración
de
justicia”,
comentó.
En
ese
artículo
31
bis
apartado
quinto
quedan
reflejadas
las
nuevas
obligaciones
para
los
sujetos
obligados.
“Se
indica
que
debe
identificar
los
riesgos
y
definir
ciertos
protocolos
y
procedimientos
concretos
para
subsanarlo.
Además
se
insiste
en
la
necesidad
de
formar
al
profesional
especialista
en
cumplimiento
normativo
que
se
encargará
de
ese
asunto
en
la
empresa”,
apuntó.
Otro
de
los
temas
que
se
comenta
en
este
articulado
es
la
necesidad
de
desarrollar
un
sistema
disciplinario
que
permita
establecer
sanciones
en
la
empresa
y su
verificación
cada
cierto
tiempo
para
saber
realmente
cómo
funciona.
“Con
esta
reforma
ninguna
persona
jurídica
está
exenta
del
tipo
de
la
responsabilidad
penal
de
la
propia
persona
jurídica”,
recordó
en
su
intervención.
Con
posterioridad
explicó
al
auditórium
qué
elementos
configuraban
un
CNS,
Sistema
de
Cumplimiento
Normativo.
Esta
jornada
también
sirvió
para
conocer
como
se
financia
el
terrorismo
internacional
y
que
obligación
tienen
los
sujetos
obligados,
ponencia
que
impartió
Juan
Miguel
Cid,
presidente
de
INBLAC.
Recordó
que
es
una
práctica
delictiva
diferente
a la
del
blanqueo
de
capitales.
“La
mayor
parte
de
las
organizaciones
delictivas
manejan
mucha
documentación
que
les
ayuda
a
controlar
sus
costes
y a
buscar
donantes
para
sus
proyectos
financieros”,
recordó.
Estos
llamados
“informes
de
gestión
del
terror”
son
muy
útiles
y
organizaciones
terroristas
como
las
del
Estado
Islámico
cuentan
con
unos
tres
billones
de
dólares
de
presupuesto
anual.
A su
juicio
lo
fundamental
es
evitar
esa
financiación
para
que
puedan
desarrollar
cual
estructura
en
cualquier
punto
del
planeta.
Gracias
a su
turno
de
palabra
pudimos
conocer
en
profundidad
como
se
organizan
y
financian
estas
organizaciones
criminales.
Desde
su
punto
de
vista
faltan
herramientas
para
que
el
sujeto
obligado
pueda
colaborar
con
la
justicia.
“De
hecho
la
lista
de
terroristas
que
hay
en
EEUU
u
operaciones
sospechosas
no
existen
en
Europa,”
advirtió.
Otro
de
los
temas
que
despertó
mucho
interés
fue
la
ponencia
de
Joaquín
Mena,
sobre
cómo
deben
cumplir
sus
obligaciones
en
materia
de
prevención
las
pymes
cuando
son
sujetos
obligados.
“En
este
caso
creo
que
el
legislador
debería
haber
tenido
más
en
cuenta
el
riesgo
de
la
actividad
en
la
que
se
encuentra
ese
sujeto
obligado
que
su
propio
tamaño
o
volumen
de
facturación”,
apuntó.
Ahora,
pese
a
que
la
normativa
es
bastante
confusa
hay
ciertas
empresas
que
tienen
menos
obligaciones
en
materia
de
prevención
si
están
por
debajo
de
los
10
profesionales
en
plantilla
y
una
facturación
que
no
supere
los
dos
millones
de
euros
anuales.
“Lo
que
sí
llama
la
atención
es
que
nadie
controla
este
tipo
de
actividad
a
nivel
de
umbrales.
Pese
a
ello
creo
que
es
fundamental
tener
las
medidas
que
marca
el
Reglamento
para
evitar
que
cualquier
inspección
del
Sepblac
o
las
fuerzas
de
Seguridad
del
Estado
nos
puedan
crear
un
problema
a
nuestro
cliente”,
recordó.
En
esta
acertada
exposición
fue
detallando
exactamente
los
requisitos
para
estar
fuera
de
esos
umbrales
“Siempre
hay
que
guardar
la
documentación
de
lo
que
hacemos
para
evitarnos
males
mayores”,
resaltó. |