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02 de FEBRERO de 2015

El consenso entre asociaciones judiciales permite aprobar el primer Plan de Prevención de Riesgos Laborales del CGPJ

LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez

Esta normativa que se implementará de inmediato recoge, el estrés, burn out o acoso laboral como riesgos específicos. El caballo de batalla estará en la medición de la carga máxima de trabajo de los jueces

La Comisión Permanente del CGPJ aprobó recientemente el informe de la Comisión de Seguridad y Salud de dicho organismo, en la que se encuentran representadas las cuatro asociaciones judiciales, para dotar a la carrera judicial de su Primer Plan de Prevención de Riesgos Laborales, una medida que habitual en cualquier profesión estaba ausente en los más de 5.300 jueces que trabajan a lo largo y ancho de nuestro país. Aunque falta por saber su aplicación práctica se observa que el consenso de las citadas asociaciones judiciales por tener una normativa eficaz y cercana a la realidad ha sido clave para que esta medida se haya aprobado en estos días.  Nuestra publicación ha pulsado la opinión de algunos de los magistrados que han estado en esa Comisión como Gloria Poyatos, magistrada de Jueces para la Democracia, Manuel Bellido por parte de la Asociación Profesional de la Magistratura, Ignacio de Torres representante de Asociación Francisco de Vitoria y Conrado Gallardo, presidente de Foro Judicial Independiente.

Este  Plan ha sido elaborado en el seno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud, de la que por primera vez forman parte dos vocales del CGPJ -Juan Martínez Moya, que la preside, y Concepción Sáez-, así como representantes de la Asociación Profesional de la Magistratura, la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, Jueces para la Democracia y el Foro Judicial Independiente y letrados del Consejo. En su reunión de enero pasado ya se dio luz verde al contenido de esa normativa que ahora habrá de ponerse en práctica.

“Definir la carga de trabajo máxima de los jueces será uno de los elementos claves a la hora de implantar de manera práctica ese Plan de Prevención de Riesgos Laborales.”

Gloria Poyatos es la magistrada de Jueces para la Democracia que está en la Comisión de Seguridad y Salud en el Trabajo del CGPJ, reconoce que lograr esta reivindicación ha sido fruto de mucha lucha en los años anteriores. “Es por fin en el 2010 cuando CGPJ y Ministerio reconocen que tienen los jueces tenemos derecho a  ese plan de prevención y a que apliquen determinadas directivas europeas”, confiesa. El primer paso es crear la Comisión de Seguridad  y Saludo en el 2012, órgano que pretende consensuar dicho plan con el apoyo de las asociaciones judiciales. “En estos tres últimos años ha habido muchos debates sobre esta cuestión pero se avanzaba poco. Cuando se llegaba a un consenso cambiaba el CGPJ y la idea del propio Consejo sobre el plan no era compartida por ninguna asociación”, subraya. Además no hay que olvidar que también hay CCAA con competencias transferidas, empresas concurrentes de seguridad o limpieza o los propios secretarios judiciales.

Para esta magistrada es evidente el efecto directo entre la acción planteada por Jueces para la Democracia como demanda de convenio colectivo ante la Audiencia Nacional frente al Ministerio de Justicia y el CGPJ, ahora ampliada a las CCAA con competencias en justicia: “Si nuestra reclamación se interpone en noviembre es en la reunión de enero del 2015 de la citada Comisión de Seguridad cuando se configura el proyecto de plan de prevención de riesgos laborales”, apunta.  Por esta ampliación de la demanda el juicio previsto para el 3 de febrero de este año se aplaza sin saber fecha concreta. “Queremos que este plan tenga medidas efectivas de cara a regular la carga judicial de los jueces. Nuestra organización presentó cuatro alegaciones sustanciales a este proyecto como vienen reflejadas en el acta de la última reunión” indica Poyatos.  La regulación de las cargas de trabajo y su modulación es uno de los caballos de batalla aún sin aclarar con este proyecto de plan. “Mientras se haga la medición nos preocupa saber qué concepto de carga máxima de trabajo se va a tener en cuenta”.

Otro de los temas que pretende subsanar este futuro plan de prevención de riesgos laborales es la coordinación preventiva con las CCAA con competencias transferidas que, a juicio de Gloria Poyatos es nula en estos momentos. “Se desconocen los planes de evacuación y urgencia a nivel autonómico y ante situaciones como el incendio que hubo en los juzgados de Madrid, uno de los últimos que tuvo lugar, no se sabe si hay protocolos de actuación.” Además el propio servicio de prevención del CGPJ hasta la fecha está compuesto por una persona para dar cobertura a más de 5.300 jueces con una asignación anual de 100.000 euros. “Hasta ahora hay que darse cuenta que el servicio de prevención que teníamos los jueces era más un espejismo que una realidad”, aclara nuestra interlocutora. El otro punto crítico desde JPD es la falta de un cronograma real que deje claro cómo se van a poner en marcha las medidas preventivas que iban a aprobarse. “Es una buena herramienta técnica que recoge el burn out, el stress o el acoso laboral como riesgos profesionales. Ahora hay que dotarlo de recursos e implantarlo de forma gradual”, advierte.

Avance fundamental en los derechos de los jueces

En opinión de Manuel Bellido, magistrado y miembro del Comité de la APM, Asociación Profesional de la Magistratura así como Delegado en la citada Comisión de Seguridad y Saludo en el trabajo. “La aprobación del Plan de Prevención de Riesgos para la Carrera Judicial merece una valoración muy positiva para nuestra en cuanto supone un avance fundamental en los derechos profesionales de los jueces y magistrados. “Desde su punto de vista se culminan así los pasos previos que se habían dado con anterioridad, en los que ha participado decididamente nuestra asociación, plenamente comprometida en la defensa del derecho de los jueces y magistrados a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el ejercicio de sus funciones. Para Bellido “debe resaltarse como un valor muy positivo, la importante intervención que las asociaciones judiciales han tenido en su elaboración.”

Este Plan de Prevención de Riesgos laborales pretende mejorar las condiciones físicas y mentales  de los jueces para que de esta forma mejore la calidad de su trabajo judicial

El Plan de Prevención codifica todos los aspectos y procedimientos fundamentales en el ámbito de la prevención de riesgos de la Carrera Judicial, constituyendo la pieza esencial que regula la gestión preventiva del CGPJ y su política en materia de prevención. “Aunque todavía queda mucho por hacer, supone establecer los cimientos necesarios para construir un sólido sistema de prevención de riesgos para la Carrera Judicial”, indica.

Desde APM, entre los aspectos más relevantes del Plan de Prevención debemos destacar:

1. Identifica de manera clara y detallada las características peculiares de la actividad judicial, sobre la base de la descripción que ha realizado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en sus sentencias. En particular,  que no está sujeta a horario concreto, ni a límite de entrada de asuntos, y que las actuaciones judiciales deben realizarse dentro de plazos procesales.

2. Recoge una pormenorizada descripción de los riesgos derivados del ejercicio de la función judicial, con expresa mención de los psicosociales, como el estrés. Estos riesgos deberán ser objeto de evaluación.

3. Especial importancia reviste la obligación que asume el CGPJ en el Plan de Prevención de regular la carga de trabajo de la Carrera Judicial a efectos de salud laboral. No debe olvidarse, y así se manifestó por las asociaciones judiciales en la elaboración del Plan, que la carga de trabajo es uno de los aspectos fundamentales que afectan a la salud profesional de los jueces y magistrados.

4. Regula la salud profesional y los exámenes necesarios para garantizarla e incorpora  los diversos procedimientos elaborados en el ámbito de la prevención.

Consenso en la carrera judicial

Ignacio Torres es el magistrado de AJFV Asociación de Jueces Francisco de Vitoria que ha formado parte de la Comisión de Seguridad y Salud del CGPJ. Reconoce que la aprobación del plan es superar una travesía en el desierto con una ley 30/1995 que regula la Prevención de Riesgos Laborales a nivel general. “El abandono que de esta función se vino haciendo por las administraciones con competencias en la materia, comenzó a corregirse desde 2010 con la creación de un Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en el CGPJ, la firma de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Justicia y el CGPJ, y la constitución de la Comisión Nacional de Seguridad Social,” apunta. Ello ha supuesto que, con un indeseable, y casi bochornoso retraso, se esté a punto de aprobar el primer plan de prevención de riesgos laborales de la Carrera Judicial, cuya vocación de efectividad inicial se prevé para el año 2015-2016.  Nuestro interlocutor confiesa que “la elaboración del Plan de Prevención ha sido fruto de un importante consenso dentro del seno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud, donde los representantes de la carrera judicial, encarnados en los 8 miembros de la Carrera Judicial, en número de dos por cada asociación judicial, hemos venido colaborando activamente con el CGPJ para sacar adelante un plan de prevención.”

Para este magistrado de AJFV “este  plan sin duda contribuirá a mejorar nuestras condiciones laborales, siendo por primera vez tratados los jueces y magistrados desde su perspectiva de trabajadores.” A su juicio, el ejercicio del Poder Judicial comporta el desarrollo de funciones que, en muchos aspectos, participan de las características propias de cualquier trabajador, por lo que las particularidades propias de la función judicial, no deben hacer perder de vista la condición de trabajador. Ello hace necesario que quien ocupa una posición próxima a la de empleador, CGPJ, Mº de Justicia y Comunidades Autónomas con competencias transferidas, deban dotar a quienes ejercen el poder judicial de los medios materiales, y adoptar cuantas medidas sean necesarias, para garantizar su salud en el ejercicio de su función. “Toda actividad preventiva de riesgos laborales, comporta la necesaria valoración de los riesgos que pueden producirse en el ejercicio de la actividad profesional”; recuerda nuestro interlocutor.

Debemos destacar que, como riesgo específico y de mayor relevancia en nuestra profesión, se encuentra la carga de trabajo, y así se ha recogido en el documento aprobado por la Comisión Permanente del CGPJ en su última reunión, a propuesta de la CNSS, y que constituye el primer Plan de Prevención de la Carrera judicial. Resta ahora que por la Comisión Mixta Mº Justicia-CGPJ, se apruebe definitivamente un plan, del que se deriva la inmediata obligación para el CGPJ de fijar una carga máxima de trabajo de los jueces, que no pueda sobrepasarse como garantía de la salud de los jueces. Si esta tarea no es sencilla, menos aún lo es la que ineludiblemente va unida a aquella, que no es otra que la de adoptar las medidas necesarias para limitar la carga cuando ello se haga necesario. “Por AJFV se ha venido denunciando reiteradamente la insostenible presión a que muchos compañeros se ven sometidos por la sobrecarga de trabajo que pesa sobre ellos. Por hemos de felicitarnos por su inclusión como riesgo laboral en este primer Plan de Prevención, sin que ello no haga relajarnos en la vigilancia y defensa de unas condiciones dignas y seguras de ejercicio de la actividad profesional por quienes ostentan el Poder Judicial”, indica.

Conquista de una reivindicación histórica

La aprobación por Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de la propuesta de Plan de Prevención de Riesgos laborales para los Jueces y Magistrados que la Comisión Nacional de Seguridad y Salud, integrada por representantes del CGPJ y de las asociaciones judiciales, formuló en su reunión de 16 de enero de 2.015, supone para Foro Judicial Independiente (FJI) la culminación de una empresa que ha sido uno de sus objetivos principales desde su creación; cuando nadie hablaba de estas cuestiones para los Jueces, así lo manifiesta Conrado Gallardo su nuevo presidente. “FJI ya lo trató en su primer congreso celebrado en Zaragoza en el año 2.004. A lo largo de estos diez años el esfuerzo realizado ha dado resultado. Queda ciertamente pendiente su aprobación definitiva por la Comisión de Seguimiento integrada por cinco representantes del CGPJ, cinco del Ministerio de Justicia y un representante de cada Asociación Judicial, pero confiamos en que la misma tendrá lugar”, resalta nuestro interlocutor.

En opinión de Gallardo “se ha conseguido algo tan fundamental como el compromiso CGPJ de promover la seguridad y salud de la Carrera Judicial en el desempeño de su función jurisdiccional mediante la mejora continua de las condiciones de trabajo, cuya peculiaridad se reconoce y describe, con una referencia expresa al derecho al descanso. Hubiera sido deseable una concreción de la carga aceptable a estos efectos, lo que ha quedado como tarea pendiente,” comenta.

Respecto al citado plan el presidente de FJI comenta que si  bien el Servicio de Inspección del CGPJ queda al margen de la actuación preventiva, ajena a su función, se establece la necesidad de que tenga en cuenta a la hora de valorar la actividad judicial la necesidad de salvaguardar la salud de los jueces y magistrados.

“Se regulan los riesgos específicos del trabajo judicial, entre ellos los psicosociales, y la obligación del CGPJ de regular la carga de trabajo de la Carrera Judicial a efectos de salud laboral, al mismo tiempo  se establecen igualmente reconocimientos médicos, voluntarios salvo que obligue a ello una disposición legal, que sean indispensables para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los Jueces y que el estado de salud de la persona pueda constituir un peligro para sí o para terceros.” subraya

En definitiva,  desde su punto de vista “quedan aspectos relevantes por definir y mucho trabajo por delante, pero lo aprobado constituye un avance importante en esta reivindicación histórica que esperamos reciba la aprobación definitiva y que regula un aspecto fundamental para que los Jueces puedan desarrollar su trabajo en las condiciones físicas y mentales adecuadas, como es normal en cualquier actividad, lo que favorece la calidad del trabajo judicial y beneficia también por tanto a todos los ciudadanos.”

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 

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