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FEAPS
presentó
ayer
en
la
sede
del
Consejo
General
del
Poder
Judicial
(Madrid)
un
importante
estudio
titulado
“Las
personas
con
discapacidad
intelectual
o
del
desarrollo
ante
el
proceso
penal”,
que
analiza
la
situación
de
este
colectivo
durante
los
procesos,
así
como
el
cumplimiento
de
condenas
y
medidas
de
privación
de
libertad
derivadas
del
mismo.
El
estudio
–realizado
por
la
Red
de
Juristas
de
FEAPS
bajo
la
coordinación
de
Torcuato
Recover
e
Inés
de
Araoz–,
desvela
unos
datos
graves
y
elocuentes:
la
prevalencia
de
la
discapacidad
intelectual
o la
enfermedad
mental
es
muy
superior
(6,5%)
en
la
población
reclusa
que
en
el
resto
de
la
población.
Además,
el
número
de
personas
que
ingresa
en
prisión
sin
que
se
haya
detectado
previamente
su
discapacidad
intelectual
alcanza
el
70%.
Estos
datos
demuestran
el
fracaso
de
un
sistema
que
o
bien
no
logra
identificar
esa
alteración
cognitiva
a lo
largo
del
proceso
penal,
o si
lo
hace,
únicamente
es
capaz
de
responder
imponiendo
penas
o
medidas
privativas
de
libertad.
El
documento
que
FEAPS
ha
realizado
con
apoyo
del
Ministerio
de
Sanidad,
Servicios
Sociales
e
Igualdad,
analiza
y
establece
un
posicionamiento
respecto
a
esta
disfuncional
situación
y a
las
necesidades
de
las
personas
con
discapacidad
intelectual
sometidas
a un
proceso
penal,
utilizando
como
hilo
conductor
el
propio
procedimiento
judicial.
En
la
actualidad,
aproximadamente
un
6,5%
de
la
población
reclusa
tiene
discapacidad
intelectual
o
enfermedad
mental,
lo
que
supone
una
prevalencia
muy
superior
a la
de
población
no
reclusa.
De
estas
personas,
casi
un
70%
llega
a
prisión
sin
que
se
haya
detectado
de
forma
previa
la
existencia
de
su
discapacidad
En
la
presentación
de
este
informe
ha
participado
el
Presidente
del
Foro
Justicia
y
Discapacidad
(Consejo
General
del
Poder
Judicial),
Juan
Manuel
Fernández;
el
Patrono
de
la
Fundación
Abogacía
Española,
Jesús
López-Medel;
el
Subdirector
General
de
Tratamiento
y
Gestión
Penitenciaria
(Instituciones
Penitenciarias),
Javier
Nistal;
la
Inspectora
Jefe
de
la
Sección
SAF
Central
(Comisaría
General
de
Policía
Judicial),
Astrid
Díez;
el
Formador
de
FEAPS
en
Acceso
a la
Justicia
de
personas
con
discapacidad
intelectual,
Jordà
Vives;
y el
Coordinador
de
la
Red
de
Juristas
de
FEAPS,
Torcuato
Recover.
Coincidiendo
con
esta
presentación,
el
Gobierno
ha
anunciado
la
retirada
de
la
reforma
del
Código
Penal
en
material
de
medidas
de
seguridad,
algo
que
FEAPS
–junto
al
CERMI
y
FEAFES–,
venía
reclamando,
por
considerar
esta
reforma
discriminatoria
y
claramente
contraria
a la
Convención
sobre
Derechos
de
las
Personas
con
Discapacidad.
Esta
es
una
cuestión
que
nuestro
medio
informativo
ya
se
hizo
eco
en
varias
ocasiones
en
especial
a
raíz
de
las
acciones
de
CERMI
por
frenar
esta
legislación
que
vulneraba
los
principales
derechos
y
libertades
de
estas
personas.
De
hecho
tal
y
como
se
expone
en
el
Anexo
de
este
estudio,
presentado
ayer
en
la
sede
del
CGPJ,
la
existencia
de
una
discapacidad
intelectual
o
del
desarrollo
no
puede
ser
la
causa
última
que
motive
que
la
aplicación
de
una
medida
de
seguridad
privativa
de
libertad
se
pueda
prolongar
indefinidamente
en
el
tiempo.
Junto
al
diagnóstico
de
la
situación
y de
las
necesidades
de
estas
personas
en
el
proceso
penal,
la
Red
de
Juristas
de
FEAPS
expone
en
el
libro
algunas
propuestas
y
recomendaciones
que
pueden
resultar
de
mucha
utilidad
a
todas
las
partes
implicadas
en
procedimientos
de
este
tipo
y en
los
que
cualquier
ciudadano
puede
verse
inmerso
en
determinadas
ocasiones. |