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La defensa del interés del menor, objetivo prioritario
MADRID, 28 de ABRIL de 2014 - LAWYERPRESS
 

Aquellos por debajo de los doce años podrán ser oídos en procesos judiciales

El Consejo de Ministros del pasado viernes analizó los Anteproyectos de Ley Orgánica y de Ley de Protección a la Infancia, que suponen un paso más en los planes de protección al menor que está desarrollando de forma prioritaria el Gobierno. Tanto la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, como la ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, han destacado que España se va a convertir en el primer país del mundo en incorporar a su ordenamiento la defensa del interés superior del menor. La ministra ha precisado que la reforma de la legislación en materia de infancia tiene como objetivo garantizar "la especial protección del menor de manera uniforme en toda España".
Ana Mato apuntó como novedad que se promueve la participación de los menores, incluidos los de menos de 12 años, en los procesos judiciales a través del derecho a que sean oídos y escuchados. Además, en los procedimientos en los que hayan sido víctimas o testigos se establecerán medidas para que no tengan que repetir su testimonio ante diferentes instancias judiciales.
Otra novedad es que, por primera vez, se definen en una norma de rango estatal las situaciones de los menores en riesgo y desamparo. Se considera situación de riesgo aquella en la que el menor se vea perjudicado en su desarrollo personal, familiar o social. La declaración de desamparo está determinada por el abandono; riesgo para la vida, salud o integridad física; o la inducción a la mendicidad, la delincuencia o la prostitución.
La ministra recalcó que la finalidad de la reforma es mantener al menor en la familia de origen, y, si esto no es posible, buscar la mejor familia para cada niño. "Queremos conseguir que todos los menores de tres años vivan con una familia sin tener que pasar por un centro de acogida. En el caso de que haya varios hermanos se promoverá que puedan permanecer juntos", ha dicho.
Ana Mato aseguró que "se priman siempre las medidas familiares frente a las residenciales, las estables frente las temporales y las consensuadas frente a las impuestas".
En el caso de acogimiento familiar, la ministra ha precisado que será de tres tipos: de urgencia (para menores de 6 años con una duración no superior a 6 meses); temporal (con una duración máxima de dos años) y permanente (pasados dos años de acogimiento temporal y cuando no sea posible la reintegración familiar o en caso de menores con necesidades especiales).
Al igual que el acogimiento, la adopción nacional se agiliza. Así, para menores en desamparo no será necesario el asentimiento de los padres biológicos si transcurren dos años sin que hayan intentado revocar dicha situación. Además, una vez iniciado el expediente, la tramitación seguirá adelante si los padres biológicos, una vez citados, no comparecen.
Mato resaltó también que antes de que la entidad pública proponga al juez el expediente de adopción, podrá iniciarse un periodo de convivencia entre el menor y la familia considerada idónea, de tal manera que los niños permanecerán siempre en una familia y no tendrán que ingresar en centros de acogida.
La ministra también indicó como novedad que se regula la adopción abierta. Es decir, la posibilidad de que el menor adoptado mantenga algún tipo de contacto con miembros de su familia biológica. También se regula el acceso a los orígenes biológicos de los niños adoptados. Una vez alcanzada la mayoría de edad, o antes por medio de sus representantes, podrán conocer datos como la identidad de sus padres, su historia médica o la de su familia. Para ello, las entidades públicas asegurarán la conservación de la información de la que dispongan durante, al menos, cincuenta años.
 

 

 

 

 

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