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Activa Mutua 2008 organizó el pasado jueves 26 de septiembre, una jornada de formación y networking entre distintos profesionales de Derecho Laboral, que se llevó a cabo en el Hotel Borgía de Gandía. El acto estuvo presidido por Joaquin Faus Muñoz, Director de la Delegación de Gandía, junto con Antonio Garcia Lechago, Director de la Delegación Territorial de la Comunidad Valenciana de la referida Mutua de Accidentes de Trabajo, siendo la ponencia a cargo de Laura M. Mollá Enguix, Abogada en el departamento laboral de GMR Management y Servicios Jurídicos en Valencia. La Ley 3/2012 introdujo importantes reformas, entre otras, en materia de negociación colectiva, siendo una de ellas la que afecta a la vigencia de los Convenios Colectivos. Esta nueva normativa sirvió para debatir la Ultraactvidad de los Convenios a través de la intervención de Laura M. Mollá. Esta jurista destacó la importancia del proceso negociador en la empresa, así como la necesaria lectura, no solo del articulado en el texto legal, sino también de la exposición de motivos que evidencia el verdadero espíritu de la norma. En este caso, la ponente incidió en la voluntad del legislador, según se desprende de la exposición de motivos, en que la negociación colectiva sea un instrumento y no un obstáculo, evitando así que se petrifiquen las condiciones de trabajo, adaptándose a las realidades actuales de la empresa. Genera inseguridad jurídica La inseguridad jurídica que está generando la aplicación de la norma para los profesionales del derecho laboral, se puso de manifiesto en el posterior espacio de networking, siendo lo más comentado la falta de acceso que tienen estos profesionales a las fases de negociación o el conocimiento de que un determinado convenio esté o no denunciado. Se debatieron también las recientes sentencias que se han dictado en materia de ultraactividad, con evidente repercusión mediática por las consecuencias inherentes al fallo de las mismas. La sentencia dictada por la Audiencia Nacional en el expediente de AIR NOSTRUM, o la dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Vigo en los autos del Hospital POVISA, inciden en la importancia de las clausulas convencionales relativas a la vigencia del convenio, a la voluntad negociadora de las partes y la importancia de atender al contenido de las actas en todo proceso de negociación del convenio colectivo. Se está a la espera de lo que pueda resolver el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en autos que afectan al Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid. La ponente insistió, como medida preventiva antes de adoptar cualquier decisión unilateral por la empresa, en un adecuado estudio sobre la situación en la que se encuentra el Convenio Colectivo para determinar si nos encontramos ante un supuesto previsto en el art. 86.3 del Estatuto de los Trabajadores o la Disposición transitoria 4º de la Ley 3/2012. Encuadrado el supuesto, siempre es más recomendable llevar a cabo un proceso negociador entre empresa y trabajadores antes de adoptar cualquier decisión unilateral, dada la inseguridad jurídica que nos presenta la norma. Otro tipo de recomendaciones que surgieron del debate fue el adaptar el contenido del contrato a la voluntad de las partes, evitando en lo posible “clausulas tipo”. La situación actual deja la capacidad de decisión en los tribunales, pero apostando por un verdadero interés negociador entre la partes se pueden evitar conflictos colectivos que dificulten la actividad diaria de la empresa. Se pusieron también de manifiesto las dos corrientes doctrinales que vienen a interpretar el contenido de los artículos 86.3 Estatuto de los Trabajadores y la Disposición Transitoria 4º de la Ley 3/2012. Ésta última, que no tiene efectos retroactivos no viene a invalidar las clausulas convencionales relativas a la vigencia del convenio colectivo pactado por las partes. Es la cláusula “salvo pacto en contrario” la que viene a potenciar esta autonomía de la voluntad de las partes. La jornada tuvo un carácter muy práctico, destacando la importancia de tener en cuenta las resoluciones judiciales, además del texto legal, y poniendo incidencia en la voluntad real de llevar a cabo un verdadero proceso negociador. Esta jornada, organizada por Activa Mutua 2008, responde a la iniciativa de la entidad en fomentar la acción formativa de los profesionales y empresarios, potenciando la cultura preventiva y gestionando de forma eficiente los recursos de la Seguridad Social, en el marco de su código de conducta y dentro de la misión, visión y valores de la entidad.
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