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La futura Ley de Servicios y Colegios Profesionales reduce la colegiación a abogados y procuradores que acudan al juzgado e inyectará a la economía unos 7.000 millones de euros
MADRID, 03 de AGOSTO de 2013
 

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al anteproyecto de ley de servicios y colegios profesionales que elevará en 7.000 millones el crecimiento de la economía a medio y largo plazo y que pretende modernizar un sector "relevante, importante y dinamizador de la economía", según explico el Ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos en rueda de prensa posterior. Desde su punto de vista se da un paso fundamental en la modernización y liberalización de un sector muy competitivo. En el plano jurídico, la Disposición Adicional Primera de este Anteproyecto reduce la colegiación obligatoria en este sector legal a abogados, procuradores y graduados sociales que acudan a los Tribunales, además de notarios registradores. Este anteproyecto también permitirá en el futuro el ejercicio simultáneo de las profesiones de abogacía y procura. Como ya saben los lectores de Lawyerpres Emprende, hace unos días Unión Profesional, entidad que aglutina a todos los Colegios Profesionales, se quejaba de no haber sido consultada para este anteproyecto.

El ministro aseguró que la nueva ley forma parte de las recomendaciones de liberalización realizadas por la Comisión Europea (CE), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la OCDE. "Es una cuestión recomendada", ha dicho Guindos, tras asegurar que parte de la regulación proviene incluso del siglo XIX.
Y dio como datos que los servicios profesionales suponen el 9% del PIB, el 6% del empleo y el 30% del empleo universitario total que en algunos trimestres ha tenido crecimientos del 40% frente a la atonía general de la economía.
El anteproyecto limita la colegiación obligatoria a profesiones sanitarias, jurídicas y a las técnicas que exijan visado, al tiempo que desarrolla principios de transparencia y buen gobierno en dichos colegios. Además, establece el libre acceso y ejercicio de los servicios profesionales, ya que las restricciones de acceso sólo podrán ser exigidas por ley.
Los Colegios tendrán que implantar un Código Deontológico que impuse su actividad sobre buen gobierno y responsabilidad social corporativa. Guindos habló de la necesidad de potenciar la transparencia para evitar, entre otras cuestiones, la contratación de familiares en órganos directivos del Colegio.
En este sentido, los colegios profesionales deberán facilitar el acceso a su información contable, tendrán que contar con un código deontológico y aceptar una serie de parámetros para ejercer su potestad disciplinaria. De Guindos ha asegurado que, además, para establecer el régimen general de remuneración de cargos directivos deberá aprobarse por una mayoría cualificada de los colegiados.

Servicios Profesionales
Se establecen las condiciones comunes que regirán en el acceso o ejercicio de las distintas profesiones, bajo el principio general del libre acceso y ejercicio. Las restricciones de acceso a una actividad basadas en una cualificación profesional sólo podrán exigirse por ley (estatal o autonómica) siempre que sea necesario por motivos de interés general, proporcionado y no discriminatorio. Cuando la cualificación requerida sea un título universitario o de Formación Profesional superior, debe contemplarse en ley estatal.
Además se establece una lista de normas que mantienen su vigencia en lo que se refiere a las reservas de actividad y/o condiciones de acceso. Entre ellas se incluyen todas las que regulan atribuciones en el ámbito de ingeniería y edificación, sanitarias, transporte y educación, entre otras (alrededor de 120). Las normas no incluidas en la lista quedarán automáticamente derogadas en lo que se refiere a esta materia.
Un dato importante para el sector jurídico es que se elimina la incompatibilidad del ejercicio simultáneo de la abogacía y la procura (representación ante los Tribunales). Esta medida será de aplicación inmediata, sólo condicionada al despliegue del sistema de notificación electrónica del Ministerio de Justicia y a que los Colegios de Abogados establezcan su presencia en los salones de notificación de los tribunales, lo que implica un periodo transitorio. Se eliminan los aranceles de los procuradores, de forma que a partir de la entrada en vigor de esta Ley sus honorarios serán fijados libremente con los clientes.
Otro asunto que se propone crear una Comisión de Reforma de las Profesiones que analizará los requisitos de acceso y el ejercicio profesional y, en su caso, hará las propuestas de modificación que considere y para ello podrá consultar al sector de que se trate. La Comisión estará coordinada por el Ministerio de Economía y de ella formará parte el Ministerio de Educación, la Agencia Nacional de la Evaluación de la Calidad y Acreditación y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Esta Comisión informará sobre cualquier cambio normativo que incida en los requisitos de acceso y ejercicio de las profesiones y de sus reservas de actividad. También podrá realizar de oficio una evaluación de las restricciones de acceso y de ejercicio existentes a la entrada en vigor de esta ley. En este caso, también formará parte de la Comisión el Ministerio que corresponda por razón de su competencia en la profesión analizada.

Reacciones adversas
Unión Profesional muestra su sorpresa ante la aprobación de un anteproyecto de tal complejidad e impacto social sin la interlocución real y necesaria con el sector. «La liberalización de los servicios profesionales no es una cuestión baladí ni debe ser mirada únicamente desde un prisma económico, existen unos derechos de los ciudadanos que proteger a través de la sujeción del profesional a unas normas éticas y deontológicas mediante la colegiación y eso no creo que haya sido tenido en cuenta», afirma Carnicer.
Pendientes de poder analizar el texto completo del Anteproyecto, desde la organización que agrupa a las profesiones colegiadas españolas se reitera la necesidad de mantener la colegiación en todas aquellas profesiones cuyo ejercicio afecten a la salud, la seguridad, el patrimonio, los bienes, los servicios generales o el medio ambiente. Además de las ya contempladas —jurídicas, sanitarias y técnicas (en su más amplio ejercicio)—, existen muchos profesionales como psicólogos, geólogos, químicos, físicos, economistas, actuarios, trabajadores y educadores sociales, gestores administrativos, agentes de la propiedad inmobiliaria, administradores de fincas, agentes de la propiedad industrial o licenciados en Educación Física que deben ser ayudados y controlados por los colegios profesionales para proteger los derechos de la ciudadanía.
 


 




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