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Por Franco Conforti, director de Acuerdo Justo
Sin lugar a dudas el efecto no deseado (o medido) de los bancos en cuanto a las ejecuciones hipotecarias y los desahucios es la perdida de clientes de forma casi masiva y la pésima imagen social que están dejando. Los bancos se están convirtiendo (queriéndolo o no) en grandes agencias inmobiliarias que además de no saber que hacer con la inmensa cantidad de pisos que tienen en cartera, se ven con el problema de tener que mantener los gastos del creciente número de pisos. Va de suyo que las listas de morosos por impagos de cuotas comunitarias están lideradas por los bancos y que el número de mediaciones esta aumentando considerablemente en el sentido de procurar el cobro y puesta al día de las cuentas de la comunidad de vecinos. Pero no menos cierto es que el otro tema de candente actualidad es el relacionado con las cláusulas suelo de los prestamos hipotecarios se ha convertido en un duro revés para los bancos. La reciente sentencia del Tribunal Supremo que anula las cláusula suelo esta dando mucho de que hablar y es que el 9 de mayo se conocía el fallo que daba la razón a la postura de AUSBANC que había planteado la nulidad de dicha cláusula en un gran numero de prestamos de los muy sonados bancos BBVA y NCG entre otros. Una cláusula suelo es aquella que indica que el banco cobrará por ejemplo un mínimo de interés del 3,5 % sobre el préstamo que ha otorgado aunque los tipos de interés del banco central europeo bajen al 1 %. Hay que echar cuentas para ver la magnitud que esto puede tener en un caso u otro ya que no todos los prestamos son iguales. Ahora bien, también hay que decir que no todas las cláusulas suelo son ‘per se’ anulables, para que se verifique ello habrá que ver que en el préstamo no exista transparencia y claridad en la información que el banco ha brindado al cliente de forma tal que éste último (el cliente) hubiera podido valorar correctamente el “reparto de los riesgos derivados de la variabilidad del tipo de interés”. Otra cosa que si parece bastante clara es que la anulación no es retroactiva, vale decir que aunque el cliente logre la anulación de la cláusula, ello tendrá efectos en cuanto a las próximas revisiones de la hipoteca. Vale decir que lo pagado antes de la sentencia, pagado queda. Tampoco hay que olvidarse del gran mérito que han echo y están haciendo los bancos en relación con las preferentes, otro gran tema que suma y resta mucho más de lo que la propia banca pudo haber imaginado. La pésima imagen que ya tenía la banca ganada a pulso, en ésta época de crisis, con los finiquitos e indemnizaciones multimillonarias, sumada a las ejecuciones hipotecarias y gestión de los desahucios, la comercialización del producto estrella “preferentes” y condena en la justicia por el tema de las cláusulas suelo arroja como resultado un deterioro en la imagen de los bancos que ya se me antoja insostenible, pero no sólo a mi me parece insostenible, ya que veo como resultado tibias reacciones que están haciendo que se modifiquen las políticas bancarias de algunas entidades como el BBVA que ha anunciado con bombos y platillos que retiran las cláusulas suelo de todos los prestamos que tienen concedidos. No nos llamemos a engaño en cuanto a creer que se ha despertado la RSE o RSC de la Banca Española, lo que si esta sucediendo es que muchos bancos están empezando a dar cuenta de que dependen de los clientes para subsistir y creo que comienzan a considerar a la mediación de conflictos como la vía que les posibilita la reconciliarse con los clientes. En cualquiera de estos supuestos solicitar una mediación con el banco puede se beneficioso y en el caso de las “cláusulas suelo” incluso por doble vía: a) verificar si en el caso de su préstamo la cláusula suelo es anulable o no, y b) lograr no lo la anulación de cara al futuro sino también el reintegro de los importes que se hubieran pagado por aplicación de esta cláusula a partir del 9 de mayo de 2013, es decir con posterioridad a la sentencia del Tribunal Supremo.
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