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Por Dra. Alicia Coduras, Directora de la Cátedra de Fomento del Espíritu Emprendedor, Universidad Antonio de Nebrija
Hace unos días le pregunté a un empresario: ¿cuántas veces ha emprendido usted? Su respuesta fue: ¿cuántos días tiene el año? El empresario que lleva en la sangre lo que está haciendo tiene una actitud emprendedora constante y más en el escenario actual en que hay que aprovechar hasta la más mínima oportunidad de hacer negocio y dar trabajo. Sí, insistí yo, pero mi pregunta se refiere más al hecho de que alguna de sus actividades haya fracasado o haya tenido que ser liquidada en el pasado y a que me explique qué decisiones tomó usted: si pensó en abandonar el mundo empresarial o si, por el contrario, enseguida acometió otra iniciativa. Mire, me dijo, el empresario es muy consciente de que sus productos o servicios no son eternos. Algunos productos o servicios pueden prolongarse más en el tiempo y otros se quedan obsoletos de forma bastante rápida, pero la inmensa mayoría tiene fecha de caducidad. Asimismo, la competencia y los imitadores pueden limitar seriamente las expectativas empresariales, así como puede hacerlo el estado del mercado. Por todo ello, el empresario casi siempre tiene en mente innovaciones, mejoras, alternativas y planes de contingencia. Aquellos que no lo hacen se engañan a sí mismos. Desde mi experiencia, lo más habitual es que los empresarios sigamos en la brecha y que acometamos los cambios dentro de nuestra industria de forma gradual y habitualmente planificada. Lo normal es ir analizando el entorno y saber ajustar el producto o servicio o cambiarlo en función de la evolución del mercado. Si aun así hay que acometer un cierre o liquidación, la mayoría volvemos a desarrollar otra actividad. Entonces, ¿piensa usted que la idea generalizada de que los españoles no remontamos tras un fracaso empresarial no se ajusta a la realidad? En mi opinión y desde mi experiencia, responde él, el que es verdaderamente empresario no deja de serlo y sigue buscando oportunidades tras lo que usted llama un fracaso. Yo utilizaría otro término, pues cualquier actividad que haya estado en el mercado ha dado un fruto y eso es siempre un éxito. Vuelvo a insistir en que apenas hay productos o servicios que puedan permanecer “eternamente” en su forma original en el mercado. El resultado de esta corta entrevista puede no ser representativo de lo que sucede en España en cuanto al emprendimiento de segunda oportunidad, pero a mí me dio la impresión de solidez y coherencia con lo que se espera de un empresario y que bien puede responder a la mayoría de este colectivo. Por otro lado, hace algún tiempo realicé un estudio acerca de este tema entrevistando a las personas que afirmaron haber abandonado una actividad empresarial el año 2009 a instancias de la Dirección General de Política de la Pyme que deseaba cuantificar el emprendimiento de segunda oportunidad. El resultado de la consulta fue que, del total de casos de abandono de ese año (recordemos que fue en plena crisis), un 19,1% estaba en la fase de diseñar una nueva iniciativa emprendedora, un 2,5% ya estaba en la fase de puesta en marcha y un 16,7% ya tenía operativa una nueva actividad. En total, en menos de un año, un 35,9% de los abandonos del anterior se recuperaban para el tejido empresarial. Los resultados indicaron, además, que más de la mitad innovaron dentro del sector o acometieron negocios en uno diferente, modernizándose tal y como ha señalado el empresario entrevistado. Este estudio proporcionó muchos detalles que apuntan a que el tratamiento del fracaso empresarial en España está algo mitificado, y que gran parte de la población involucrada en el proceso emprendedor no se afecta por la actitud general atribuida a la población de menosprecio al que tiene que abandonar un negocio por alguna circunstancia. En cualquier caso, la nueva Ley del Emprendedor ha tenido en cuenta la importancia de ayudar a los empresarios con dificultades articulando herramientas para abordar una segunda oportunidad. Concretamente, la Ley señala que: “Aquellos que fracasen en su intento emprendedor, tendrán una segunda oportunidad. Para ello, se introducirán cambios en la ley concursal para establecer un nuevo mecanismo que permita a los empresarios cuyas deudas no superen los 5 millones de euros negociar un plan de pagos con los acreedores con moratorias de hasta 3 años”. Se trata de una nueva modalidad de acuerdo de refinanciación en que el empresario puede negociar con sus acreedores extrajudicialmente y que podría aplicarse a un número significativo de casos permitiendo la recuperación de actividades, siempre que el fracaso no se deba a obsolescencia del producto o servicio. Si el producto o servicio no tiene mercado, esta fórmula puede servir para mantener a flote la firma pero sólo si se acomete el propósito de su reconversión urgente. La Ley amplía los mecanismos para afrontar dificultades, no hay duda de ello, pero cada caso de fracaso deriva de unas circunstancias particulares, por lo que está por ver si la norma general será suficientemente flexible para responder a las particularidades. Asimismo, como todo nuevo mecanismo, falta por ver la capacidad y rapidez de adaptación del empresariado y también del autónomo al mismo, así como la tasa de su utilización. Nuestro tejido empresarial se moderniza progresivamente, pero hay una gran proporción de micro empresarios que pueden sentir estos mecanismos como alejados de su realidad, y ni siquiera plantearse su utilización cuando estén aprobados. El gobierno y todos los agentes relacionados con el proceso empresarial deben considerar la realización de acciones de difusión y pedagógicas en cuanto al contenido de la Ley, para que su futura aplicación revierta en facilitar las actividades de los empresarios en general: desde los que tienen un autoempleo o un micro-negocio a los que dirigen grandes compañías. En este sentido, y para finalizar, quisiera remarcar que a veces sucederá que el propio empresario o autónomo pueda percibir como más fácil el cerrar su actividad siguiendo el modelo “tradicional” que el gestionar negociaciones con los acreedores según el nuevo modelo. Es importante reflexionar acerca de todo ello y aproximar lo más posible las nuevas fórmulas a quien las va a necesitar realmente. Para saber más, recomiendo la lectura de: http://www.elconfidencial.com/tecnologia/2013/04/26/el-gobierno-regula-la-segunda-oportunidad-para-empresarios-que-quiebren-su-compania-4774/ y de: http://hayderecho.com/2013/06/20/fresh-start-y-anteproyecto-de-ley-de-emprendedores-no-hay-segunda-oportunidad-para-el-que-menos-tiene/
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