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Por Dra. Alicia Coduras, Directora de la Cátedra de Fomento del Espíritu Emprendedor, Universidad Antonio de Nebrija
Para los que estudiamos el fenómeno emprendedor desde hace década y media, la formulación y aprobación de una Ley que mejore el entorno emprendedor del país es una noticia positiva, y la constatación de que la información que proporcionamos es analizada. Esta aprobación se suma a las medidas adoptadas en Febrero por el Gobierno, y puede suponer el estímulo más notable diseñado hasta la fecha para alentar la intención emprendedora en España. El entorno al que se enfrentan los emprendedores se compone de muy diversos elementos, la mayoría de los cuales son valorados por debajo del aprobado desde hace muchos años. Por ello, cualquier acción encaminada a cambiar esta valoración debe ser bienvenida. Un aspecto al que prestamos especial atención los analistas es el de la financiación para emprendedores por considerarlo uno de los más críticos. La nueva Ley incide directa e indirectamente en este apartado. Directamente, mejorando los supuestos en que una parte importante de las actividades empresariales podrán escoger la forma de hacer frente al pago de determinadas partidas clave (IVA, costes de la Seguridad Social), para superar la fase de puesta en marcha y, por supuesto, para afrontar el día a día. El hecho de no universalizar la medida generará controversia y será necesario observar el efecto tras su puesta en marcha, pero no deja de atender a un punto muy preocupante en el momento actual. Asimismo, el cambio que se va a operar en cuanto a tener que responder con parte del propio patrimonio a las deudas generadas por una actividad empresarial, y el nuevo planteamiento de la gestión de deudas para acometer una segunda oportunidad en muchos casos, van a tener un efecto interesante sobre una de las lacras más extendidas en España como freno al emprendimiento: el temor al fracaso o aversión al riesgo empresarial. La Ley también va a incidir indirectamente en el favorecimiento de la financiación para emprendedores a través de la incentivación fiscal de las inversiones realizadas por inversores de proximidad, popularmente conocidos como inversores informales y, si están profesionalizados, como Business Angels. Estos colectivos han respondido de forma muy sólida a lo largo de la crisis, de forma que la proporción de este tipo de inversores no ha dejado de aumentar desde el año 2008, acompañando a los emprendedores como una alternativa financiera muy importante ante la falta de acceso al crédito bancario. Por todo ello, es uno de los epígrafes de la nueva Ley que hay que destacar y que puede desencadenar un mayor aumento de participación de la población en estas prácticas. Otro aspecto que destaca al analizar el entorno emprendedor se refiere a las políticas y a los programas públicos. La nueva Ley en sí, es un paso adelante en la mejora de este apartado, siendo necesario para su mayor efectividad el que se acompañe de una difusión inteligente y masiva. Las novedades que presenta la Ley son múltiples, abarcan muchos apartados y, al igual que en muchos documentos legales, tienen “letra pequeña”. Dominar, comprender y digerir todo ello, llevará su tiempo y es importante realizar una buena campaña y una importante labor pedagógica en torno a este texto para que se multiplique su efecto y utilidad, así como para proceder a su mejora en aquellos puntos en que pueda no resultar satisfactorio. También entre los apartados más importantes y que puede suponer un gran avance para España, tenemos el dedicado a la agilización y simplificación de los trámites burocráticos. El grado de desarrollo de nuestro país no se corresponde con las posiciones que ocupamos en el ranquin Easy of Doing Business, por poner un ejemplo, por lo que se trata de uno de los puntos conflictivos cuya superación alentaría una mayor traducción de intención en emprendimiento efectivo, tanto por parte de personas residentes en nuestro país, como por parte de extranjeros. Los Ayuntamientos, percibidos desde hace años como uno de los cuellos de botella en el proceso de tramitación, van a resultar mucho más accesibles y ágiles gracias a los nuevos avances telemáticos (PAE y Emprende 3). Un tema que guarda relación con la apertura del mercado interno es la nueva óptica con que se va a tratar el posible aumento de participación de los emprendedores en los concursos de adjudicación de proyectos y contratos públicos, que puede proporcionar un conjunto de oportunidades escasamente accesibles hasta la fecha para este sector. Asimismo, es muy importante la parte de la ley referida a la posibilidad de combinar una actividad asalariada con una emprendedora, pues son muchos los profesionales que podrán regularizar iniciativas y actividades difíciles de encajar en otros formatos y que no deben dejarse perder por existir un vacío legal. La Ley comprende muchos más epígrafes para analizar y valorar, y también contempla el fomento de la cultura emprendedora. El espacio es limitado para ofrecer un análisis exhaustivo pero será interesante hacer un seguimiento de su impacto y resultados una vez implementada. Todos los agentes relacionados con el emprendimiento y la creación de empresas deben trabajar para transmitir el contenido de esta Ley, para analizarla y para aportar críticas constructivas. Para saber más recomiendo la lectura de las medidas de apoyo al emprendedor publicadas en Febrero (http://www.boe.es/boe/dias/2013/02/23/pdfs/BOE-A-2013-2030.pdf) y el texto de esta nueva Ley en cuanto sea accesible al público.
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