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Dentro de las medidas aprobadas el pasado Viernes por el Consejo de Ministros y encuadradas en el Real Decreto Ley de Medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad se incluye una que abre la posibilidad de que los autónomos puedan compatibilizar la pensión de jubilación con el mantenimiento de su actividad. En concreto se abre la posibilidad de que, una vez alcanzada la edad de jubilación, los trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia sigan trabajando a tiempo completo o parcial percibiendo el 50% de la pensión, además de la retribución que obtenga por su trabajo o actividad. La cotización a la Seguridad Social en estos supuestos será del 8% de su base. Para los trabajadores por cuenta ajena la empresa se hará cargo del 6% y el trabajador del 2%. En el caso de los trabajadores por cuenta propia, lógicamente, el abono del 8% corresponderá al autónomo. En el momento en que finalice el periodo de actividad se restablece el pago de la pensión íntegra, sin que el pensionista pierda esta cualidad en ningún momento ni éste pueda cobrar una cantidad superior por el hecho de haber cotizado durante ese tiempo. Para acceder a esta modalidad el trabajador deberá haber alcanzado la edad legal de jubilación y debe corresponderle el 100% de la base reguladora. La medida puede ser positiva para los muchos autónomos que cotizan por la base mínima y que al jubilarse tienen una pensión sensiblemente más baja. Siempre es mejor ser previsor y haber cotizado más pero por lo menos tendrán el refuerzo de mantener su actividad en el negocio y cobrar parte de la pensión. Desde luego el Gobierno no ha pensado en ésto para aprobar la norma. Lo que consiguen, si la gente se acoge a este sistema, es que Hacienda y la Seguridad Social recauden un poco más y ahorrarse durante un tiempo parte de la pensión. 35.000 beneficiarios según ATA La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA)calcula que más de 35.000 autónomos podrán combinar salario y pensión a partir del próximo mes de abril gracias al Real Decreto-ley aprobado este viernes en Consejo de Ministros, algo que señala, es un "verdadero avance". En un comunicado, ATA asevera que está "muy satisfecha" con la decisión del Ejecutivo por la que, "por fin", se permita a los autónomos jubilarse anticipadamente en las mismas condiciones que los asalariados del Régimen General. "Era de justicia", ahonda. Según el presidente de ATA, Lorenzo Amor, el hecho de "permitir la jubilación anticipada para los autónomos se puede calificar de avance histórico y da respuesta a las recomendaciones del Pacto de Toledo cuando instaba a equiparar la protección social de los autónomos a la de los asalariados". Por otro lado, la organización de autónomos UPTA considera que las decisiones adoptadas por el Consejo de Ministros, por las que se modifican determinadas aspectos aprobadas por la anterior Ley de reforma de pensiones, "hace más difícil" el acceso a la pensión en condiciones dignas para la mayoría de los trabajadores autónomos. "El acceso a la jubilación anticipada será aún más difícil para los autónomos, que habían conseguido este objetivo hace escasamente un año, al aumentar el periodo mínimo exigible de cotización a 35 años y encarecer los coeficientes reductores", subraya el secretario general de UPTA, Sebastián Reyna.
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