si
bien
otras
veces
la
Administración
utiliza
un
seguro
obligatorio
como
la
excusa
para
establecer
topes
indemnizatorios
y
baremos,
eliminando
así
posibles
indemnizaciones
ilimitadas.
Se
estudian
en
este
grupo
a
los
seguros
que
lo
componen
que
son:
el
seguro
del
cazador,
el
seguro
de
los
pescadores,
los
seguros
de
la
construcción,
los
seguros
de
circulación
y
transporte,
el
seguro
de
cooperantes,
el
seguro
de
estudiantes,
el
seguro
de
riesgos
nucleares,
los
seguros
de
actividades
con
productos
tóxicos
y
peligrosos,
los
seguros
de
actividades
con
impacto
en
el
medio
ambiente,
el
seguro
de
los
cambistas
profesionales,
el
seguro
de
los
intermediarios
del
mercado
de
valores,
el
seguro
de
las
sociedades
de
tasación
de
inmuebles,
el
seguro
de
los
administradores
concursales,
el
seguro
de
las
agencias
de
viajes,
el
seguro
de
animales
potencialmente
peligrosos,
el
seguro
de
las
entidades
colaboradoras
de
la
Administración
y
los
seguros
de
profesiones
y
oficios
regulados.
Por
último,
el
Capítulo
IV
está
dedicado
a
analizar
el
tipo
de
los
seguros
voluntarios:
en
el
que
se
incluyen
aquellos
en
los
que
no
hay
coacción
alguna
de
la
Administración
al
particular,
quien
tiene
total
libertad
al
contratarlo,
aunque
el
Estado
interviene
en
alguno
de
ellos,
aparte
de
para
su
supervisión
general,
cuando
ese
seguro
realice
una
función
de
control
entre
particulares
o
quiera
fomentarlo
mediante
subvenciones,
ventajas
fiscales,
el
reaseguro
o la
garantía
estatal.
Este
seguro
esta
formado
por
el
seguro
de
buques,
los
seguros
de
vida,
el
seguro
de
responsabilidad
civil
y
accidentes,
el
seguro
de
prejubilación,
el
seguro
de
despido
individual
o
colectivo,
los
seguros
de
hogar,
los
seguros
de
enfermedad
y
asistencia
sanitaria,
el
seguro
de
dependencia,
los
seguros
agrarios,
el
seguro
de
crédito
a la
exportación,
el
seguro
de
crédito
y
caución
y
otros
seguros
voluntarios.