Madrid,
28
de
febrero
de
2013
Excma.
Señora:
Por
medio
de
la
presente,
pongo
en
su
conocimiento
nuestro
malestar
y
decepción
por
la
limitada
actuación
de
su
Institución
respecto
a la
acción
por
la
que
se
regulan
determinadas
tasas
en
el
ámbito
de
la
Administración
de
Justicia
y
del
Instituto
Nacional
de
Toxicología
y
Ciencias
Forenses,
en
concreto,
con
la
decisión
de
no
ejercitar
la
legitimación
activa
ante
el
Tribunal
Constitucional.
Por
nuestra
parte
se
lamenta
la
citada
decisión,
mostrando
nuestra
preocupación
y
decepción
al
respecto,
pese
a
las
numerosas
y
justificadas
razones
que
se
trasladaron
a
esa
Institución
por
la
Abogacía,
pero
que
de
poco
o
nada
han
servido
ante
las
manifestaciones
y
compromisos
no
cumplidos
del
Ministro
de
Justicia.
Tras
un
estudio
de
la
norma
aprobada
por
el
Consejo
de
Ministros
el
22
de
febrero,
dicha
norma
se
limita
a
modificar
algunos
problemas
técnicos
y
que
sólo
ha
recogido
alguna
de
las
recomendaciones
que
se
realizaron.
Las
promesas
del
Ministro
de
Justicia,
respecto
a
una
sustancial
modificación
de
la
norma,
incumplida
a la
vista
de
la
norma,
convenció
a
esa
Institución
que
iba
a
conllevar
una
importante
reforma
normativa
de
la
Ley
de
Tasas
y
por
tanto
tomar
la
decisión
de
no
ejercer
la
legitimación
activa
ante
el
Organo
Constitucional.
La
ridícula
modificación
de
la
norma
impide
el
derecho
a la
tutela
judicial
efectiva,
y lo
más
importante
no
convierte
en
constitucional
el
texto
en
vigor
y lo
deseable
hubiera
sido
su
derogación
o su
suspensión
hasta
que
se
pronunciara
el
Tribunal
Constitucional.
En
este
sentido,
incluso
es
posible
apreciar
que
el
Real
Decreto
ley
3/2013
podría
ser
inconstitucional
por
no
respectarse
los
límites
contenidos
en
el
artículo
86.1
de
la
Constitución.
A su
vez,
nos
preocupa
concretamente,
el
hecho
de
que
examinando
la
propia
web
del
Defensor
del
Pueblo,
cuando
en
su
pantalla
inicial
se
contiene
lo
siguiente:
“El
Defensor
del
Pueblo
consigue
la
modificación
de
la
Ley
de
Tasas
Judiciales
con
un
ahorro
para
los
ciudadanos…
El
ministro
de
Justicia,
Alberto
Ruiz
Gallardón
ha
aceptado
las
recomendaciones
del
Defensor
del
Pueblo
que
constituyen
una
modificación
sustancial
del
sistema
vigente
de
tasas
judiciales
y
una
gran
ahorro
para
los
ciudadanos”.
Esta
información
hace
creer
al
ciudadano
que
la
Ley
de
Tasas
es
algo
positivo
y
que
los
resultados
de
la
intervención
de
la
Defensoría
del
Pueblo
han
resultado
realmente
fructuosos,
cuando
ni
el
Ministro
ha
hecho
caso
a
las
recomendaciones
de
su
Institución,
ni
se
convierte
en
una
modificación
sustancial,
más
aún
cuando
se
han
incorporado
los
procedimientos
especiales
no
incluidos
en
la
norma
primaria,
ni
supone
un
gran
ahorro
que
realmente
deba
promocionarse
o
publicitarse
de
esta
manera.
Nuestra
organización
reconoce
y
valora
expresamente
la
función
de
su
Institución,
y su
capacidad
de
diálogo
y
escucha
en
defensa
de
los
Derechos
Constitucionales,
sin
embargo,
en
el
presente
procedimiento
queremos
comunicarle
nuestra
decepción
al
respecto,
rogando
que
se
tomen
medidas
respecto
a
las
normas
invocadas
y
retiren
la
publicidad
de
la
web
que
en
nada
beneficia
o
aclara
la
situación
real
de
la
Justicia
al
ciudadano
que
pretenderá
ejercer
su
derecho
a la
tutela
judicial
efectiva.
Sin
otro
particular,
quedando
a su
total
disposición,
le
enviamos
un
afectuoso
saludo
David
Manuel
Díez
Revilla