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Para todos aquellos que hayáis estado recientemente en los juzgados de la Plaza de Castilla de Madrid, habréis visto que se ha instalado una máquina ( burofax.eu ) que te permite mandar comunicaciones electrónicas certificadas en formato y con la validez de un burofax. La iniciativa, desde luego, resulta interesante, más aún cuando este servicio se ubica en los juzgados, donde las necesidades de disponer de un servicio como el indicado cobra una especial relevancia pues pueden multiplicarse las necesidades, por parte de abogados, procuradores y de las partes litigantes, de llevar a cabo notificaciones relativas al proceso en el que están inmersos. En efecto, en determinadas ocasiones, poder enviar un certificado o un burofax a la entrada o salida de un juicio puede ser de gran utilidad, si no necesario. La localización de dicha máquina en un lugar tan estratégico no hace sino volver a demostrarnos cómo las nuevas tecnologías permiten a los ciudadanos tener a su alcance servicios tremendamente útiles, como pueden ser, en este caso, el del envío de comunicaciones fehacientes. Para Francisco Pérez Bes, abogado experto en NT y vicepresidente de ENATIC “ Los que nos dedicamos a la abogacía hemos tenido la posibilidad, gracias al Consejo General de la Abogacía Española, de tener a nuestra disposición servicios de buromail y de burosms para enviar comunicaciones y documentación de manera certificada. Sin embargo, aún a pesar de la existencia de servicios similares, todavía no se había generalizado el uso de este tipo de herramientas al público en general a través de la instalación de una máquina en un espacio público.” Si extrapolamos este ejemplo a otros ámbitos, las ventajas que ofrece el envío online de comunicaciones certificadas son enormes, pues los casos en los que puede necesitarse el envío online de un burofax para que sea recibido en la cuenta de correo electrónico del destinatario, abren nuevas oportunidades que convienen explorar. Especialmente ahora que los costes de este tipo de tecnología se han reducido enormemente y son asequibles para los consumidores. Sin entrar a valorar los aspectos jurídicos del sistema, cosa de la que ya se encarga un compañero en el Dictamen que se aporta en la propia web, si probamos el funcionamiento de la herramienta de burofax.eu veremos que su uso es sencillo: basta con identificarte como remitente e introducir los datos del destinatario/os (su dirección de correo electrónico). Si, además, conocemos su número de teléfono, el sistema llevará a cabo una serie de avisos que aparecerán en su teléfono a modo de SMS, advirtiéndole de la recepción del correo electrónico en cuestión. Dicho envío permite adjuntar archivos de hasta 20 Megabytes, cuyo contenido también se acreditaría. Una vez el destinatario recibe en su bandeja de entrada el mensaje certificado/burofax, el sistema nos advierte de ello, y registra todo el proceso en un certificado, que acreditará el momento de envío y recepción. Tanto si el receptor abre ese mensaje, lo rechaza o responde, el sistema registra tales actuaciones y el momento en el que se producen, permitiendo al remitente acreditar la correcta recepción del mismo. Lo más notable, es que si el receptor no abriera el correo, el sistema automáticamente lo reenvía al destinatario otras dos veces más cada 24 horas, haciendo un total de tres envíos cada 24 horas y al mismo precio. De ahí, el remitente o emisor, recibe dos certificados: 1) Un certificado extracto de trazabilidad de todo el proceso (incluyendo fecha y hora de envío y recepción, etc.) y 2) Un certificado de Comunicación donde se acredita el contenido de la comunicación. Además, se recibirá un archivo Hash Stak encriptado del proceso. El sistema nos permitirá acceder a y recuperar esos certificados durante 5 años, y los costes se reducen cuanto mayor sea el volumen de envíos. Esto último es lo que posiblemente haga que numerosas empresas y organizaciones adopten este sistema para realizar, con habitualidad, pedidos, enviar facturas, albaranes, convocatorias a juntas directivas, de vecinos (a empleados, altas, bajas, no renovaciones de contratos, etc), y cualesquiera otras notificaciones, gracias a la garantía de poder acreditar la recepción y contenido de dicha comunicación en caso necesario.
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