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El asesoramiento de una consultora especializada en Contratación Pública evita que las compañías dejen de prestar sus servicios a una comunidad autónoma como consecuencia de un error en la inclusión de los informes.
“Encontrar documentación correcta en los sobres que integran la proposición para participar en los procesos de Contratación Pública es, en ocasiones, ‘misión imposible’”, asegura Esther Antúnez, paralegal de Tesera de Hospitalidad.
Lejos de simplificar los procesos de selección de los proveedores que ofrecen servicios a la Administración, la modificación de la Ley de Contratos del Sector Público (Ley 34/2010) publicada en el BOE el pasado 5 de agosto y que entró en vigor en septiembre, ha incrementado en un 35% los errores en la documentación entregada para participar en dichos procedimientos. Los cambios introducidos también han supuesto una complicación añadida para los Departamentos de Contratación Pública de las empresas del ámbito sanitario (compañías farmacéuticas, biotecnológicas, médicas, etc.) porque actualmente son, cada vez más frecuentes, las compras realizadas de forma centralizada por los servicios de salud. Además, en ellas se selecciona a un único adjudicatario por lote para todos los hospitales públicos de la comunidad autónoma correspondiente durante un periodo de hasta cuatro años. A raíz de dicha modificación en la Ley 34/2010, los proveedores de la Administración Sanitaria encuentran cierta inseguridad jurídica, motivada por la forma en la que los órganos de contratación de las diferentes comunidades autónomas están interpretando sus principales reglamentos. Errores más frecuentes Con el fin de paliar la incertidumbre de los licitadores, hay que plantearse cuáles son los errores habituales, presentes en muchos de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares por los que se rigen las convocatorias, así como sus posibles soluciones.
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