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publicado el 03 de FEBRERO 2007
ACAM considera que la Ley de Acceso a la Abogacía abre la puerta al desarrollo del arbitraje en la formación del letrado

“Es una magnifica oportunidad que no debe desaprovecharse, señala Miguel Angel Gimeno, presidente de la Asociación Comunitaria de Arbitraje y Mediación (ACAM). Con la nueva Ley de Acceso a la abogacía se abre un periodo formativo de dos años para el futuro letrado en el que sería fundamental que conociera a fondo las ventajas de aplicar las soluciones extrajudiciales en determinados casos”. Como se recordará el pasado mes de octubre quedó aprobada la nueva Ley de Acceso a la Abogacía, una reivindicación histórica casi centenaria en este colectivo profesional, uno de los más numerosos de la Unión Europea. Desde su próxima entrada en vigor próximamente, y pese a existir un periodo de vacatio legis de cinco años, lo que supone aplazar su obligatoriedad, la nueva ley establecerá al futuro abogado dos años de formación -con un 50 por cien de prácticas- y un examen para conocer su capacitación.
“En este posgrado que se diseña para el nuevo letrado, explica el presidente de ACAM debe haber horas suficientes y materias para que el futuro jurista conozca las ventajas del arbitraje como en muchos más casos más recomendado por su rapidez y ahorro de costes que la via judicial ordinaria ,tanto por la especialización del arbitro, por su reducido tiempo de tramitación así como por las ventajas de aplicar el arbitraje a conflictos multinacionales si llegara el caso. Y, lo que es más importante que el nuevo jurista pueda conocer cómo puede incorporarse de forma activa al procedimiento arbitral. Porque nuestra institución siempre recomienda que cualquiera de las partes que acuda a un arbitraje se encuentra asesorado por su propio abogado.” En este contexto hay que recordar que la última Ley de Arbitraje de abril del 2004 señala de forma directa el desarrollo del arbitraje de derecho, donde el propio letrado, siempre que cumplan unos requisitos adecuados reflejados en el Reglamento de la Corte Arbitral a la que se encuentran adscritos.
Sobre la metodología a emplear en este terreno formativo, Miguel Angel Gimeno explica que la formación en arbitraje debe ser cien por cien práctica. “Nuestra Corte Arbitral se brinda a colaborar en la formación de los nuevos letrados de cara a que desarrollen una cultura del procedimiento arbitral”, indica. Además, en un contexto en el que las nuevas tecnologías irrumpen con gran fuerza no sería desdeñable apoyarse en el uso y desarrollo de la formación online, el tradicional e-learning para que el proceso formativo se impulsara desde cualquier punto de la geografía española. “Afortunadamente, hoy por hoy, gracias a las grandes inversiones desarrolladas por la Administración en este campo es factible cualquier proceso formativo online, o de una forma mixta, combinando la parte presencial con el e-learning.
De hecho en la actualidad, cerca de medio centenar de profesionales se están formando como árbitros a través de la plaforma e-learning del Registro de Economistas Forenses del Consejo General de Colegios de Economistas de España (Refor), lugar donde se encuentra alojado este I Curso Online de Formación Online y a Distancia de Arbitros. Esta iniciativa que permanecerá en la red hasta finales del 2007 es fruto de la alianza entre el Refor; la Asociación Comunitaria de Arbitraje y mediación y la Editorial Jurídica El Derecho Editores. Según los organizadores, el objetivo de este Curso, que cuenta con 60 horas lectivas es formar profesionales como árbitros, ya sean abogados (arbitraje de derecho) o profesionales con más de diez años de experiencia (arbitraje en equidad). Estamos ante la mayor iniciativa online que se recuerda para la difusión y promoción del arbitraje hasta la fecha en nuestro país. Cualquier profesional, interesado en estos temas, y con un mínimo de diez años de experiencia, que disponga de un PC y conexión a Internet podrá recibir esta formación, avalada por un cuadro docente de primera línea.

 



 

 


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