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COMUNIDAD LEGAL
Con la aprobación en el Senado de la Ley de Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador, los profesionales españoles se igualan a sus homólogos europeos en la vía de acceso a la profesión. El titulo universitario, dos años de formación con la mitad en prácticas y un examen final son los requisitos para poder ejercer de letrado en España. El Consejo General de la Abogacía calificó la aprobación de la ley como “verdadero hito” ya que se venía reclamando una regulación desde nada menos que 1917. El Presidente del CAE, Carlos Carnicer, se mostró muy satisfecho con la nueva Ley que mete España “de lleno en el sistema europeo”, dijo en una conferencia de prensa La Ley de Acceso a la profesión encontró el apoyo de todos los senadores excepto el grupo del Bloque Nacionalista Gallego. Su entrada en vigor supondrá que los 15.000 estudiantes de derecho que terminan anualmente sus estudios se enfrentarán a dos años de formación teórica-práctica que finalizará con un examen de aptitud unificado para toda España. La formación teórica de postgrado se realizará tanto en las universidades como en las escuelas de práctica jurídicas reconocidas por el CGA. La parte de formación práctica será supervisada por un abogado con más de cinco años de ejercicio y se realizarán fuera de las universidades o escuelas jurídicas. Superada el periodo de formación el futuro abogado habrá que aprobar un examen a nivel nacional que será e evaluado por un tribunal compuesto de miembros representantes de los ministerios de Educación y de Justicia, de las respectivas comunidades autónomas y del Consejo General de Abogacía. La ley recoge también una plazo de cinco años para la plena puesta en marcha de la normativa ya que sería un grave perjuicio para aquellos estudiantes que acaban de comenzar sus estudios. Según Carlos Carnicer todos los ciudadanos podrán recibir la formación necesaria para poder acceder a la profesión.”
Texto de la Ley ofrecida por el CGA en formato PDF
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