MARKETING

COMUNICACIÓN

INTERNET

FORMACIÓN

RRHH

PUBLISHING & EVENTS

DIRECTORIO

PORTADA

Noticias de Despachos

Operaciones

Vida Colegial Comunidad Legal Sistema Judicial Internacional
Arbitraje Mediación TIC Abogados Jóvenes Entrevistas Colaboraciones/Opinión Reportajes Agenda BLOGS LP emprende

Miguel Recio - Protección de Datos … sin fronteras - BLOGS de LP emprende

 

Protección de Datos … sin fronteras

Miguel Recio - @MRecioCloud

MADRID, 12 de JUNIO de 2015

 

Avances en la interoperabilidad entre las BCRs y las CBPRs

Uno de los frentes que tiene abierto la Unión Europea en materia de protección de datos personales y privacidad es el relativo a conseguir la interoperabilidad entre las normas corporativas vinculantes (en inglés, Binding Corporate Rules, BCRs) y las reglas de privacidad transfronteriza (en inglés, Cross-Border Privacy Rules, CBPRs).

Si bien pareciera que, en esta ocasión, nos alejamos de tratar cuestiones sobre protección de datos y privacidad con los Estados Unidos de América, es necesario tener en consideración que dicho país es el promotor de las CBPRs y una de las economías del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), junto con otros países tales como Canadá. Por cierto, ninguno de los países que conforman dicho Foro tiene el nivel adecuado otorgado por la Comisión Europea ya que el Puerto Seguro con Estados Unidos no otorga el nivel adecuado al país y en el caso de Canadá el nivel adecuado se otorga “a los receptores sujetos a la Personal Information Protection and Electronic Documents Act”, es decir, a las organizaciones del sector privado que son las que tienen que cumplir con dicha Ley.

Más allá del nivel adecuado otorgado por la Comisión Europea, y de las muchas cuestiones que se plantean o pueden plantar en relación al mismo, lo importante ahora es que el Grupo de Trabajo del artículo 29 de la Directiva 95/46/CE está trabajando con el Subgrupo de Privacidad de los Datos de APEC (en inglés,  APEC Data Privacy Subgroup) para buscar la interoperabilidad entre las BCRs y las CBPRs, lo que, sin duda, supondría un importante avance en materia de movimientos o transferencias internacionales de datos. Conseguir facilitar dichos movimientos o transferencias, a su vez, servirá para impulsar el comercio internacional en el marco de una economía digital global.

En concreto, el Grupo de Trabajo del artículo 29 ha publicado una carta, de fecha 29 de mayo de 2015, dirigida a la Presidenta del Subgrupo de Privacidad de los Datos de APEC en la que menciona algunos de los avances que se han producido hasta la fecha y propone algunos pasos a corto, medio y largo plazo.

A corto o medio plazo, por ejemplo, se propone mapear las políticas y los programas o medidas adoptadas por las organizaciones en materia de protección de datos y privacidad para cumplir y demostrar dicho cumplimiento. Al respecto, hay que recordar, o considerar en su caso, que el Marco de Privacidad de APEC está dirigido, específicamente, a las PYMEs, esperando que puedan participar así en el comercio global.

Y a largo plazo, la carta del Grupo de Trabajo del artículo 29 se refiere a mapear los requisitos comunes para los encargados del tratamiento, por una parte, las “EU processor BCR” y, por otra parte, las “APEC Privacy Recognition for Processors (PRP)”.

La interoperabilidad de las BCRs y las CBPRs facilitará la implementación de programas de protección de datos personales y privacidad por multinacionales, lo que redundará en la protección del derecho fundamental a la protección de datos y la privacidad de los titulares de los datos personales. Es así que a través de las BCRs y las CBPRs se puede conseguir un cierto nivel de “globalización” de la protección de datos personales y la privacidad, si bien es necesario que las PYMEs europeas, puedan acceder también a instrumentos como o similares a las BCRs.

Se trata, en definitiva, de fomentar y garantizar el respecto a la protección de datos y la privacidad en la realización de transacciones comerciales, lo que implica considerar que hay otros marcos, más allá del europeo, que también establecen medidas en la materia que se basan en principios internacionales..


 
 

 

 

 



 

Buscar en lawyerpress.com

 


Protección de Datos … sin fronteras

Miguel Recio - @MRecioCloud

Miguel Recio

Miguel Recio es abogado y Máster en Derecho de la Propiedad Intelectual por The George Washington University Law School. Inicialmente, a Miguel le llamaba la atención el mundo de la informática, pero finalmente el destino quiso que comenzara la Licenciatura en Derecho, precisamente el mismo año en el que se publicó la Directiva 95/46/CE (Directiva europea sobre protección de datos). Tras licenciarse en Derecho y guiándose por su pasión, Miguel inició su carrera profesional como abogado, enfocándose en el mundo del Derecho de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), lo que supuso que su perfil se fuera desarrollando con un marcado carácter de consultor que ayuda a empresas y Administraciones Públicas a entender y aplicar el significado de las normas que regulan el uso de las TIC así como garantizar el cumplimiento normativo. Posteriormente, Miguel decidió continuar sus estudios en Estados Unidos, donde además trabajó durante varios años como asesor legal para Latinoamérica en una entidad dedicada a luchar contra la piratería del software a nivel mundial. La aventura permitió a Miguel obtener una sólida base de conocimientos teóricos y prácticos con una visión internacional que es necesaria para dar respuesta a los retos que plantean las TIC, así como otras cuestiones relacionadas con el marco regulatorio. Actualmente, Miguel trabaja en Madrid como abogado y consultor en Derecho de las TIC, donde tiene su propia empresa de consultoría. Además es autor de diversas obras sobre Derecho de las TIC en España y México. En definitiva, un especialista en protección de datos personales con amplios conocimientos en la materia, que espera poder transmitir a través de este blog. Si lo desea, puede contactar con Miguel Recio a través de: miguelrecio@miguelrecio.com


BREVE DESCRIPCIÓN DEL BLOG
El blog, que tiene una periodicidad quincenal, busca prestar atención al desarrollo de la protección de datos personales tanto a nivel nacional e internacional, centrándose en cuestiones de máximo interés. Además, pretende ser también un espacio de referencia que permita a sus seguidores aclarar conceptos y obtener información que les permita desarrollar su propia opinión sobre cuestiones de actualidad, que día a día inciden en la evolución del concepto de protección de datos y, en su caso, su interrelación con el de privacidad.

 


 



 

 
 

Nosotros  /  Contacto  / MARKETING  / COMUNICACIÓN  / INTERNET  / DIRECTORIO DE BUFETES  / 

 

copyright, 2013 - Strong Element, S.L.  -  Peña Sacra 18  -  E-28260 Galapagar - Madrid  -  Spain -  Tel.: + 34 91 858 75 55  -  Fax: + 34 91 858 56 97   -   info@lawyerpress.com  -  www.lawyerpress.com - Aviso legal