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Miguel Recio - Protección de Datos … sin fronteras - BLOGS de LP emprende

 

Protección de Datos … sin fronteras

Miguel Recio - @MRecioCloud

MADRID, 06 de FEBRERO de 2015

Y después del RGPD, la reforma de la Directiva de privacidad y comunicaciones-e

Aunque todavía estamos esperando que se produzca la aprobación del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), ya se habla de que la misma tendría que producirse antes de la anunciada reforma de la Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas).

Cabe recordar que esta Directiva ha sido reformada hasta en dos ocasiones. La primera modificación fue en virtud de la Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre la conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones; la cual fue declarada inválida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea por sobrepasar “los límites que exige el respeto del principio de proporcionalidad en relación con los artículos 7, 8 y 52, apartado 1” de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Y la segunda modificación se produjo en virtud de la Directiva 2009/136/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009. Dicha Directiva introdujo, entre otros aspectos, obligaciones relativas a la seguridad del tratamiento y la obligación de los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas de notificar las violaciones de datos personales a la autoridad nacional competente, las obligaciones en relación con las cookies y las comunicaciones no solicitadas (spam).

Por lo que se refiere al todavía futuro Reglamento General de Protección de Datos, todo parece apuntar a que las negociaciones terminarán este mismo año. Incluso la Comisión Europea, en su Comunicación sobre el Programa de trabajo para 2015 – Un nuevo comienzo (COM(2014) 910 final) ha indicado que, durante este año, “en el marco de la estrategia sobre el mercado único digital, la Comisión buscará concluir las negociaciones interinstitucionales en curso sobre propuestas tales como la reforma de la normativa europea común en materia de protección de datos.”

Más allá de la aprobación del Reglamento General de Protección de Datos, el anuncio de que se reformará también la Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas, implica que el panorama normativo quede como en la actualidad, con una norma general en materia de protección de datos personales, aunque cambiando la Directiva por un Reglamento, y otra sectorial o específica en el ámbito de las comunicaciones electrónicas. Además de que, obviamente, queda claro que el Reglamento no desplaza ni deroga a la normativa sectorial en el ámbito de las comunicaciones electrónicas.

Por lo tanto, seguiremos en su caso con dos normas, esperando que establezcan un alto nivel de protección de datos personales y, al mismo tiempo, sirvan para impulsar la innovación y la competitividad durante los próximos años, en un momento en el que la realidad es la de, entre otros, la computación en la nube (“cloud computing”), el Internet de las Cosas (“Internet of Things”), los tratamientos masivos de datos (“big data”), las aplicaciones (“apps”) o los vestibles (“wearables”).


 
 

 

 

 



 

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Protección de Datos … sin fronteras

Miguel Recio - @MRecioCloud

Miguel Recio

Miguel Recio es abogado y Máster en Derecho de la Propiedad Intelectual por The George Washington University Law School. Inicialmente, a Miguel le llamaba la atención el mundo de la informática, pero finalmente el destino quiso que comenzara la Licenciatura en Derecho, precisamente el mismo año en el que se publicó la Directiva 95/46/CE (Directiva europea sobre protección de datos). Tras licenciarse en Derecho y guiándose por su pasión, Miguel inició su carrera profesional como abogado, enfocándose en el mundo del Derecho de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), lo que supuso que su perfil se fuera desarrollando con un marcado carácter de consultor que ayuda a empresas y Administraciones Públicas a entender y aplicar el significado de las normas que regulan el uso de las TIC así como garantizar el cumplimiento normativo. Posteriormente, Miguel decidió continuar sus estudios en Estados Unidos, donde además trabajó durante varios años como asesor legal para Latinoamérica en una entidad dedicada a luchar contra la piratería del software a nivel mundial. La aventura permitió a Miguel obtener una sólida base de conocimientos teóricos y prácticos con una visión internacional que es necesaria para dar respuesta a los retos que plantean las TIC, así como otras cuestiones relacionadas con el marco regulatorio. Actualmente, Miguel trabaja en Madrid como abogado y consultor en Derecho de las TIC, donde tiene su propia empresa de consultoría. Además es autor de diversas obras sobre Derecho de las TIC en España y México. En definitiva, un especialista en protección de datos personales con amplios conocimientos en la materia, que espera poder transmitir a través de este blog. Si lo desea, puede contactar con Miguel Recio a través de: miguelrecio@miguelrecio.com


BREVE DESCRIPCIÓN DEL BLOG
El blog, que tiene una periodicidad quincenal, busca prestar atención al desarrollo de la protección de datos personales tanto a nivel nacional e internacional, centrándose en cuestiones de máximo interés. Además, pretende ser también un espacio de referencia que permita a sus seguidores aclarar conceptos y obtener información que les permita desarrollar su propia opinión sobre cuestiones de actualidad, que día a día inciden en la evolución del concepto de protección de datos y, en su caso, su interrelación con el de privacidad.

 





 

 
 

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