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Estos
días
se
han
sucedido
algunas
noticias
un
tanto
sorprendentes
que
evidencian
el
precario
estado
en
el
que
se
encuentra
nuestra
Justicia.
Entre
ellas
cabe
destacar
el
reconocimiento
por
parte
del
Ministerio
de
Justicia
de
su
ignorancia
sobre
dónde
han
ido
a
parar
los
500
millones
de
euros
recaudados
con
las
tasas
judiciales.
Y es
que
en
el
tema
de
las
tasas
judiciales
todo
pinta
a
que
“hay
gato
encerrado”.
Y
hablando
de
gato
encerrado,
este
año
se
celebra
el
80
aniversario
de
la
publicación
de
uno
de
los
trabajos
teóricos
fundamentales
de
la
física
cuántica,
como
fue
el
artículo
"Die
gegenwärtige
Situation
in
der
Quantenmechanik"
(“La
situación
actual
en
la
mecánica
cuántica”)
recogido
en
la
revista
Naturwissenschaften.
Teoría
conocida
como
el
experimento
del
gato
de
Schrödinger
o
Paradoja
de
Schrödinger,
debido
a
que
fue
su
autor,
el
Nóbel
de
Física
Erwin
Schrödinger,
quien
la
dio
a
conocer.
Se
trata
de
un
experimento
concebido
en
el
plano
teórico
en
el
que
un
gato
encerrado
en
una
caja,
que
no
permite
conocer
nada
de
lo
que
ocurre
en
su
interior,
es
sometido
a
una
situación
incontrolada
de
alto
riesgo
de
muerte.
El
planteamiento
de
Schrödinger
demuestra
como
en
el
mundo
cuántico,
el
gato
acaba
vivo
y
muerto
a la
vez,
y
ambos
estados
son
igual
de
reales.
Ahora
bien,
en
cambio,
al
abrir
la
caja,
es
cuando
nosotros
sólo
podemos
ver
al
animal
en
un
único
estado:
o
vivo
o
muerto.
Siendo
denominado
esa
etapa
de
tránsito
de
la
realidad
cuántica
a
nuestra
realidad
habitual
o
clásica,
como
“proceso
de
decoherencia”
por
la
cual
únicamente
percibimos
una
única
realidad:
la
clásica,
es
decir
la
que
conocemos
como
mundo
real.
Siguiendo
ese
mismo
planteamiento
del
físico
austriaco,
de
decoherencia
también
podríamos
calificar
el
estado
en
el
que
nos
hemos
quedado
al
escuchar
al
actual
Ministro
de
Justicia
intentar
justificar
cómo
esos
fondos
no
se
han
aplicado
a la
justicia
gratuita,
a
pesar
de
lo
prometido
por
su
antecesor
en
el
cargo,
y
tal
como
así
lo
estipula
la
Ley
de
Tasas.
A
todo
ello
arguye
que
-al
menos-
dichos
fondos
han
sido
destinados
a
engrosar
los
recursos
de
la
caja
común.
En
definitiva,
que
como
el
gato
de
Schrödinger,
los
500
millones
estar
están
pero
no
sabemos
cómo,
si
vivos
o
muertos,
ni
dónde,
para
ser
destinados
al
fin
para
el
cual
fueron
recaudados.
Sin
lugar
a
dudas
nuestra
Justicia
se
encuentra
en
pleno
estado
cuántico.
Ya
en
mi
anterior
post
“El
vicio
de
paripeismo
en
las
reformas
de
Tasas
Judiciales
y de
Justicia
Gratuita”
denunciaba
la
contradicción
existente
en
la
lectura
del
preámbulo
de
la
Ley
de
Tasas,
Ley
10/2012,
de
20
de
noviembre,
por
la
que
se
regulan
determinadas
tasas
en
el
ámbito
de
la
Administración
de
Justicia
y
del
Instituto
Nacional
de
Toxicología
y
Ciencias
Forenses,
EDL
2012/240441,
cuando
en
el
último
párrafo
del
punto
I de
su
Preámbulo
dice:
“la
tasa
aportará
unos
mayores
recursos
que
permitirán
una
mejora
en
la
financiación
del
sistema
judicial
y,
en
particular,
de
la
asistencia
jurídica
gratuita,
dentro
del
régimen
general
establecido
en
el
artículo
27
de
la
Ley
47/2003,
de
26
de
noviembre,
General
Presupuestaria”,
y
ésta
nuestra
cruda
realidad
en
la
que
–todo
parece
indicar
que-
hasta
ahora
ni
un
solo
euro
de
lo
recaudado
se
ha
destinado
al
sostenimiento
y
financiación
de
dicho
sistema.
Este
caso
plantea
de
nuevo
la
cuestión
de
determinar
el
valor
jurídico
de
los
preámbulos
de
las
normas.
No
quisiera,
ni
puedo
extenderme
en
ahondar
jurídicamente
en
este
tema,
pero
sí
quisiera
recordar
como
esta
cuestión
ha
sido
y
sigue
siendo
objeto
de
discusión
en
los
tribunales.
En
este
sentido
baste
señalar
algunas
sentencias
del
Tribunal
Constitucional,
en
especial
la
del
Pleno,
dictada
el
12
de
noviembre
de
1981,
EDJ
1981/36,
donde
en
su
Fundamento
Jurídico
séptimo
expone
“los
Preámbulos
son
un
elemento
a
tener
en
cuenta
en
la
interpretación
de
las
leyes".
Como
bien
manifiesta
Eneko
Urrutia
Sagardía,
el
preámbulo
de
una
norma
forma
parte
de
la
disposición,
pese
a
que
la
jurisprudencia
sostenga
que
el
preámbulo
no
tiene
valor
normativo.
Ahora
bien,
sí
considero
que
cabría
plantearse
si
ese
carácter
interpretativo
que
presenta
el
preámbulo
se
limita
exclusivamente
a la
norma
que
lo
acoge
o
si,
en
cambio,
tiene
una
vis
interpretationis
erga
omnes
con
respecto
al
resto
del
ordenamiento.
En
este
sentido
traigo
a la
palestra
otro
fallo,
también
del
Constitucional,
si
bien
más
reciente,
como
es
la
sentencia
del
Pleno
con
fecha
de 6
de
julio
de
2006,
EDJ
2006/93803,
en
la
que
sí
parece
reconocerse
ese
carácter
de
interpretación
expansiva
cuando
en
su
Fundamento
Jurídico
octavo
expresa:
“Por
su
parte,
en
esta
operación
interpretativa
habremos
de
partir
de
nuestro
criterio,
ya
sentado,
de
que
"cada
norma
singular
no
constituye
un
elemento
aislado
e
incomunicado
en
el
mundo
del
Derecho,
sino
que
se
integra
en
un
ordenamiento
jurídico
determinado,
en
cuyo
seno,
y
conforme
a
los
principios
generales
que
lo
informan
y
sustentan,
deben
resolverse
las
antinomias
y
vacíos
normativos,
reales
o
aparentes,
que
de
su
articulado
resulten".
Sin
lugar
a
dudas,
convendrán
conmigo
que
estamos
ante
un
planteamiento
interesante.
Bueno
y
para
terminar,
sólo
citar
que
con
respecto
a
esas
otras
noticias
paradójicas
que
se
han
venido
sucediendo
en
estos
días,
como
son
la
de
la
desaparición
en
la
Audiencia
Nacional
del
sumario
del
borrado
de
los
ordenadores
de
Bárcenas,
y la
denuncia
social
espontánea
por
muchos
abogados
a
través
de
redes
sociales,
en
especial
Twitter,
de
los
emplazamientos
judiciales
que
en
toda
España
se
están
realizando
a
más
de
tres
años
vista,
dichas
noticias
evidencian
–como
anteriormente
citaba-
el
estado
de
derribo
de
nuestra
Justicia,
nuestra
“justicia
cuántica”.
Cuántica
o “cuéntica”,
porque
puestos
a
realizar
paralelismos
entre
gatos
famosos
de
nuestros
cuentos
o
comics
y
los
errores
en
la
forma
de
conducirse
de
nuestro
Gobierno
en
materia
de
Justicia,
podríamos
citar
las
similitudes
con
la
bravuconería
del
Gato
con
Botas,
la
despreocupación
de
Don
Gato
y su
pandilla,
la
malevolencia
de
Catbert
(tira
cómica
de
Dilbert,
by
Scott
Adams),
lo
increíble
de
Doraemon,
la
vagancia
de
Garfield,
la
inconsistencia
del
Gato
de
Cheshire
(Alicia
en
el
País
de
las
Maravillas)
la
despreocupación
de
Isidoro,
la
inocencia
de
Pumbi,
lo
surrealista
del
Gato
Felix,
y
–entre
otras-
la
torpeza
de
Sylvestre
(Piolín),
Tom
(Tom
y
Jerry)
y
Links
(Pixie
y
Dixie).
En
definitiva,
ante
tanto
desaguisado
hay
mucho
que
explicar.
“Si
uno
no
puede
explicar
lo
que
ha
estado
haciendo,
su
trabajo
carecerá
de
valor”
(Erwin
Schröeder).
[Nota:
quisiera
agradecer
a
Inés
y
Carlos,
mis
hijos,
su
inestimable
ayuda
a la
hora
de
documentarme
en
personajes
gatunos.] |