Navas & Cusi

Publicado el lunes, 5 septiembre 2016

Juan-Ignacio-NavasNavas & Cusí Abogados


Navas & Cusí Abogados es un despacho especializado en derecho bancario, europeo y de la competencia con oficinas en Madrid, Bruselas, Barcelona y Valencia. Cuenta con un equipo de profesionales especializados en derecho bancario, financiero, mercantil, civil, internacional, derecho de la Unión Europea y derecho del mercado de valores.

Nuestra experiencia nos avala, pues el despacho cuenta con más de 35 años de experiencia en el sector financiero y bancario, y tiene más de 430 sentencias complejas ganadas frente a entidades de crédito. Además, nuestro despacho de Bruselas ha presentado múltiples quejas ante la Comisión Europea por incumplimiento nacional del derecho europeo.


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www.navascusi.com

C/Velázquez nº 18, 1º izq

28001 Madrid

Tel.: 91 577 11 60

bufet.madrid@navascusi.com

Despacho abierto en:

BARCELONA. C/ Beethoven nº 14, 1º –  08021 Barcelona. Tel: 93 487 97 11. Email: bufet.barcelona@navascusi.com

BRUSELAS: Avenue des Arts, 56, 1000 Bruxelles, Belgique. Tel: +32 280 113 84. Email: bufet.bruselas@navascusi.com

VALENCIA: Carrer de les Barques Nº 2, 2º (Regus) Edificio Época – 46002 Valencia. Tel: 963114276. Email: abogadosvalencia@navascusi.com


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Brexit


Noticias de Navas & Cusi

RECLAMAJ

La OIT avala el derecho a la negociación colectiva de los Letrados de Justicia

La Organización Internacional del Trabajo acaba de emitir una resolución por la que apoya las reivindicaciones de ‘la Asociación Profesional de Letrados de Administración de Justicia’ (RECLAMAJ). El Ministerio de Justicia no les aceptaba en las mesas de negociación al no contar con un 10% de representación exigido en el Estatuto Básico de Empleado Público. “Los letrados de Justicia son un cuerpo muy especializado y por tanto minoritario; suponen el 7% de la plantilla de Justicia y por eso se les negaba el derecho a la negociación colectiva para sus cuestiones propias y exclusivas, Una situación injusta para un colectivo ... Leer más ...
Dossier ‘Claves de la STS que anula parcialmente las hipotecas multidivisa’

Convertir a un avalista hipotecario en responsable solidario es abusivo y por tanto nulo

Que una entidad fuerce para convertir a un avalista en un responsable solidario es nulo y por tanto abusivo. Así que contundente se muestra una reciente sentencia del juzgado nº 46 de Madrid. “Del estudio de la cláusula controvertida no puede sino extraerse que es abusiva”, concluye la sentencia. “Y si es abusiva es nula y se tendrá por no puesta”, añade Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho que ha logrado esta victoria judicial. “Ha habido falta de transparencia, se ha atentado contra la buena fe y se ha generado un desequilibrio importante; desgraciadamente es una circunstancia ... Leer más ...
Tribunal de Justicia de la UE

La Agencia de Protección de Datos puede ordenar borrar datos sin que lo solicite el interesado

La autoridad nacional de proteccion de datos de carácter personal tiene autoridad suficiente para ordenar el borrado de datos sin que ni siquiera lon haya solicitado el interesado. Una resolución del Tribunal de Justicia de la UE con sede en Luxemburgo aclara que el Reglamento Europeo de Protección de Datos de Carácter Personal faculta a las autoridades nacionales a velar por la intimidad incluso aunque el interesado no lo haya solicitado. La resolución se produce tras la cuestión prejudicial presentada por un juzgado húngaro. Un ayuntamiento del país magiar solicitó al Tesoro información económica de sus ciudadanos para otorgarles o ... Leer más ...
ICO

Un auto admite la suspensión cautelar del 50% de un préstamo ICO Covid

El titular del juzgado nº 99 de Madrid, Jaime Maldonado Ramos, ha admitido la suspensión cautelar del 50% de un préstamo ICO Covid para evitar la quiebra de la entidad. “En el fondo, el auto abre la puerta a interpretar que cabe aplicar la cláusula ‘rebus sic stantibus’ porque obviamente la pandemia cambió el escenario de todo, especialmente de las empresas de hostelería y turísticas”, señala Juan Ignacio Navas, socio-director del despacho Navas & Cusí, despacho que  ha logrado esta victoria judicial que se suma a otra victoria por la que el ICO asume el 80% de la responsabilidad del ... Leer más ...
Tribunal Supremo

El Supremo anula la renuncia a reclamar cláusulas suelo

El Supremo anula la renuncia a reclamar cláusulas suelo. Argumenta que según la doctrina de la resolución del TJUE de 9 de julio de 2020 la consecuencia de la no transparencia es la nulidad de pleno derecho. Por tanto, si se estima que la renuncia a reclamar las cláusulas suelo no fue transparente, la renuncia será nula de pleno derecho. “La propia falta de transparencia es causa de abusividad y por tanto de nulidad”, explica Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho europeo y bancario. En el caso juzgado en la sentencia del pasado 5 ... Leer más ...
cajas de seguridad

Hacienda no puede acceder a la información genérica de las cajas de seguridad

Hacienda no puede acceder a la información genérica de las cajas de seguridad. Así lo acaba de recordar la sección 7ª de la Audiencia Nacional en un auto en el que suspende el requerimiento de información a una empresa dedicada al alquiler de cajas de seguridad. El requerimiento había sido confirmado por el tribunal económico-administrativo el 23 de febrero de 2023. En él se requería que la empresa facilitara la información de sus clientes del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre del mismo año. En caso de ser personas jurídicas, que facilitaran el nombre y apellidos del ... Leer más ...
¿Decreto de regulación de ‘influencers’?

¿Decreto de regulación de ‘influencers’?

El ministerio de Economía lleva meses trabajando en un proyecto de decreto para regular a los influencers. En principio afectaría sólo a aquellos que facturen más de 500.000€ y tengan más de dos millones de seguidores. Estos ‘influencers’ serán considerados un medio de comunicación y se les aplicaría la Ley General de Comunicación Audiovisual. Por ejemplo, no podrán hacer publicidad de productos tóxicos ni de alcohol o tabaco y tendrán prohibido subir el volumen cuando emitan publicidad. La publicidad de apuestas deberá emitirse de 1 a 5 de la madrugada, lo que en un servicio asíncrono resulta complejo de aplicar ... Leer más ...
Todas las EAFs deberán de financiar el Fondo de Garantía de Inversiones

Todas las EAFs deberán de financiar el Fondo de Garantía de Inversiones

El BOE de este jueves 28 de diciembre publica el RD 1180/2023 por el que se regulan las instituciones de inversión colectiva. Todas las empresas de asesoramiento financiero (AEF) deberán de financiar el Fondo de Garantía de Inversiones que al igual del Fondo de Garantía de Depósitos, garantiza las inversiones hasta un máximo de 100.000€ en caso de quiebra o insolvencia de la Institución de Inversión Colectiva. “Se universalizan las aportaciones dotando al fondo de más recursos”, señala Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho bancario y financiero. En concreto, el decreto establece unas aportaciones ... Leer más ...
Tribunal Supremo

El Supremo rechaza la pretensión de Bankinter de eludir su responsabilidad por la multidivisa

El Supremo resolvió este lunes 11 de diciembre rechazar el recurso de casación presentado por Bankinter a la condena en primera instancia -ratificada en segunda- por falta de transparencia en la colocación de una hipoteca multidivisa.  El primer argumento del banco es -paradójicamente- la transparencia. Aunque la sentencia de primera instancia señala que los clientes solo firmaron una de las dos hojas de la información precontractual, el banco sostiene que también les entregaron la segunda hoja. El Supremo reitera lo ya señalado en primera y segunda instancia: no existe constancia de la entrega de la segunda hoja. Y añade el ... Leer más ...
Juan Ignacio Navas

Luxemburgo defiende la soberanía de los estados en materia de fiscalidad

El Tribunal de Justicia de la UE con sede en Luxemburgo resolvió el pasado lunes 5 de diciembre que la Comisión Europea no puede invadir la competencia y autonomía de los estados en materia de fiscalidad. En concreto resuelve que para que haya un tratamiento fiscal discriminatorio y contrario al derecho europeo, la Comisión debe de identificar primero el sistema de referencia, es decir, el sistema fiscal “normal” en el país. Posteriormente debe demostrar que existe “excepcionalidad” a dicha normalidad. “Es decir, debe de comparar lo analizado con el derecho fiscal del país, sin cuestionar el derecho fiscal del país ... Leer más ...


 
	    
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