El retraso
en la trasposición de la directiva hipotecaria coloca a las entiades financieras
ante nuevas contingencias. Así lo señala el despacho Navas & Cusí, especializado
en derecho bancario, financiero y comunitario. Según la firma, “Luxemburgo ha
aclarado en multitud de ocasiones que las directivas comunitarias son
aplicables aunque no hayan sido traspuestas”.
Desde esta
óptica, la directiva hipotecaria está vigente –en España y el resto de los
Estados miembro- desde el pasado 21 de marzo. La directiva obliga a las
entidades a informar a los clientes de todas las ofertas existentes en el
mercado y establece un plazo de reflexión obligatorio de 7 días. “Son los mismos
días que establece para poderse retractar de la firma sin consecuencias”,
explica Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí.
Además, la
directiva establece una “tolerancia razonable” antes de proceder a las
ejecuciones y limita los cargos por impagos. También elimina los recargos
por amortización anticipada. Y en el caso de las multidivisas,
establece la obligación de informar que las cuotas podrían elevarse por la
variación de tipo de cambio y que el capital pendiente de amortización podría
ser superior al establecido inicialmente.
La
directiva también contempla la posibilidad de que los bancos accedan a
fuentes públicas y privadas para examinar la solvencia del cliente. Una
disposición que Navas considera de dudoso encaje con la normativa nacional y
comunitaria de protección de datos. “Luxemburgo acaba de resolver contra la
cesión de datos entre administraciones. Si las administraciones no se pueden
ceder los datos entre sí, ¿cómo los van a ceder a un tercero privado?”, se
pregunta el experto.
“¿Están
cumpliendo las entidades esta normativa europea? Es verdad que todavía no ha
sido traspuesta, pero en aplicación del principio de efectividad del derecho
comunitario, podría ser invocada, según la doctrina reiterada establecida
por Luxemburgo”, advierte Navas.
El
socio-director de Navas & Cusí considera una “irresponsabilidad” que el gobierno
haya incumplido su obligación de trasponer en tiempo. “Que el gobierno esté en
funciones no significa que deba o pueda de abandonar sus obligaciones
institucionales”, señala. Y anuncia que su despacho elevara una queja ante la
Comisión Europea por el retraso en la trasposición.
Este
miércoles, el comisario de Servicios Financieros, Johnathan Hill, advirtió que
“los países que no hayan traspuesto a la directiva comunitaria podrán ser
sometidos a un procedimiento de infracción a través de una carta de
emplazamiento”.
Hill
considera que el retraso es injustificable toda vez que la Comisión ha
organizado hasta 6 reuniones con expertos nacionales para ayudar en su
trasposición. La realidad es que sólo Austria, Estonia, Alemania, Hungría,
Irlanda, Italia, Eslovaquia y Reino Unidos han traspuesto plenamente la
directiva. Francia y Bélgica lo hicieron parcialmente y el resto directamente no
lo ha hecho.
“El mal de
muchos no es un consuelo. E insistimos en que la directiva está plenamente
vigente aunque no haya sido traspuesta. Puede invocarse ante los jueces
españoles. Y tenemos serias dudas de que las entidades financieras la estén
aplicando”, advierte Navas.