El juez de lo Mercantil número 2 de Palma ha condenado a Rafel Oliver Roca, en
su condición de miembro del consejo de administración de Invernostra (de la que
era titular la caja de ahorros San Nostra), a pagar al Banco Mare Nostrum e
Innostrum División Inmobiliaria Unipersonal (antes Invernostra) 34.292.160
euros, más los intereses, al estimar la demanda de acción social ejercitada por
ambas sociedades. La sentencia absuelve a Pere Batle Mayol. La resolución no es
firme y puede interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de
Balears.
La demanda de acción social de responsabilidad interpuesta por el banco en el
que se integró Sa Nostra hace referencia a una operación inmobiliaria que llevo
a cabo su filial Invernostra, y que recibía el nombre de Proyecto Brickell. Su
propósito era la ejecución de tres proyectos inmobiliarios en Estados Unidos, en
concreto en Miami y Las Vegas. Para ello, Invernostra debía invertir 50 millones
de dólares.
La pretensión de la demanda, estimada respecto a Oliver Roca, es que como
administrador restituya al patrimonio de la entidad el valor del daño causado
como consecuencia de una actuación u omisión antijuridica en el desempeño del
cargo. La sentencia considera probada esa actuación negligente por parte del
condenado, ya que el proyecto presentado ante el consejo de administración no se
correspondía con la situación real del momento de la presentación del proyecto y
los demandados actuaron negligentemente, según el juez, al no realizar las
averiguaciones necesarias sobre el mismo, abocando a Invernostra a sufrir un
daño valorado en los 34.292.160 euros.
La absolución de Pere Batle tiene su fundamento en la declaración de
prescripción de la acción social ejercitada contra él, en los mismos términos
que contra el condenado, debido a que la interposición de la demanda, 29 de
julio de 2013, se produjo una vez transcurridos cuatro años desde su cese
efectivo como consejero de Invernostra.