Según el despacho de abogados y economistas Bufete Escura, la normativa de
farmacias establece que las únicas actividades que se pueden prestar dentro de
la oficina de farmacia a parte del propio servicio de prestación farmacéutica
son el análisis clínico, la óptica, la acústica audio métrica y la ortopedia
mayor. Es por ello que el Servicio de Dietas Personalizadas no se puede
desarrollar dentro de la oficina.
Bufete Escura ha
participado recientemente en una jornada organizada por la Federación de
Asociaciones de Farmacias en Cataluña (FEFAC) sobre el servicio de dietas
personalizadas en la oficina de farmacia. La prestación de distintos servicios
dentro de la oficina de farmacia es un tema ampliamente controvertido y que ha
motivado muchas interpretaciones distintas, incluidas diferentes aplicaciones en
atención a las leyes de cada comunidad autónoma.
En este sentido, la abogada de Bufete Escura Rocío Martín recordó a los más de
80 farmacéuticos participantes que la Normativa de Farmacias establece en su
Art. 3 del Decreto 168/1990 de 3 de julio que las únicas actividades que se
pueden prestar dentro de la Oficina de Farmacia son, a parte del propio servicio
de prestación farmacéutica, el análisis clínico, la óptica, la acústica audio
métrica y la ortopedia mayor. Es por ello que la prestación del servicio de
dietas personalizadas no se puede prestar en la misma oficina de farmacia.