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30 de MAYO de 2016

¿Por qué han fracasado las radiales?

LAWYERPRESS

Por José Manuel Serrano Alberca, Presidente de Serrano Alberca & Conde

 

José Manuel Serrano Alberca, Presidente de Serrano Alberca & CondeEl tema de las radiales es uno más que deriva de la crisis inmobiliaria y de la crisis en general que afecta a España desde el año 2007.

Las radiales se empezaron a construir para dar salida al tráfico de Madrid en los diferentes puntos en los que se preveían atascos y solamente hasta un cierto número de kilómetros a los alrededores de Madrid.

Se construyeron la Radial 2, Radial 3, Radial 4 y Radial 5. En el año que empezaron la construcciones, alrededor del año 2000, las empresas constructoras tenían necesidad de obra pública con dos objetivos, el primero seguir construyendo unas infraestructuras muy caras que les proporcionaran grandes beneficios y les permitieran no parar la máquina de la construcción y, por tanto, poder pagar a sus empleados, tanto altos ejecutivos como a todos los demás.

En segundo lugar, el objetivo de las radiales era hacer negocios inmobiliarios y, para ello, se expropiaron en algunos lugares amplias zonas de terreno que no estaban destinadas solo a las carreteras sino a la posible construcción futura de hoteles, centros comerciales, etc.

En aquel momento, alrededor del año 2000, España estaba en crecimiento económico y todo fueron facilidades por parte del Gobierno para que estas construcciones se realizaran. Estas facilidades consistían en que los bancos financiaban la construcción de la obra con la garantía y la responsabilidad del Estado y, por otro lado, tanto el Gobierno como las concesionarias pensaron que podían expoliar los terrenos de los propietarios en los que iban a hacer negocios pagando a un precio muy bajo.

Estos son realmente los antecedentes y la razón de ser de la construcción de las autopistas porque la financiación era fácil y barata y la obra pública podía valer claramente para sacar adelante a las empresas constructoras hasta el punto de que se formaron para esta finalidad uniones temporales de empresas porque pensaban que iba a ser un gran negocio. Pero los cálculos económicos no fueron acertados. Se sobrevaloró la circulación que iba a discurrir por estas autopistas, así como tampoco se tuvo en cuenta que en la mayoría de ellas había autopistas públicas que no tenían peaje, junto con la posibilidad de hacer grandes negocios en las zonas que habían expropiado con esta finalidad.

Por tanto, las expropiaciones no es la causa fundamental de la debacle de las autopistas pero también es un elemento a tener en cuenta porque las concesionarias y el Gobierno pensaron que era una expropiación barata y no era así, ya que en aquel momento el Tribunal Supremo había establecido un criterio justo y razonable sobre la expropiación de los terrenos cercanos a zonas urbanas que iban a dar servicio a estas zonas, la teoría de los llamados “sistemas generales”. Por esta razón y aunque se intentó incluso cambiar la Ley del Suelo, las valoraciones expropiatorias subieron a un precio razonable y no al de expoliación de 3,00 €/m2 que pretendía el Gobierno y las concesionarias.

Es conocido que el procedimiento expropiatorio permite ocupar sin pagar a través de la generalización del procedimiento de urgencia, en este caso sin ninguna justificación, pues como se ha visto las radiales están vacías. No era urgente expropiar, había carreteras alternativas. Precisamente por razón del procedimiento de urgencia los propietarios han tenido que seguir un largo calvario para el cobro de las expropiaciones porque después de tener sentencias firmes, la Administración se ha resistido al pago inmediato de los justiprecios hasta el punto que ha sido necesario solicitar una nueva valoración del suelo al haber transcurrido más de dos años sin que se haya hecho efectivo el pago.

Todavía están pendientes pagos de estas nuevas valoraciones y de las iniciales, incluso las concesionarias han pretendido que los expropiados fueran a cobrar a través del concurso de acreedores en que están inmersas la mayoría de las concesionarias. El Tribunal Supremo en este caso ha dicho claramente que no tienen que ir al concurso, puesto que es el Estado, propietario de los terrenos, el que tiene que pagar. A pesar de todo, los tribunales no ejecutan con agilidad las sentencias y no imponen a la Administración las multas y los incrementos de los tipos de interés cuando después de varias sentencias firmes no pagan.

Esta es la situación actual, en la que todavía después de más de 16 años de pleitos y procedimientos, los propietarios aún no han cobrado gran parte de lo que se les debe y las concesionarias no quieren pagar a los bancos lo que les prestaron para construir.

Jose Manuel Serrano Alberca & Conde Abogados

 

 

 

 
 
 

 

 

 
 
 
 
 
 
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