La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha acordado
admitir a trámite la querella que interpuso el exministro de Industria Jose
Manuel Soria contra la diputada de Podemos y magistrada en excedencia Victoria
Rosell por delitos de retardo malicioso en la administración de justicia,
prevaricación y cohecho cuando era titular del Juzgado de Instrucción número 8
de Las Palmas de Gran Canaria.
El tribunal ha rechazado investigar los otros dos
delitos -de injurias y de calumnias- que figuraban en la querella, al valorar
que la expresiones vertidas por Rosell contra Soria venían amparadas por la
libertad de expresión que prevalece sobre el honor o dignidad, en especial
cuando los afectados son titulares de cargos públicos.
La Sala adopta la decisión de investigar los hechos
relacionados con la demora en la tramitación de las diligencias previas
644/2014, atribuidos a Rosell cuando era titular del Juzgado grancanario.
Una vez que los magistrados han recabado la
documentación que consideraban oportuna para determinar su propia competencia,
así como la relevancia penal de los hechos, explican en su auto de admisión que
se tendrán que practicar las diligencias necesarias con el fin de concluir o
descartar si la demora en la tramitación "estuvo relacionada con el deseo de
favorecer las relaciones comerciales” entre la pareja de Rosell y el empresario
imputado en aquellas diligencias.
El auto, del que ha sido ponente el presidente de la
Sala, Manuel Marchena, explica que la fase de investigación que ahora comienza
deberá dilucidar si las distintas resoluciones dictadas en el marco de aquellas
diligencias, más allá de su cobertura formal, incluso de su aparente
procedencia, "no eran sino el vehículo para la consecución del objetivo de la
señora Rosell, que según el querellante buscaba enriquecer a su pareja".
En definitiva, según el tribunal, se trata de
afirmar o excluir si bajo la dilatada tramitación de aquel proceso se escondía
un distanciamiento tal del principio de imparcialidad que las decisiones
adoptadas "no habrían sido sino una coartada llamada a camuflar el irreparable
quebranto de los principios y deberes estatuarios que legitiman el ejercicio de
la función jurisdiccional".
El auto de la Sala se basa, además de en la
querella, en los documentos solicitados por el tribunal, como el informe
remitido por el Promotor de la Acción Disciplinaria, cronológicamente anterior a
los nuevos datos aportados en la ampliación de la querella, así como en los
testimonios de la declaración prestada por el imputado en las diligencias
previas 644/2014, en la que se aludió a la existencia de pagos continuados a la
pareja de la diputada, hechos por los que se investigará un delito de cohecho.
El instructor de la causa será el magistrado Juan
Ramón Berdugo.